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Pág. 172410 NORMAS LEGALES Lima, viernes 23 de abril de 1999 de oro- Lambayeque (MB-M-0127 (B); 106408770), Collar de oro- Lambayeque (MB-M-0134; 106408791), Nariguera de oro- Costa Norte (MB-M-0228; 104909458), Nariguera de oro- Costa Norte (MB-M-0232; 104909459), Vaso peque- ño de oro- Lambayeque (MB-M- 0020; 106909156), Vaso pequeño de oro- Lambayeque (MB-M- 0021; 106909159), Vaso pequeño de oro- Lambayeque (MB-M- 0035; 106909179), Figurilla de oro- Lambayeque (MB-M- 0148; 106909205), Ornamento de oro- Lambayeque (MB-M- 0146; 106909405), Prendedor de oro- Lambayeque (MB-M- 0147; 106909188); sesenta y uno (61) de propiedad del Museo Nacional de Antropología, Arqueología e Historia del Perú: Talla de bastón ceremonial- Moche (MO-10227; W5/17128; 562-Y), Cetro - Moche (MO-0879; WS/17130), Talla de remo ceremonial - Moche (MO-5668, MO5742; 5/ 6), Talla de conopa - Inca (MO-10402; 42.5/32), Kero- Inca Colonial (MO-0059; 4/49 a), Collar de chaquiras- Nasca (MO-4942; 17/221), Collar de cuentas-Nasca (MO-4947; 17/ 384), Collar de chaquiras- Nasca (MO-4943; 17/342), Mate pirograbado - Paracas (MO-0811; 58838; D/ MMV-240/ INC-81), Cuenco pirograbado - Intermedio Temprano (MO- 336; LP/53), Vasija de mate pirograbado - Intermedio Temprano (MO-0303; 2735), Plato lítico - Jaén (L-1017; 43956; 7), Mano de mortero (L-2475; 94865; S/N; 9), Porra lítica- Ancón (L-8793; A1/P. 11009; T.850), Illa lítica- Sierra Sur (L-8798; 15/12), Hacha lítica- Ancón (L-3057;33/ 971), Instrumento quirúrgico de obsidiana- Paracas (L- 0423; 12/7369; 94252), Punta de proyectil de obsidiana- Paracas (L-0418; 6483), Cabeza clava lítica- Chavín (RL- 8931; 96715), Recipiente lítico- Cusco (L-8499; 96378), Botella- Paracas Caverna (C-15875; 89183), Botella - Para- cas Necrópolis (C-63559; 12/6964; 394), Botella-Paracas Necrópolis (C-16171; 12/6583; 343), Botella- Lima-Villa El Salvador (C-64179; 292; D-4/INC-81), Cuenco - Lima (Pla- ya Grande) (C-54721; 43951), Vasija lenticular - Lima (Playa Grande) (C-54724; III-a), Cántaro escultórico- Wari Pacheco (C-18194; 8/7870), Vasija silbadora- Wari Pacheco (C-18209; 8/7759), Cántaro escultórico- Wari Pacheco (C- 64858), Gorro polícromo-Wari (RT-1255; T/854), Paño tex- til-Wari (RT-31051; 53406; MMV-141), Fardo funerario antropomorfo- Wari (RT-31,145; Inv.16316), Esclavina - Paracas (RT-3552; 12/5968; Momia 310; Sp. 32), Tejedora textil- Chancay (RT-1386; S/N), Manto- Paracas Necrópo- lis (RT-3554; 12/7133; Momia 378; Sp. 8), Kipu- Inka (RT- 29934; 4125), Costurero- Chancay (RT-1390; A1/P3410; Tumba 325; Sp. 27), Telar- Chancay (RT. 6775; 62220; 50- RA), Casco de guerrero - Vicús Moche (M-3814, S/N- M- 4025; 47624- M-5695; 14/342- M-4260; 48559- M-4261; 48560- M-2415 (1 a 5); 50944), Diadema de oro- Nasca (M- 2840; 1174), Adorno frontal laminar de oro- Paracas (M- 2904; 12/5340; momia 2. Sp.38), Adorno circular de oro- Paracas (M-2905; 12/5340, Momia 2. Sp.45), Adorno circu- lar de oro - Paracas (M-2906;12/5340, Momia 2. Sp.44), Máscara de plata-Intermedio Tardío (M-2979; 13/1955), Máscara de plata- Intermedio Tardío (M-3244; 13/1954), Alfiler de oro y plata-Moche (M-3393), Corona de plata- Lima (M-3601; 42194), Pectoral de oro, plata y cobre- Lambayeque (M-3648;B.G), Figurina de oro y plata-Moche (M-3848; 53195), Alfiler de oro-Chimú (M-4440; 11/334), Alfiler de oro y plata-Chimú (M-4441; 11/347), Máscara de oro-Lambayeque (M-6815; 36/2149; M-4443; M- 4444),Pe- nacho de oro- Nasca (M-4407; 11/76), Máscara de cobre- Moche (M-4607/ 61252), Collar de oro -Moche (M-5558; V(I1)), Vaso de plata- Inca (M-6457; 13/1861), Vaso sonaje- ro de plata-Chimú (M-6645; 13/1938), Vaso sonajero de plata- Chimú (M-6652; 13/1951), Pectoral de cobre dorado- Lambayeque (M-6731), Plato de plata-Chincha (M-6881; 13/1900), Vaso de plata- Lambayeque (M-8528; 31/1166); treinta y cuatro (34) de propiedad del Museo Nacional de la Cultura Peruana : Toro de Pucará (61/1), Músico (49/ 153), Músico (49/157), Prendedor o tupu con pavo y pez de bronce plateado (48436), Prendedor o tupu en forma de cuchara (48/437), Escultura de piedra de Huamanga (49/ 282 a.b), Escultura en piedra de Huamanga (49/218 a.b), Retablo "Epifanía y marcación del ganado" (48/493), Remo Yagua (48/208), Arco Cacataibo (02106MC), Lanza Caca- taibo (JR00793MC), Lanza Cacataibo (02088MC), Idolo de madera Conibo (JR00499MC), Tocado Cacataibo (02109MC), Tocado Cacataibo (02110MC), Pipa Conibo (JR00907MC), Poncho textil de Katcca - Cusco (5942), Iglesia de techo- Ayacucho (49/153), Conopa-Taruca - Aya- cucho (48/116), Cruz de techo de hojalata- Huancayo (47/ 199), Kero- cusco (65/17), Danzante de contradanza - Paucartambo (1.85.104), Danzante Capac Q´olla- Paucar- tambo (1.85.105), Danzante Siklla (doctorcito)- Paucar- tambo (1.85.275), Danzante Saqra - Paucartambo (1.86.46), Máscara de diablo - Puno (1.86.66), Illa - Puno (54/4), Quena - Sierra Centro Sur (P-36), Tarka de madera tallada (11.96.71), Waqra Puku - Huancayo (3.93.1), Mate azu- carero con escena campesina (46/23), Varayoc de plata -Cusco (48/155), Cántaro antropomorfo - Shipibo (JR00044MC), Mocagua - Shipibo (JR00307MC), que serán exhibidos en el Centro Cultural de la Abadía de Daoulas desde el 11 de mayo hasta el 31 de octubre de 1999 en la exposición de arte denominada "Dioses, Pueblos y Tradi- ción del Perú"; Que, los bienes culturales cuya salida se solicita se encuentran debidamente asegurados, contra todo riesgo, mediante Póliza de Seguro Nº 413.008.971, emitida por GABINET Régis de THIEULLOY ASSURANCES en la Com- pañía AXA GLOBAL RISKS, desde el 1 de abril de 1999 hasta 20 de noviembre de 1999; Que, constituye una de las funciones del Instituto Nacio- nal de Cultura, cautelar y difundir el Patrimonio Cultural de la Nación, tanto en el país como en el extranjero, por lo que esta institución recomienda autorizar la salida temporal de los bienes en cuestión; De conformidad con lo dispuesto en los Artículos 6º, 7º y 13º de la Ley Nº 24047, Ley General de Amparo al Patrimonio Cultural de la Nación, y el Decreto Ley Nº 25762 Ley Orgánica del Ministerio de Educación, modificada por la Ley Nº 26510; y, Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Artículo 1º.- AUTORIZAR, a partir del día siguiente de la publicación de la presente Resolución hasta el 15 de noviembre de 1999 la Salida Temporal de doscientos treinta y seis (236) Bienes Culturales integrantes del Patrimonio Cultural de la Nación, detallados en el tercer considerando de la presente resolución, para ser exhibidos en la exposición denominada "Dioses, Pueblos y Tradición del Perú" a reali- zarse en el Centro Cultural de la Abadía de Daoulas en Francia, entre el 11 de mayo y el 31 de octubre de 1999. Artículo 2º.- El Instituto Nacional de Cultura adoptará las medidas más adecuadas para verificar las características, estado de conservación y autenticidad de los Bienes Cultura- les a los que se contrae la presente resolución, durante la salida, permanencia fuera del país y su retorno. Artículo 3º.- Designar al arqueólogo Jesús Briceño Rosa- rio, Jefe del Departamento de Arqueología del Instituto Nacional de Cultura de La Libertad, como comisario de las piezas que conforman la muestra materia de la presente resolución, quien cumplirá las labores de verificación del traslado de los mismos, de La Libertad a la ciudad de Lima, la salida del país y el retorno hasta su lugar de origen, e informará sobre el estado de conservación de las citadas piezas, el resultado y los pormenores de la exhibición, a la Dirección General de Patrimonio Monumental y Cultural del Instituto Nacional de Cultura. Los gastos que ocasione el viaje y la estadía del comisario serán íntegramente cubiertos por el organizador, a excepción de los gastos ocasionales hasta por la cantidad de Cien Dólares Americanos o su equivalente en moneda nacional, que previa rendición de cuentas serán asumidos por el Instituto Nacional de Cultura. Artículo 4º.- Los gastos que se deriven del embalaje, fletes, seguros, trámites, traslados de los Bienes Culturales y cualquier otro egreso que se origine por la salida y retorno de los Bienes del Patrimonio Cultural de la Nación a que se refiere la presente resolución serán íntegramente cubiertos por el Centro Cultural de la Abadía de Daoulas. Regístrese, comuníquese y publíquese. Rúbrica del Ing. Alberto Fujimori Presidente Constitucional de la República FELIPE GARCIA ESCUDERO Ministro de Educación 5358 Prorrogan permanencia temporal fue- ra del país de bienes integrantes del Patrimonio Cultural de la Nación para ser exhibidos en los EE.UU. RESOLUCION SUPREMA Nº 057-99-ED Lima, 22 de abril de 1999 Visto el Oficio Nº 425-99-INC/DN, cursado por el Director Nacional del Instituto Nacional de Cultura;