Norma Legal Oficial del día 14 de abril del año 1999 (14/04/1999)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, miercoles 14 de MORDAZA de 1999

Articulo 40º.- El MORDAZA o quien dirija el debate ordenara el tramite que corresponda a cada uno de los documentos. Pasaran a la Orden del dia los asuntos que requeriran debate o pronunciamiento del pleno del Concejo. Los proyectos de ordenanzas y edictos de ser necesarios pasaran a dictamen de Comision. Los proyectos de acuerdos de Concejo asi como los pedidos escritos de los Regidores pueden ser dispensados del tramite de comisiones. Los dictamenes de comision pasan a la Orden del dia. Los dictamenes son pronunciamientos de las comisiones permanentes o especiales sobre temas especificos y de investigacion o encargos expresos del Concejo Municipal. CAPITULO III INFORMES Y PEDIDOS Articulo 41º.- En la estacion de informes y pedidos, los Regidores podran dar cuenta de los asuntos que en relacion a las funciones y atribuciones que les senala la ley, consideren que deben ser de conocimiento del Concejo y formular los pedidos que estimen convenientes sobre asuntos que requieran al pronunciamiento del Concejo. El Secretario anotara los nombres de los Regidores que soliciten el uso de la palabra, para efectuar informes y/o formular pedidos. Articulo 42º.- Los informes y pedidos deberan ser breves y concretos y no podran exceder de cinco (5) minutos. En esta estacion no se admitira debate alguno. Aquellos que por su naturaleza merecieran mayor debate, el MORDAZA, previo acuerdo de Concejo, los pasara a la Orden del dia. Si el MORDAZA se refiere a rentas municipales pasaran a la comision de economia, planificacion y presupuesto y de ser necesario, a la comision de asuntos juridicos. Articulo 43º.- Cuando la urgencia o naturaleza del caso lo requiera el Concejo podra dispensar del tramite a comisiones para que MORDAZA vistos en la estacion de Orden del dia. No podra dispensarse el informe de la Comision de Economia, Planificacion y Presupuesto, si la documentacion afecta a las rentas de la municipalidad. Su autor o uno de sus autores, en caso de ser varios, fundamentaran su propuesta en un lapso que no excedera a cinco (5) minutos. Articulo 44º.- Los proyectos de ordenanzas y edictos presentados por los Regidores y/o comisiones, pasaran, al organo o area municipal que corresponda para el informe tecnico respectivo. Articulo 45º.- Los proyectos que cuenten con informes y/o dictamenes con firmas completas en mayoria o que hayan sido dispensados del tramite de comisiones, pasaran a la Orden del dia para su debate y votacion. Articulo 46º.- Los pedidos que requieran aprobacion del Concejo, una vez admitidos, pasaran a la Orden del dia, para su fundamentacion, debate y votacion. Articulo 47º.- Los pedidos referidos a proyectos de inversion, seran remitidos a la Oficina de Planificacion y Presupuesto, a traves de los MORDAZA correspondientes para que elabore un perfil tecnico-economico a fin de conocer, las posibilidades de su ejecucion. El perfil mencionado debera contener entre otros, el nombre del proyecto, objetivo, costo estimado, plazo de ejecucion, alternativas de financiamiento y analisis de costo, beneficio-social y el area responsable de su ejecucion. Este perfil sera evaluado en sesion de Concejo para decidir sobre su ejecucion; de ser aprobado, se dispondra su derivacion al area correspondiente para la formulacion de los estudios definitivos. Articulo 48º.- Esta estacion tendra una duracion no mayor de 45 minutos, vencido el tiempo se pasara a Orden del dia. Los informes y pedidos que quedasen pendientes se trataran en la sesion ordinaria siguiente. CAPITULO IV ORDEN DEL DIA Articulo 49º.- MORDAZA de iniciar la Orden del dia, la Alcaldesa podra disponer que se pase lista. Si hubiera el quorum de reglamento continuara la sesion, si no lo hubiera la Alcaldesa dispondra que la sesion se suspenda. Articulo 50º.- En la Orden del dia se debatiran y votaran en primer termino los temas senalados en la agenda, luego los que durante la sesion hubieran pasado a esta estacion. La Alcaldesa establecera el orden en que

