Norma Legal Oficial del día 03 de diciembre del año 1999 (03/12/1999)


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TEXTO DE LA PÁGINA 27

MORDAZA, viernes 3 de diciembre de 1999

NORMAS LEGALES

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subsanar dicha omision, toda vez, que ello no influiria en el sentido de la resolucion impugnada o en las consecuencias derivadas del acto que se recurre; Que el recurrente con fecha 21 de MORDAZA de 1999 al no haberse resuelto su solicitud de reincorporacion del 16 de enero de 1999, deduce la nulidad de la Resolucion de la Presidencia del Instituto Nacional Penitenciario Nº 29198-INPE-P que dispone se le aperture MORDAZA administrativo disciplinario, observandose que conforme a lo senalado en el Articulo 44º del citado Texto Unico, la nulidad debio solicitarla a traves de un recurso de apelacion; en ese sentido, lo solicitado resultaba improcedente; que la Resolucion Directoral Nº 484-99-INPE/ORH que resolvio el recurso de reconsideracion de 28 de MORDAZA de 1999, fue notificada al recurrente el 23 de junio de 1999, conforme se aprecia del cargo de Recepcion Nº 0306235, de la Empresa Olva Courier, consiguientemente no se ha vulnerado su derecho de defensa; Que asimismo, se aprecia en autos la solicitud del 5 de noviembre de 1997 sobre licencia de dos meses sin goce de haber, que fuera tramitada por la Oficina de Recursos Humanos con Memorandum Nº 489-97-INPE-OGA-OPER, del 7 del citado mes y ano, para su regularizacion y remitida al recurrente con conocimiento de la Oficina de Personal del Establecimiento Penitenciario del Callao; debiendo precisarse que este solicito una licencia por motivos particulares mas no por salud, conociendo perfectamente la diferencia entre una y otra, no solo por su condicion de abogado sino porque ya se le habia otorgado licencia por enfermedad; observandose que el recurrente en ningun momento ha presentado el certificado medico expedido o visado por una dependencia estatal autorizada que acredite los motivos de salud que le impidieron concurrir a su centro de trabajo desde el 2 de noviembre de 1997, siendo que los documentos presentados no acreditan que se le prescribio descanso fisico desde la citada fecha, por lo que mal puede justificar sus inasistencias, subsistiendo el cargo imputado; Que la prescripcion de la accion administrativa disciplinaria prevista en el Articulo 173º del Reglamento de la Ley de la MORDAZA Administrativa, aprobado por Decreto Supremo Nº 005-90-PCM, no ha operado, porque la autoridad administrativa conocio las faltas disciplinarias el 11 de enero de 1999 al remitirsele el Oficio Nº 0041-98-INPEORH, de la Oficina de Recursos Humanos del INPE, y el MORDAZA administrativo disciplinario se inicio con la Resolucion de la Presidencia del Instituto Nacional Penitenciario Nº 291-99-INPE-P, de fecha 13 de MORDAZA de 1999; asimismo, el Articulo 163º del citado Reglamento, senala que el incumplimiento del plazo de treinta dias de duracion de un MORDAZA administrativo disciplinario configura falta de caracter disciplinario de parte de los funcionarios responsables, pero no lo establece como causal de caducidad; Estando a lo opinado por la Oficina General de Asesoria Juridica en su Informe Nº 138-99-JUS/OGAJ-OAA; De conformidad con lo dispuesto en el Articulo 37º del Decreto Legislativo Nº 560 - Ley del Poder Ejecutivo, Articulos 2º y 8º del Decreto Ley Nº 25993 - Ley Organica del Sector Justicia y Articulos 47º, 67º, 84º y 99º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Normas Generales de Procedimientos Administrativos, aprobado por Decreto Supremo Nº 02-94-JUS; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Acumular los recursos de apelacion interpuestos por MORDAZA MORDAZA Supo MORDAZA y Hernerd Strauss Rhoddo MORDAZA, contra la Resolucion del Instituto Nacional Penitenciario Nº 588-99-INPE-P de fecha 18 de agosto de 1999. Articulo 2º.- Declarar infundados los recursos de apelacion interpuestos por MORDAZA MORDAZA Supo MORDAZA y Hernerd Strauss Rhoddo MORDAZA, contra la Resolucion del Instituto Nacional Penitenciario Nº 588-99-INPE-P de fecha 18 de agosto de 1999, por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente Resolucion. Articulo 3º.- Remitir MORDAZA de la presente Resolucion Ministerial, al Instituto Nacional Penitenciario y a los interesados, para los fines pertinentes. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA BELAUNDE Ministro de Justicia 15002

PRES
Designan Viceministro de Infraestructura
RESOLUCION SUPREMA Nº 187-99-PRES MORDAZA, 2 de diciembre de 1999 CONSIDERANDO: Que, se encuentra vacante el cargo de Viceministro de Infraestructura del Ministerio de la Presidencia; Que, consecuentemente, es necesario dictar el correspondiente acto administrativo de designacion para el cargo mencionado en el considerando precedente; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legislativo Nº 560 - Ley del Poder Ejecutivo y los Decretos Leyes Nºs. 25515 y 25556; y, Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Designar a partir de la fecha, al Lic. MORDAZA MORDAZA OLLE NAVA, en el cargo de Viceministro de Infraestructura del Ministerio de la Presidencia. Articulo 2º.- La presente Resolucion Suprema sera refrendada por el Ministro de la Presidencia. Registrese, comuniquese y publiquese. Rubrica del Ing. MORDAZA Fujimori Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de la Presidencia 15084

Designan Viceministra de Desarrollo Regional
RESOLUCION SUPREMA Nº 188-99-PRES MORDAZA, 2 de diciembre de 1999 CONSIDERANDO: Que, se encuentra vacante el cargo de Viceministro de Desarrollo Regional del Ministerio de la Presidencia; Que, consecuentemente, es necesario dictar el correspondiente acto administrativo de designacion para el cargo mencionado en el considerando precedente; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legislativo Nº 560 - Ley del Poder Ejecutivo y los Decretos Leyes Nºs. 25515 y 25556; y, Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Designar a partir de la fecha, a la arquitecta MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, en el cargo de Viceministra de Desarrollo Regional del Ministerio de la Presidencia. Articulo 2º.- La presente Resolucion Suprema sera refrendada por el Ministro de la Presidencia. Registrese, comuniquese y publiquese. Rubrica del Ing. MORDAZA Fujimori Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de la Presidencia 15085

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