Norma Legal Oficial del día 03 de diciembre del año 1999 (03/12/1999)


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TEXTO DE LA PÁGINA 23

MORDAZA, viernes 3 de diciembre de 1999

NORMAS LEGALES

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que fueron investigados oportunamente por la Inspectoria de la IV-RPNP; demostrandose asimismo, que el cambio de colocacion de la referida servidora se llevo a cabo de conformidad a dispositivos legales vigentes; Que, efectuada la notificacion de la indicada Resolucion Directoral y transcurrido el plazo establecido, la procesada no ha presentado su descargo correspondiente ante la Comision Permanente de Procesos Administrativos Disciplinarios para los Servidores Civiles de la Policia Nacional del Peru; Que, la Comision Permanente de Procesos Administrativos Disciplinarios para los Servidores Civiles de la Policia Nacional del Peru, ha estudiado y analizado todos los actuados inherentes al MORDAZA seguido contra la referida servidora, observando las garantias y procedimientos establecidos habiendose determinado que las acciones realizadas por la EC PB PNP Virgnia MORDAZA MORDAZA constituyen faltas graves, acordando por unanimidad recomendar al Despacho Ministerial se le sancione con QUINCE (15) dias de Suspension sin goce de remuneraciones; Que, de conformidad a los Arts. 28º Incs. "a" y "b" y 26º Inc. "b" del Dec. Leg. Nº 276 - Ley de Bases de la MORDAZA Administrativa y de Remuneraciones del Sector Publico, y a los Arts. 155º Inc. "b" y 157º de su Reglamento, aprobado por D.S. Nº 005-90-PCM de 17.ENE.90; Lo recomendado por la Comision Permanente de Procesos Administrativos Disciplinarios para los Servidores Civiles de la PNP, en el Acta Nº 120-99-COPEPROADPNP de 18.AGO.99; Lo propuesto por el General Director de Personal de la Policia Nacional del Peru; y, Lo opinado por el MORDAZA General Director General de la Policia Nacional del Peru; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Sancionar a la EC PB PNP MORDAZA MORDAZA MORDAZA con QUINCE (15) dias de Suspension sin goce de remuneraciones, por faltas disciplinarias (incumplimiento de normas y resistencia al cumplimiento de las ordenes de sus Superiores). Articulo 2º.- Entiendase notificada la presente Resolucion a la interesada, a partir del dia siguiente de su notificacion y/o publicacion en el Diario Oficial El Peruano. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro del Interior 14566 RESOLUCION MINISTERIAL Nº 1143-99-IN/PNP MORDAZA, 18 de noviembre de 1999 Visto, el Informe Nº 16-98-VII-RPNP-INSP. de 22.OCT.98, de registro C-235-3376-DIPER-PNP-DAPEYEC, instruido contra el EC AA PNP MORDAZA de MORDAZA ANCHILLO MORDAZA (51) CIP Nº 70026933. CONSIDERANDO: Que, mediante R.D. Nº 3329-DIPER-PNP de 1.JUL.99 se instauro MORDAZA administrativo disciplinario al EC AA PNP MORDAZA de MORDAZA ANCHILLO MORDAZA, quien presta servicios en la Jefatura Policial Metropolitana Sur de la VII-RPNP, por inasistir a sus labores del 22.AGO. al 2.SET.98, sin justificar ni comunicar oportunamente a sus Superiores su situacion; siendo reincidente en inasistir y llegar con retraso a sus labores injustificadamente; Que, efectuada la Notificacion de la indicada Resolucion Directoral y transcurrido el plazo establecido, el procesado no ha presentado su descargo correspondiente; Que, la Comision Permanente de Procesos Administrativos Disciplinarios para los Servidores Civiles de la Policia Nacional del Peru, ha estudiado y analizado todos los actuados inherentes al MORDAZA seguido contra el referido servidor, al que se contrae la presente Resolucion, y observadas las garantias y procedimientos establecidos, ha comprobado que la accion realizada constituye falta disciplinaria, acordando por unanimidad recomendar al Despacho Ministerial se le imponga la sancion de ONCE (11) dias de Suspension sin goce de remuneraciones;

