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Pág. 180886 NORMAS LEGALES Lima, viernes 3 de diciembre de 1999 acciones por el monto de US$ 31 375,00 (TREINTA Y UN MIL TRESCIENTOS SETENTA Y CINCO Y 00/100 DÓ- LARES AMERICANOS). DÉCIMA .- Apruébase la propuesta para el Aumento de Capital correspondiente a 1998 del Organismo Multilateral de Garantía de Inversiones -OMGI-, mediante la cual el Poder Ejecutivo, en representación del Estado Peruano, suscribirá acciones por el monto de US$ 3 072 880,00 (TRES MILLO- NES SETENTA Y DOS MIL OCHOCIENTOS OCHENTA Y 00/100 DÓLARES AMERICANOS). UNDÉCIMA .- Apruébase la propuesta para el Aumento de Capital de la Corporación Interamericana de Inversiones -CII-, mediante la cual el Poder Ejecutivo, en representación del Estado Peruano, suscribirá acciones por el monto de US$ 10 310 000,00 (DIEZ MILLONES TRESCIENTOS DIEZ MIL Y 00/100 DÓLARES AMERICANOS). DUODÉCIMA .- Autorízase al Poder Ejecutivo, en representación del Estado Peruano, a efectuar una contribución de US$ 2 500 000,00 (DOS MILLONES QUINIENTOS MIL Y 00/100 DÓLARES AMERICA- NOS) a favor del Fondo Regional de Tecnología Agrope- cuaria -FONTAGRO-. DÉCIMO TERCERA .- Autorízase al Poder Ejecuti- vo, en representación del Estado Peruano, a efectuar durante el año fiscal 2000, el pago de US$ 14 000 000,00 (CATORCE MILLONES Y 00/100 DÓLARES AMERI- CANOS) correspondiente a la última cuota del Aumento de Capital de la Corporación Andina de Fomento -CAF-, aprobado por la Decisión 96/90. DÉCIMO CUARTA .- Declárase de interés público la agilización y flexibilización de los procedimientos a los que se sujeta la adquisición de inmuebles para el funcio- namiento y gestión de las Misiones del Servicio Exterior de la República y el financiamiento de estas operaciones. El Poder Ejecutivo, mediante Decreto Supremo refrenda- do por el Presidente del Consejo de Ministros, el Ministro de Economía y Finanzas y el Ministro de Relaciones Exteriores, dictará las normas reglamentarias para la aplicación de lo dispuesto en el párrafo primero de la presente disposición. DISPOSICIÓN FINAL ÚNICA .- La presente Ley entra en vigencia el 1 de enero del año 2000. Comuníquese al señor Presidente de la República para su promulgación. En Lima, a los treinta días del mes de noviembre de mil novecientos noventa y nueve. MARTHA HILDEBRANDT PÉREZ TREVIÑO Presidenta del Congreso de la República RICARDO MARCENARO FRERS Primer Vicepresidente del Congreso de la República AL SEÑOR PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA POR TANTO: Mando se publique y cumpla. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los dos días del mes de diciembre de mil novecientos noventa y nueve. ALBERTO FUJIMORI FUJIMORI Presidente Constitucional de la República ALBERTO BUSTAMANTE BELAUNDE Presidente del Consejo de Ministros EFRAIN GOLDENBERG SCHREIBER Ministro de Economía y Finanzas 15101 LEY Nº 27212 EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA POR CUANTO: El Congreso de la República ha dado la Ley siguiente: EL CONGRESO DE LA REPÚBLICA; Ha dado la Ley siguiente:LEY DE PRESUPUEST O DEL SECT OR PÚBLICO P ARA EL AÑO FISCAL 2000 CAPÍTULO I APROBACIÓN DEL PRESUPUESTO DE INGRESOS Y EGRESOS DEL GOBIERNO CENTRAL E INSTANCIAS DESCENTRALIZADAS Artículo 1º .- Aprobación del Presupuesto de In- gresos del Gobierno Central e Instancias Descen- tralizadas Apruébase el Presupuesto de Ingresos del Gobierno Central e Instancias Descentralizadas, a nivel de Fuentes de Financiamiento, para el período comprendido entre el 1 de enero y el 31 de diciembre del Año Fiscal 2000, de acuerdo a los montos siguientes: Fuente de Financiamiento S/. -Recursos Ordinarios 27 538 000 000 -Canon y Sobrecanon 122 132 157 -Participación en Rentas de Aduanas 144 000 000 -Contribuciones a Fondos 1 156 804 393 -Recursos Directamente Recaudados 2 151 742 137 -Recursos por Operaciones Oficiales de Crédito Interno 36 000 000 -Recursos por Operaciones Oficiales de Crédito Externo 2 746 771 425 -Donaciones y Transferencias 150 352 933 TOTAL: 34 045 803 045 Artículo 2º .- Aprobación del Presupuesto de Egre- sos del Gobierno Central e Instancias Descentrali- zadas Apruébase la Estructura del Presupuesto de Egresos del Gobierno Central e Instancias Descentralizadas, a nivel de Categoría del Gasto, de acuerdo a las siguientes Secciones: S/. SECCIÓN PRIMERA: GOBIERNO CENTRAL 22 156 410 184 -Gastos Corrientes 12 163 213 252 -Gastos de Capital 3 808 027 809 -Servicio de la Deuda 6 185 169 123 SECCIÓN SEGUNDA: INSTANCIAS DESCENTRALIZADAS 11 889 392 861 -Gastos Corrientes 9 345 859 393 -Gastos de Capital 2 331 487 457 -Servicio de la Deuda 212 046 011 TOTAL : 34 045 803 045 Artículo 3º .- Aprobación de los recursos corres- pondientes al Fondo de Compensación Municipal Apruébase, en adición a los montos señalados en el Artículo 1º, los recursos del "Fondo de Compensación Municipal" para el Año Fiscal 2000, correspondiente a las Municipalidades Provinciales y Distritales, ascendente a S/. 1 182 000 000, los cuales deben ser incluidos en los Presupuestos Institucionales Municipales de Apertura, de acuerdo a la información desagregada contenida en el Anexo Nº 5 de la presente Ley. Artículo 4º .- Anexos de la Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2000 El Presupuesto de Ingresos y Egresos del Gobierno Central e Instancias Descentralizadas, a que se refieren los artículos precedentes, se detalla en los anexos que forman parte de la presente Ley, de acuerdo a lo siguiente: Descripción Anexo -Egresos por Fuentes de Financiamiento y Grupo Genérico de Gasto 1 -Distribución Institucional del Egreso por Fuentes de Financiamiento 2 al 2C -Distribución Institucional del Egreso por Grupo Genérico de Gasto 3 al 3H -Distribución Institucional del Egreso por Programa y Grupo Genérico de Gasto 4 al 4H -Distribución a nivel de distritos del Fondo de Compensación Municipal 5