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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 03 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 1998 (03/09/1998)

CANTIDAD DE PAGINAS: 64

TEXTO PAGINA: 50

del Oficio N” 42-UE-HAN-97 emitido por el Hospital de Apoyo de Nasca, este nosocomio atendió a cuarenticuatro (44) heridos. Asimismo, de la rendici6n de cuentas, que obra a fojas 665 en el expediente, se concluye que la empresa envió una comitiva para visitar a los heridos,trasladar algunos de éstos hacia hospitales de Lima, retirar cadáveres de la Morgue de Ica y trasladar los f6retros hacia Lima. Posteriormente, mediante Documen- to N” 789/97/GG de fecha 6 de agosto de 1997, la empresa denunciada ordenó que, en caso de presentarse heridosque requieran atención ambulatoria, éstos debían ser remitidos al Hospital Dos de Mayo de Lima -fojas 803-. Sm embargo, ante el requerimiento hecho por la Comisión, mediante Proveido w’ 3 de fecha 5 de diciembre de 1997, ésta ~610 ha acreditado que brindó atención adecuada, es decir, aquélla consistente en trasladar a los heridos a lugares adecua- dos, según sus necesidades, a sólo veinticuatro (24) de los heridos del accidente ocurrido en la localidad de Puquio ’ - de los cuales tres fallecieron posteriormente-, conforme se apreciade las facturas y boletas emitidas. En consecuencia, la empresadenunciada no ha acreditado la atención debida a veintidós (22) pasajeros, tales como Juan Vivanco, Fernando Miranda, Diana Cardenas, Jesús Ramada, entre otros5 ; ni que ésta haya sido innecesaria asf como tampoco la supuesta negativa de éstos a recibir la atención brindada por parte de la empresa. Adicionalmente, según el Informe Técnico N” 124-97- DSVT.DIAT de fecha 8 de setiembre de 1997 expedido por el Departamento de Investigación de Accidentes de Tránsi-to de la Policía Nacional del Perú, el accidente ocurrido en la localidad de Chao dejó un saldo de dos (21 muertos B y nueve (9) heridos 7. Sin embargo, de los documentos presen- tados por la empresa denunciada se desprende que ésta ~610 atendió a tres (3) heridos, pues no ha presentado medio probatorio alguno que acredite la atención brindada al resto de ellos (tales son los casos de María Sánchez de Jara, Javier Velásquez y Carmen de Velásquez). Por el contrario, conforme se desprende de la carta notarial de fecha 17 de setiembre de 1997 remitida a la empresa denunciada por el Sr. Javier Veláquez Deza y su esposa - pasajeros heridos a raíz del accidente de fecha 29 de agosto de 1997 -, éstos afirman no haber sido atendidos ni trasladados a lugaresidóneos para ello: “La representación de CIVA se limitó a pagar gastos menores de medicinas, de hospital, sin preocuparse en ningún momento de buscar una atención médica que garantizara salvar la vida de mi esposa... mi hijo por su propios medios tuvo que conseguir trasladarrws a Lima.. sin haber uuelto a saber nada de su empresa, que prácticamente nos abandonó en Trujillo.” No obstante ello, entre las facturas y boletas presentadas por la empresa denunciada, ésta ha acreditado que brindó atención a Gladys Niño de Guzmán, Sandra Novoa Niño de Guzmán, Freddy Oruna, Carlos Sánchez y Ana Cacique, a pesar que éstos no figuran en el atestado como heridos. De acuerdo al Atestado Policial N” 272-DSV-SIAT que corre en el expediente, el accidente ocurrido en Tacna dejó un saldo de dos (2) muertos ” heridas,y cuarenticinco (45) personas 9 los mismos que fueron conducidos al Hospital Hipólito Unanue, donde ~610 veintiún (211 pasajeros’ ’ fueron diagnosticados con heridas graves y otros dos (2) Ix fueron atendidos de emergencia. Sin embargo, la empresa denun-ciada no ha demostrado que cumplió con trasladarlos haciasu lugar de origen o destino, o mantener una comunicación permanente con ellos a tin de verificar que la atención brindada se adecuara a sus necesidades. Ello se desprende de las manifestaciones de algunos pasajeros que figuran en el Atestado, como los señores Teófilo Huanacure. Julio Calua y Ehas Caccire, quienes serialaron que la empresa denunciada s610 cumpli6 con hospitalizarlos, Asimismo, respecto a los veinticuatro (24) herrdos que no figuran en la lista de pacientes elaborada por la empre- sa denunciada y los cinco 15) pasajeros que ingresaron al Servicio de Cirugía del Hospital Hipólito Unanue, asícomo los dos (2) fallecidos. la empresa denunciada no acreditó la atención brindada a Bstos o a sus famihares, ni que 6sta haya sido innecesaria, así com o tampoco la negativa de los mencionados a recibir atención por parte de la empresa. Como se ha señalado a lo largo de la presente resolución, la atención a los heridos por parte de la empresa de transpor- tes tiene la finalidad de disminuir los perjuicios a las vícti- mas, quienes al momento de contratar los serwcios de transporte terrestre interprovincial no esperan asumir ma- yores gastos que el