Que, de conformidad a los Arts. 28º Inc. "k" y 26º Inc. "b" del Dec. Leg. Nº 276 - Ley de Bases de la MORDAZA Administrativa y de Remuneraciones del Sector Publico, y al Art. 155º Inc. "b" de su Reglamento, aprobado por D.S. Nº 005-90-PCM de 17.ENE.90; Lo recomendado por la Comision Permanente de Procesos Administrativos Disciplinarios para los Servidores Civiles de la Policia Nacional del Peru, en el Acta Nº 10999-COPEPROAD-PNP de 21.JUL.99; Lo propuesto por el General Director de Personal de la Policia Nacional del Peru; y, Lo opinado por el MORDAZA General Director General de la Policia Nacional del Peru; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Sancionar al EC AA PNP MORDAZA de MORDAZA ANCHILLO MORDAZA, con ONCE (11) dias de Suspension sin goce de remuneraciones; por Falta Disciplinaria (Abandono de cargo). Articulo 2º.- Entiendase notificada la presente Resolucion al interesado, a partir del dia siguiente de su notificacion y/o publicacion en el Diario Oficial El Peruano. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro del Interior 14567 RESOLUCION MINISTERIAL Nº 1145-99-IN/PNP MORDAZA, 19 de noviembre de 1999 Visto, el Parte Nº 02-98-H.PNP."ABL".UPyB.A4 de 27.JUL.98, de registro C-328-4958-DIPER-PNP-DAPEYEC, instruido contra la EC PB PNP (ENFERMERA) MORDAZA MORDAZA MORDAZA (40) CIP Nº 271677. CONSIDERANDO: Que, mediante R.D. Nº 2852-DIPER-PNP de 14.JUN.99, se instauro MORDAZA administrativo disciplinario a la EC PB PNP MORDAZA MORDAZA MORDAZA, quien presta servicios en el Hospital PNP "AUGUSTO B. LEGUIA", por la presunta comision de actos de inmoralidad y abandono de cargo, al haber inasistido injustificadamente a sus labores desde el 25.MAY al 22.JUL.98, efectuando sin embargo cobro indebido por concepto de haberes por los dias inasistidos; Que, efectuada la Notificacion de la indicada Resolucion Directoral y transcurrido el plazo establecido, la procesada no ha presentado su descargo oral y escrito ante la Comision Permanente de Procesos Administrativos Disciplinarios para los Servidores Civiles de la PNP; Que, la Comision Permanente de Procesos Administrativos Disciplinarios para los Servidores Civiles de la Policia Nacional del Peru, ha estudiado y analizado todos los actuados inherentes al MORDAZA seguido contra la referida servidora, al que se contrae la presente Resolucion, y observadas las garantias y procedimientos establecidos, ha comprobado que las acciones realizadas constituyen faltas graves, acordando por unanimidad recomendar al Despacho Ministerial se le imponga la sancion de DOS (2) meses de Cese Temporal sin goce de remuneraciones; Que, de conformidad a los Arts. 28º Incs. "j" y "k" y 26º Inc. "c" del Dec. Leg. Nº 276 - Ley de Bases de la MORDAZA Administrativa y de Remuneraciones del Sector Publico, y a los Arts. 155º Inc. "c" y 158º de su Reglamento, aprobado por D.S. Nº 005-90-PCM de 17.ENE.90; Lo recomendado por la Comision Permanente de Procesos Administrativos Disciplinarios para los Servidores Civiles de la PNP, en el Acta Nº 83-99-COPEPROAD-PNP de 28.JUN.99; Lo propuesto por el General Director de Personal de la Policia Nacional del Peru; y, Lo opinado por el MORDAZA General Director General de la Policia Nacional del Peru; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Sancionar a la EC PB PNP MORDAZA MORDAZA MORDAZA, con DOS (2) meses de Cese Temporal sin goce de remuneraciones; por falta disciplinaria (actos de inmoralidad y abandono de Cargo).

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