Norma Legal Oficial del día 23 de abril del año 1999 (23/04/1999)


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TEXTO DE LA PÁGINA 19

MORDAZA, viernes 23 de MORDAZA de 1999

NORMAS LEGALES

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Comision de Sanciones el pago de dos cuotas consecutivas de sus respectivos fraccionamientos, razon por la cual recomienda que conforme a lo dispuesto por el Articulo 3º de la Resolucion Ministerial Nº 180-98-PE del 7 de MORDAZA de 1998, debe declararse la extincion de los fraccionamientos otorgados, aplicandose al monto de las multas impagas un interes moratorio del 15% de la Tasa Activa para Moneda Nacional (TAMN) vigente a las fechas de los respectivos incumplimientos y notificarse a la Oficina General de Administracion para que remita estos casos a la via de ejecucion coactiva; En uso de las facultades conferidas por el Articulo 2º del Decreto Supremo Nº 005-98-PE, en concordancia con lo establecido en el Articulo 3º de la Resolucion Ministerial Nº 180-98-PE; Estando a lo acordado en el Acta de la Comision de Sanciones Nº 003-99-PE/CS de fecha 19 de MORDAZA de 1999; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Declarar la extincion de los fraccionamientos de pago de multas otorgados mediante Resoluciones Comision de Sanciones Nºs. 026, 027 y 029-99-PE/CS a MORDAZA CAVENAGO MORDAZA y PESQUERA EXALMAR S.A., por los motivos expuestos en la parte considerativa de la presente resolucion, aplicandose al monto de las multas impagas un interes moratorio del 15% de la Tasa Activa para Moneda Nacional (TAMN) vigente al 11 de marzo de 1999, en la forma que se detalla en el cuadro que en anexo forma parte integrante de la presente resolucion. Articulo 2º.- Transcribase la presente resolucion a la Oficina General de Administracion del Ministerio de Pesqueria a efectos de que proceda a iniciar los procesos de cobranza coactiva, de acuerdo a lo detallado en el cuadro del anexo. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA ZUZUNAGA ZUZUNAGA Presidente de la Comision de Sanciones MORDAZA MORDAZA MORDAZA Miembro Deliberante de la Comision de Sanciones MORDAZA VERTIZ MORDAZA Miembro Deliberante de la Comision de Sanciones ANEXO A LA RESOLUCION COMISION DE SANCIONES Nº 058-99-PE/CS RELACION DE FRACCIONAMIENTOS DE PAGO DE MULTAS, EXTINGUIDOS AL HABERSE INCUMPLIDO CON ACREDITAR EL PAGO DE DOS (2) CUOTAS CONSECUTIVAS
Nº R.C.S. Nº TITULAR DEL FRACCIONAMIENTO MORDAZA CAVENAGO MORDAZA MORDAZA CAVENAGO MORDAZA PESQUERA EXALMAR S.A. SALDO DEL FRACCIONAMIENTO 2.08 UIT 12.66 UIT 1.04 UIT MONTO FINAL A PAGAR (INC. 15% TAMN) 2.19 UIT 13.34 UIT 1.10 UIT

