NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 03 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 1998 (03/09/1998)
CANTIDAD DE PAGINAS: 64
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CONSIDERANDO:Que, mediante Resoluciones N°s. 410, 469 y 5 13-98-JNE de fechas 15 y 24 de julio y ll de agosto del presente año. se determinó la conformación de los Jurado s Electorales Espe- ciales a nivel nacional. con motivo de las Elecciones Munici- pales del día domingo 11 de octubre próximo; Que, los Jurados Electorales Especiales están constitui- dos por tres miembros, de los cuales un o es nombrado por la Corte Superio r bajo cuya circunscripción se en cuentra la sede del correspondiente Jurado Electoral Especial; Que, mediante los documentos de vistos, la Corte Supe- rior de Justicia de Apurímac ha dado a conocer modificacio- nes en el nombramiento de Presidentes d e los Jurados Electorale s Especiales de las provincias de Andahuaylas. Aymaraes y Chincheros: po r lo que es necesario declarar quienes son los Presidentes que presidirán dicl os órganos temporales; El Jurado Nacional de Elecciones en uso de sus atribucio- nes; RESUELVE:Artículo Unico.- Declarar que han sido designados como Presidentes de los Jurados Electorales Especiales las si- guientes personas: Departamento de Apurímac Jurado Electoral Especial d e Andahuaylas, el señor doctor Zoilo Valverde Chipa en reemplazo del señor doctor Teófilo Ortiz Arévalo. Jurado Electoral Especial de Aymaraes, el señor doctor Leonida s Serapio Silva Catter. en reemplaz o del señor docto r Nerio Sullcahuamán Valdeiglesias. Jurado Electoral Especial de Chincheros, el señor doctor Guido Echegaray Pacheco, en reemplazo del señor doctor Juan Guillermo Soto Garibay, Regístrese. comuniquese y publíquese SS. SERPA SEGURA; BRINGAS VILLAR ; MUÑOZ ARCE; DE VALVIDIA CANO; Secretario General, Trujillano 9922 JURADOS ELECTORALES ESPECIALES Listas de candidatos para Alcaldes y Regidores de los Concejos Distritales de San Juan de Lurigancho, Santa Rosa, Los Olivos, San Martín de Po- rres, Independencia y Rímac JURADO ELECTORAL ESPEClAL DE LIMA RESOLUCION N° 006-98-JEEL Lima, 2 de setiembre de 1998 VISTO, la s solicitudes de inscripción de candidato s a Alcaldes y Regidores para los Concejo s Municipales Distrita- les de San Juan de Lurigancho, Santa Rosa, Los Olivos. San Martín de Porres, Independencia y Rímac, remitidos por la Oficina Descentralizada de Procesos Electorales de Lima para su inscripción ante este órgano electoral, y publicación conforme a lo que dispone en su part e pertinente el Artículo 10° de la Ley de Elecciones Municipales N° 26864 CONSIDERANDO; Que. el Artículo 15° de la Ley de Elecciones Municipales N° 26864, dispone que cerrada la inscripción de candidatos. los Jurados Electorales Especiales mandan publicar pormedio de avisos o carteles. las listas de candidatos inscritos en la capital de la provincia .y en la del distrito correspondien- te a través de las oficinas del Registro Nacional de Identifi- cación y Estado Civil: Que, estando a la verificación realizada por la Oficina Descentralizada de Procesos Electorales de Lima. se estable-ce que las referidas listas cumplen con los requisitos formales exigidos por la ley y a la revisión realizada por este Jurado Electoral, conformo lo dispone el inciso d) del Artículo 36” de la Ley Orgánica del Jurado Nacional de Elecciones N° 26486, concordante con el Artículo 10° en su parte pertinente y el Artículo 15” de la Ley de Elecciones Municipales N° 26864; Estando a lo acordado: SE RESUELVE: Artículo Primero.- Inscribir en el registro de Listas de Candidatos para Alcaldes y Regidores del Jurado Electoral Especial de Lima, las listas a que se refieren los oficios en la parte de vistos, y que en anexo forman parte integrante de esta resolución. remitidos por la Oficina Descentralizada de Procesos Electorales de Lima que participarán en el proceso electoral del 11 de octubre del año en curso. Artículo Segundo.- Remitir al Registro Nacional de Identifícación y Estado Civil las referidas listas para los efectos a que se contrae el Artículo 15” de la Ley Orgánica de Elecciones Municipales N° 26864. Articulo Tercero.- Remitir copias de las referidas listas a la Oficina Descentralizada de Procesos Electorales de Lima, para los fines pertinentes. Artículo Cuarto.- Remitir copias de las citadas listas al Jurado Nacional de Elecciones conforme lo precisa la última parte del precitado artículo. Artículo Quinto.- Disponer la publicación de las referi- das listas de candidatos a Alcalde y Regidores, que en anexo forman parte integrante de la presente resolución, en el Diario Oficial El Peruano, para lo s fines de ley. Registrese. comuníquese, publíquese y archívese SERGIO R. SALAS VILLALOBOS Presidente Jurado Electoral Especial de Lima FRENTE COMUNAL MORALIZADOR FRECOM SAN JUAN DE LURIGANCHO ACCION Y TRABAJO SAN JUAN DE LURIGANCHO PROVINCIA :LIMA MOVIMIENTO INDEPENDIENTE VAMOS VECINO SAN JUAN DE LURIGANCHO