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RESOLUCION DELAPRECIDENCIA DEL‘?I DIRECTORIO DE INDECOPI N° 043- 1998-INDECOPI/DIRj ) Lima, 24 de noviembre de 1998VISTO el Documento de Trabajo elaborado por el Area de Estudios Económicos del Indecopi denominado “El Derecho a No Ser Discriminado en el Consumo” ,que contiene las consideraciones respecto a la posición institucional sobre prácticas discriminatorias y la correspondiente propuesta legal de adecuación normativa, en el ámbito de la Protección al Consumidor; CONSIDERANDO: Que es política del Indecopi promover el conocimiento de las reglas que rigen el funcionamiento de una economía social de mercado, en condiciones de leal y honesta competencia, que involucran las normas que aseguran el plenorespeto de los derechos de los consumidores; Que el Area de Estudios Económicos del Indecopi en coordinación con la Comisión de Protección al Consumidor, ha elaborado un Documento de Trabajo con el propósito de poner a consideración la posicióninstitucional respecto de prácticas discriminatorias en el consumo que se han advertido en el mercado,proponiendo una adecuación normativa que precise y clarifique las normas vigentes en materia de protecciónal consumidor, que garantizan el pleno ejercicio de los derechos de los consumidores respecto del acceso a establecimientos abiertos al público; Que es propósito del Indecopi propiciar mecanismos que contribuyan a la participación de la sociedad civil para el examen y análisis de los temas del ámbito de su competencia que puedan ser materia de perfeccionamientonormativo; Que en este contexto, resulta pertinente poner a consideración de la sociedad civil en su conjunto y profesionales del Derecho, el referido Documento de Trabajo, con la finalidad de recibir las sugerencias u observaciones en virtud alas cuales pueda perfeccionarse la propuesta de adecuación legal que permita la debida tutela de los derechos delos consumidores; Estando a lo acordado por el Directorio de la institución en su sesión de fecha 24 de noviembre de 1998; y, En uso de las facultades que confiere el Artículo 5” del Decreto Ley N° 25868; RESUELVE:Artículo Primero.- Disponer la publicación, en el Diario Oficial El Peruano, del Documento de Trabajo del Indecopi denominado “El Derecho a No Ser Discriminado en el Consumo”, con el propósito de difundir la posicióninstitucional respecto a las prácticas discriminatorias en el consumo y recibir sugerencias u observaciones a dicha posición y a la propuesta de adecuación normativa en el ámbito de protección al consumidor que contiene, hastael 15 de diciembre de 1998. Regístrese, comuníquese y publíquese. BEATRIZ BOZA DIBOS Presidenta del Directorio