se debatiran de acuerdo a su naturaleza y/o urgencia; a menos que por acuerdo de Concejo se priorice algun pedido o informe. Articulo 51º.- En la Orden del dia los Regidores fundamentaran y sustentaran sus informes y/o pedidos que hubieren pasado a esta Estacion. Los presidentes de comisiones o sus representantes sustentaran los dictamenes. Articulo 52º.- Ningun Regidor podra intervenir en un mismo MORDAZA mas de dos veces, excepto el autor del proyecto dictamen o pedido, para formular aclaraciones o responder preguntas. En caso de ser varios autores, designaran a uno para la sustentacion. Ninguna intervencion podra exceder de cinco (5) minutos. Si la naturaleza del punto en debate lo requiriese, la Alcaldesa o quien dirija el debate podra conceder un lapso adicional al Regidor que lo solicite. Articulo 53º.- Las intervenciones deberan concretarse al punto en debate y no se admitira dialogo entre los Regidores, que se dirigiran siempre a la Alcaldesa o a quien presida la sesion. Un Regidor podra solicitar interrupcion por intermedio de la presidencia, la cual se MORDAZA efectiva cuando sea concedida por quien tiene el uso de la palabra. La interrupcion asi concedida no podra exceder de tres (3) minutos. Articulo 54º.- El MORDAZA o los presidentes de las comisionesen asuntos de su competencia podran solicitar con Acuerdo de Concejo el pase a comisionesde algun tema en debate. Con el conocimiento del o los dictamenes se proseguira con el debate en la siguiente sesion. Articulo 55º.- En esta estacion se podra presentar mociones de Orden del dia las que trataran temas exclusivamente relacionados con los asuntos en debate. Las mociones de Orden del dia no requieren fundamentacion. CAPITULO V VOTACIONES Articulo 56º.- Las votaciones se realizaran solamente en la estacion de Orden del dia, salvo las que no requieran debate previo, acordado asi por el Concejo. Articulo 57º.- Para que MORDAZA acuerdo, se requiere el MORDAZA conforme de mas de la mitad de los concurrentes, salvo que la ley organica exija un numero mayor. Si no se alcanzara el numero de votos exigidos por la ley, se tendra por rechazada la propuesta. Cuando hubiera mas de una mocion, dictamen o informe sobre el mismo MORDAZA, se votara cada uno de ellos separadamente. Articulo 58º.- El MORDAZA vota solamente en caso de empate, en calidad de dirimente. Articulo 59º.- Las votaciones pueden efectuarse de la siguiente manera: - Levantando la mano. - Poniendose de pie. - En forma nominal. La primera y la MORDAZA forma se usaran indistintamente en todos los casos no exceptuados. La tercera cuando por excepcion lo solicite el MORDAZA o algun Regidor y lo apruebe la mayoria de los asistentes. Cualquier Regidor podra pedir que se rectifique una votacion, en cuyo caso se repetira, variando la mecanica de votacion; si se pidiese una MORDAZA rectificacion se procedera siempre que lo aprueben la mayoria de los concurrentes. Articulo 60º.- Cuando un Regidor se apartara del tema en debate sera llamado al orden por el Alcalde. Articulo 61º.- El MORDAZA puede, cuando lo considere necesario dar por agotado el debate. TITULO VI DE LAS SESIONES EXTRAORDINARIAS Articulo 62º.- Las sesiones extraordinarias se realizan: a) Para tratar sobre la Aprobacion del Presupuesto Municipal o sus modificaciones dentro de los plazos establecidos. b) Dentro de los primeros dias de cada ano para pronunciarse sobre la Memoria Anual y la Cuenta General del ejercicio anterior. c) Para acceder el otorgamiento de condecoraciones u otros MORDAZA de acuerdo al correspondiente reglamento.

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