Norma Legal Oficial del día 23 de abril del año 1999 (23/04/1999)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, viernes 23 de MORDAZA de 1999

Penaloza Girao, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA y MORDAZA MORDAZA MORDAZA Corrales. Articulo Segundo.- Hacer de conocimiento la presente resolucion a los Fiscales Superiores encargados de la Gestion de Gobierno de los Distritos Judiciales de Callao, Huaura, Canete, MORDAZA Norte, Ica y Lima; y al Secretario Ejecutivo del Ministerio Publico para los fines pertinentes. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA COLAN MAGUINO Fiscal Suprema y Presidenta de la Comision Ejecutiva del Ministerio Publico MORDAZA MORDAZA MARINAS Secretario Ejecutivo - Miembro de la Comision Ejecutiva del Ministerio Publico 5320

CONSUCODE
Sancionan a empresas con suspension temporal e inhabilitacion en el ejercicio de su derecho a contratar la ejecucion de obras con el Estado
TRIBUNAL DE CONTRATACIONES Y ADQUISICIONES DEL ESTADO RESOLUCION Nº 059/99.TC-S1 MORDAZA, 15 de MORDAZA de 1999 Visto en sesion de la Primera Sala Mixta del Tribunal de Contrataciones y Adquisiciones del Estado de 16.3.99, el Expediente Nº 194-98-TL, sobre aplicacion de sancion al contratista J.M.R.S.A., por rescision administrativa del contrato celebrado con la Municipalidad Distrital de Aguas Verdes, para la ejecucion de la obra: "Mejoramiento MORDAZA de Estacionamiento, Carga Pesada, Complejo Fronterizo Aguas Verdes"; CONSIDERANDO: Que, por Resolucion Municipal Nº 010.98.MDAV de 23.7.98, notificada el 24.7.98, la entidad rescindio administrativamente el contrato de ejecucion de la obra citada en la parte expositiva de la presente resolucion, por haber incurrido el contratista en las causales del Art. 5.8.1 del RULCOP y dispuso se lleve a cabo la diligencia de constatacion fisica de obra e inventario de materiales, equipos y herramientas; Que, por Resolucion de Alcaldia Nº 084.98.MDAV de 23.9.98, la entidad declaro inadmisible el recurso de apelacion interpuesto por el contratista J.M.R.S.A. el 15.9.98 contra la resolucion rescisoria, por encontrarse presentado despues de vencido el plazo fijado por el Art. 5.8.3 del RULCOP; es decir, extemporaneamente; Que, el Tribunal de Licitaciones y Contrataciones del Estado, el 23.11.98, haciendo efectivo el apercibimiento decretado el 23.11.98, en el sentido que se resuelva solo con la documentacion obrante en autos, de conformidad con lo dispuesto por los Arts. 17º y 18º de la Resolucion Nº 094.90VC.9100, dispuso tener por no presentados los descargos del contratista al no haberlos adecuado al Comunicado Nº 001.94.TL y al D.S. Nº 026.94.MTC; Que, de autos se desprende que, la Resolucion de Alcaldia Nº 010.98.MDAV de 23.7.98, quedo consentida, por no haber sido impugnada en el plazo senalado por el 5.8.3 del RULCOP, quedando confirmada con la Resolucion Nº 08498.MDAV, por lo que surte todos sus efectos legales y como consecuencia, corresponde aplicar al contratista, la sancion a la que se ha hecho pasible, prevista para este caso por el Art. 9º de la Resolucion Nº 094-90.VC de 26.7.90; Que, la presente resolucion sienta precedente de observancia obligatoria, siendole aplicable, en consecuencia, lo dispuesto en el numeral 6 del Art. 1º del D.S. Nº 018.97.PCM, de fecha 18.4.97; Que, de conformidad con las facultades otorgadas por el Titulo V de la Ley Nº 26850, Arts. 8º y 9º del D.S. Nº 047.98.PCM, Cuarta Disposicion Transitoria del D.S. Nº 039.98.PCM, antecedentes y de agotado el correspondiente debate: SE RESUELVE: 1º.- Sancionar al contratista J.M.R. S.A. con suspension temporal de un ano (1) en el ejercicio de sus derechos a presentarse como postor a licitaciones publicas, adjudicaciones directas y de menor cuantia y a celebrar contratos con el Estado, entendiendose que la sancion entrara en vigencia a partir del dia siguiente de la publicacion de la presente resolucion en el Diario Oficial El Peruano. 2º.- Devolver los antecedentes a la entidad contratante para los fines de practicar la correspondiente liquidacion de cuentas. 3º.- Hacer de conocimiento del Registro Nacional de Contratistas, para que incluya al contratista sancionado en el Registro de Inhabilitados para contratar con el Estado. Registrese, comuniquese y publiquese. SS. MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA, JESSEN MORDAZA 5236