costo del pasaje, ya que confían que laempresa tomará las medidas necesarias ante la ocurrencia de cualquier percance. -Más aún, de la información obtenida durante la visita inspectiva, se desprende que la empresa denunciada cuentacon un Manual de Accidentes de fecha 7 de diciembre de 1995, el cual establece la forma de organización del personal de laempresa ante la ocurrencia de algún suceso de esa naturale- za, a través de la conformación de diversos grupos: de coordinación (encargado de trasladar a los familiares de los heridos y derivar a los heridos a los hospitales del Ministeriode Salud); del traslado de los heridos a los hospitales apenas sucede el accidente; y de comunicaciones (encargado de mantener información actualizada de la situación de los heridos y fallecidos), etc. Sm embargo, en el presente proce- dimiento la empresa de transportes. a pesar de contar con directivas de comportamiento para la atención de los pasaje- ros frente a la ocurrencia de accidentes, sólo acreditó haberrealizado algunas acciones. Por otro lado, en relación a los accidentes ocurridos en Tacna y Trujillo, la empresa denunciada ~610 ha presentado boletas y facturas que acreditan la atención a veintiuno (21) de los cincuenticuatro (54) heridos, sin haber acreditado el traslado de los mismos a sus ciudades de destino u origen, traslado de sus familiares al lugar del accidente, comunica- ción permanente con los heridos con el objeto de verificar la atención brindada por los centros médicos, ni que ello fuese innecesario; tampoco la supuesta negativa de los menciona- dos a recibir la atención brindada por la empresa. Asimismo, cabe precisar que, la empresa denunciada sólo ha acreditado fehacientemente que facilitó el traslado de una de las heridas en el accidente ocurrido en Puquio hacia el Hospital Dos de Mayo, en Lima; en consecuencia, no ha demostrado haber brindado el traslado hacia su ciudad deorigen al resto de los heridos. En consecuencia, se desprende que las medidas adopta- das por la empresa denunciada no fueron suficientes para ~ossmmuir los daños sufridos por todos los pasajeros afecta- Por último, cabe señalar que, de acuerdo al Memorán- dum N” 780197G.G emitido por la empresa denunciada. ésta exigía la firma de transacciones por parte de los familiares de los heridos o de ellos mismos como condición indispensable para que sean cubiertos los gastos de medicinas, sepelio,entre otros 12. Al respecto, debe precisarse que la firma de las actas ha sido un medio de coacción inaceptable empleado por la empresa denunciada frente a una situación de necesidad en que se encontraban los heridos al requerir atención mkdica. ’Julia Valverde, Francisco Montes. Palomina Llacua. Luisa Espadin Ruben Quispe Martin Espinara. Alejedro Martinez. LUIS Romero, Rene Valderrama. Eulalia Lopez. Lupe Asto Malan Martínez, Roxana Quispe, Daniel Arrkplde Eusebio Surco, Tomas Ybargen. Humberto Blanco, Calixto Quispe. Fanny Motta. Mana Isabel Barrientos V~cenl~na Tintaya Diana Arrbspide, Román Delgado, MigueI Ortiz Sciglia Vasquez ’Katia Vwamx. Dina Romero. JCNI Valenzuela. Amador Yura Rojas Crecente Valdivieso, Sany Montes Llacua Jorge Valdivia. Basilio Vargas. Victor Sarmiento César Guitierrez Graciela Muñoz, Mo!& Martinez, César Caballero. Moisés Cabanillas Casafranca, Dora Montoya, Carlos Galarza. Luis Callata Ana kww de Vwanco, Gonzalo Machicao 6Fhw Vásquez Díaz, Néstor Díaz Campas ’ Maria Sánchez de Jara. Javier Velasquez Deza, Carmen Moreno de Velasquez. Hilda Barrenechea Flores de Uscata, Gana Uscaia Barrenechea, Carlos Uscata Barrenechea, Ang&a Ponce Avalos, Katherine Picsy Rey Manuel Garcia Arellano, 8 Jorge Manuel Cuslcdio Ramirez y Rhxneno Alvarez Paz QBetty Ponty Carmen Castro. Gustavo Castro. Laura Pacheco. Roberto Molina. Freddy Castro. Tomasa Condod. Fátima Leon, Eliza Zamora. Julio Calua Catalina Ponte, Giovana Alvarado. Jorge Ulloa, Eugenio Sánchez. Teodoro Quispe Isabel Cortera. Nataba Candro, Elias Caccire. Néstor Valencia, Carmen Montes, Filibert o Pérez. Maria Malpartida Olinda Rodriguez, Estela Pérez Angel Talavera. Dora Moreno Gustavo Duintanllla, Jose Dwnla- ni!!a, Sandro Olaya, Aberlo Dávila, Gloria Zorrilla Victor Rios, Marlene Valladares Gisella Calderón. Angelo Castillo. Miguel Riveta, Antonieta Basilio. Layla Castañeda, Valdemar Alvarado. MarthaBqarano, Fernando Murga. Carmen Pachwo Teófilo Huanacure y Alfredo Santana (tripulante) ”Mana Ma$artida. Isabel Cotera, Olinda Rcdnguez. Estela PBrez Giovana Alvarado, Angel Talavera, Carmen Castro. Dora Moreno. Fabma Léon, Juba Zamora, GIS& Calderon Gustavo Dumtanilk, Juio Calúa, Ellas Cacwe. Gustavo Castro, Jose QuintanlIla, Teodoro Qutspe, Rllbedo Pérez, Laura Pacheco. ” Genara Salcedo, Valdemar Alvarado ‘>Intes de electuar los arreglm de sepelio y entterro con los lamiliares dIrecto s de los pasajws falkldos, se deber.4 firmar la transaccmn que adjunlamos”