su cargo, en el plazo de 60 dias calendario, computados a partir de la notificacion o requerimiento formulado; Que mediante Resolucion Ministerial Nº 628-96-PE, de fecha 19 de diciembre de 1996, se otorgo a PESQUERA RIJESA S.R.Ltda. autorizacion para la instalacion de un establecimiento industrial pesquero para desarrollar la actividad de procesamiento de productos hidrobiologicos a fin de obtener harina de pescado de alto contenido proteinico con la capacidad proyectada de 20 t/h de procesamiento de materia prima, en su establecimiento industrial a ubicarse en la Av. MORDAZA - Pasaje Tiburon s/n, distrito de Puerto Supe, provincia de Barranca, departamento de Lima; Que por Resolucion Directoral Nº 160-98-PE/DNPP de fecha 19 de agosto de 1998, se declaro improcedente la solicitud presentada por PESQUERA RIJESA S.R.Ltda. para el otorgamiento de licencia de operacion de su planta de harina de pescado en su establecimiento industrial citado en el considerando anterior, en razon de no haberse acreditado la operatividad de la misma, segun inspeccion tecnica realizada con fecha 3 de MORDAZA de 1998; Que mediante el escrito del visto PESQUERA RIJESA S.R.Ltda., solicita licencia de operacion para desarrollar la actividad de procesamiento de productos hidrobiologicos a traves de su planta de harina de pescado de alto contenido proteinico asi como la realizacion de la inspeccion tecnica de su planta de harina de pescado, refiriendo haber superado la observacion senalada en la Resolucion Directoral Nº 160-98-PE/DNPP; Que a traves del Oficio Nº 126-99-PE/DNPP-Dn de fecha 5 de febrero de 1999, se notifico a la recurrente a fin de que cumpla con realizar el pago correspondiente por el servicio de inspeccion y el reintegro del pago por publicacion de la resolucion, previstos en el Procedimiento Nº 19 del Texto Unico de Procedimientos Administrativos del Ministerio de Pesqueria, aprobado por el Decreto Supremo Nº 001-98-PE, sin embargo de la evaluacion efectuada a los documentos presentados por la recurrente se concluye que dichos requisitos no han sido adjuntados, asimismo ha omitido presentar la MORDAZA de pago por derechos de tramite dentro del plazo establecido en los dispositivos legales citados en el MORDAZA considerando, por lo que deviene en improcedente lo solicitado; Estando a lo informado por la Direccion de Normas de la Direccion Nacional de Procesamiento Pesquero, mediante Informe Nº 039-99-PE/DNPP-Dn de fecha 15 de marzo de 1999, y con la visacion de la Oficina General de Asesoria Juridica; y, En uso de las facultades conferidas mediante el Decreto Supremo Nº 010-97-PE; SE RESUELVE: Articulo Unico.- Declarar improcedente la solicitud presentada por PESQUERA RIJESA S.R.Ltda para el otorgamiento de licencia de operacion de su planta de harina de pescado de alto contenido proteinico instalada en su establecimiento industrial pesquero ubicado en Av. Marina-Pasaje Tiburon s/n, distrito de Puerto Supe, provincia de Barranca, departamento de MORDAZA, por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolucion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Director Nacional de Procesamiento Pesquero (e) 5271 FE DE ERRATAS RESOLUCION DIRECTORAL Nº 038-99-PE/DNPP Mediante Oficio Nº 692-99-PE/SG el Ministerio de Pesqueria solicita se publique Fe de Erratas de la Resolucion Directoral Nº 038-99-PE/DNPP, publicada en nuestra edicion del dia 17 de MORDAZA de 1999, en la pagina 172275. En el Articulo 2º DICE: Otorgar a la empresa MORDAZA INDUSTRIAL S.R.L. autorizacion ..., con las siguientes capacidades proyectadas: Congelado ... 1800 cajas/turno DEBE DECIR: Otorgar a la empresa MORDAZA INDUSTRIAL S.R.L. autorizacion ..., con las siguientes capacidades proyectadas: Enlatado ... 1800 cajas/turno 5273

01 026-99 02 027-99 03 029-99

5270

Declaran improcedente solicitud para el otorgamiento de licencia de operacion de planta de harina de pescado instalada en la provincia de Barranca
RESOLUCION DIRECTORAL Nº 040-99-PE/DNPP MORDAZA, 20 de MORDAZA de 1999 Visto, el escrito de Registro Nº 11817001 de fecha 22 de diciembre de 1998, presentado por PESQUERA RIJESA S.R.Ltda. CONSIDERANDO: Que el Articulo 43º, literal d), del Decreto Ley Nº 25977 Ley General de Pesca, establece que para la operacion de plantas de procesamiento de productos pesqueros se requiere de licencia, el que constituye derecho que es otorgado por el Ministerio de Pesqueria; Que el Articulo 69º inciso e) y el numeral 4.1 de la Resolucion Ministerial Nº 010-99-PE, establecen que en los procedimientos administrativos, los interesados deberan realizar los tramites a

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