Encargan a magistrado adjunto la Cuarta Fiscalia Suprema en lo Penal Especializada en Delitos de Terrorismo y demas delitos comunes
RESOLUCION DE LA COMISION EJECUTIVA DEL MINISTERIO PUBLICO Nº 234-99-MP-CEMP MORDAZA, 22 de MORDAZA de 1999 VISTO Y CONSIDERANDO: El Oficio Nº 339-99-MP-F.SUPR.P, cursado por el doctor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Fiscal Supremo Provisional de la Cuarta Fiscalia Suprema en lo Penal Especializada en Delitos de Terrorismo y demas delitos comunes, solicitando licencia por razon de salud del 22 al 23 de MORDAZA de 1999, acreditando con el certificado medico que en MORDAZA fedatada adjunta; y estando al Acuerdo Nº 2491 adoptado por unanimidad por la Comision Ejecutiva del Ministerio Publico en sesion de la fecha, con dispensa de la lectura del acta, dejandose MORDAZA que el senor doctor MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ferreyra, Fiscal Supremo Titular y Miembro de la Comision Ejecutiva del Ministerio Publico, se encuentra de licencia por motivo de salud; y en uso de las atribuciones conferidas por las Leyes Nºs. 26623, 26695, 26738 y 27009; SE RESUELVE: Articulo Primero.- Concedase licencia con goce de haber por motivo de salud del 22 al 23 de MORDAZA de 1999 al doctor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Fiscal Supremo Provisional de la Cuarta Fiscalia Suprema en lo Penal Especializada en Delitos de Terrorismo y demas delitos comunes. Articulo Segundo.- Encargar el Despacho de la Cuarta Fiscalia Suprema en lo Penal Especializada en Delitos de Terrorismo y demas delitos comunes, al doctor MORDAZA Timarchi MORDAZA, Fiscal Adjunto Supremo de la referida Fiscalia, por el termino que dure la licencia del Fiscal Supremo Provisional. Articulo Tercero.- Hacer de conocimiento la presente resolucion a los senores, Presidente de la Corte Suprema de Justicia de la Republica, Presidente del Consejo de Coordinacion Judicial, Presidente del Consejo Nacional de la Magistratura, Presidente de la Comision Ejecutiva del Poder Judicial, Presidente de la Sala Penal Permanente de la Corte Suprema de Justicia de la Republica, Secretario Ejecutivo de la Comision Ejecutiva del Ministerio Publico y Titular del Pliego y Fiscal Supremo Provisional de la Fiscalia Suprema de Control Interno, para los fines pertinentes. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA COLAN MAGUINO Fiscal Suprema y Presidenta de la Comision Ejecutiva del Ministerio Publico MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Fiscal Supremo (P) - Miembro de la Comision Ejecutiva del Ministerio Publico MORDAZA MORDAZA MORDAZA MARINAS Secretario Ejecutivo - Miembro de la Comision Ejecutiva del Ministerio Publico 5321

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