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Pág. 180897 NORMAS LEGALES Lima, viernes 3 de diciembre de 1999 que fueron investigados oportunamente por la Inspectoría de la IV-RPNP; demostrándose asimismo, que el cambio de colocación de la referida servidora se llevó a cabo de conformidad a dispositivos legales vigentes; Que, efectuada la notificación de la indicada Resolu- ción Directoral y transcurrido el plazo establecido, la procesada no ha presentado su descargo correspondiente ante la Comisión Permanente de Procesos Administrati- vos Disciplinarios para los Servidores Civiles de la Policía Nacional del Perú; Que, la Comisión Permanente de Procesos Adminis- trativos Disciplinarios para los Servidores Civiles de la Policía Nacional del Perú, ha estudiado y analizado todos los actuados inherentes al proceso seguido contra la referida servidora, observando las garantías y proce- dimientos establecidos habiéndose determinado que las acciones realizadas por la EC PB PNP Virgnia GARCIA BAEZ constituyen faltas graves, acordando por unanimi- dad recomendar al Despacho Ministerial se le sancione con QUINCE (15) días de Suspensión sin goce de remu- neraciones; Que, de conformidad a los Arts. 28º Incs. "a" y "b" y 26º Inc. "b" del Dec. Leg. Nº 276 - Ley de Bases de la Carrera Administrativa y de Remuneraciones del Sector Público, y a los Arts. 155º Inc. "b" y 157º de su Reglamento, aprobado por D.S. Nº 005-90-PCM de 17.ENE.90; Lo recomendado por la Comisión Permanente de Pro- cesos Administrativos Disciplinarios para los Servidores Civiles de la PNP, en el Acta Nº 120-99-COPEPROAD- PNP de 18.AGO.99; Lo propuesto por el General Director de Personal de la Policía Nacional del Perú; y, Lo opinado por el Teniente General Director General de la Policía Nacional del Perú; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Sancionar a la EC PB PNP Virginia GARCIA BAEZ con QUINCE (15) días de Suspensión sin goce de remuneraciones, por faltas disciplinarias (incum- plimiento de normas y resistencia al cumplimiento de las órdenes de sus Superiores). Artículo 2º.- Entiéndase notificada la presente Resolu- ción a la interesada, a partir del día siguiente de su notificación y/o publicación en el Diario Oficial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese. CESAR SAUCEDO SANCHEZ Ministro del Interior 14566 RESOLUCION MINISTERIAL Nº 1143-99-IN/PNP Lima, 18 de noviembre de 1999 Visto, el Informe Nº 16-98-VII-RPNP-INSP. de 22.OCT.98, de registro C-235-3376-DIPER-PNP-DAPE- YEC, instruido contra el EC AA PNP Juan de Dios ANCHILLO AMANCIO (51) CIP Nº 70026933. CONSIDERANDO: Que, mediante R.D. Nº 3329-DIPER-PNP de 1.JUL.99 se instauró proceso administrativo disciplinario al EC AA PNP Juan de Dios ANCHILLO AMANCIO, quien presta servicios en la Jefatura Policial Metropolitana Sur de la VII-RPNP, por inasistir a sus labores del 22.AGO. al 2.SET.98, sin justificar ni comunicar oportunamente a sus Superiores su situación; siendo reincidente en inasis- tir y llegar con retraso a sus labores injustificadamente; Que, efectuada la Notificación de la indicada Resolu- ción Directoral y transcurrido el plazo establecido, el procesado no ha presentado su descargo correspondiente; Que, la Comisión Permanente de Procesos Adminis- trativos Disciplinarios para los Servidores Civiles de la Policía Nacional del Perú, ha estudiado y analizado todos los actuados inherentes al proceso seguido contra el referi- do servidor, al que se contrae la presente Resolución, y observadas las garantías y procedimientos establecidos, ha comprobado que la acción realizada constituye falta disci- plinaria, acordando por unanimidad recomendar al Despa- cho Ministerial se le imponga la sanción de ONCE (11) días de Suspensión sin goce de remuneraciones;Que, de conformidad a los Arts. 28º Inc. "k" y 26º Inc. "b" del Dec. Leg. Nº 276 - Ley de Bases de la Carrera Administrativa y de Remuneraciones del Sector Público, y al Art. 155º Inc. "b" de su Reglamento, aprobado por D.S. Nº 005-90-PCM de 17.ENE.90; Lo recomendado por la Comisión Permanente de Pro- cesos Administrativos Disciplinarios para los Servidores Civiles de la Policía Nacional del Perú, en el Acta Nº 109- 99-COPEPROAD-PNP de 21.JUL.99; Lo propuesto por el General Director de Personal de la Policía Nacional del Perú; y, Lo opinado por el Teniente General Director General de la Policía Nacional del Perú; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Sancionar al EC AA PNP Juan de Dios ANCHILLO AMANCIO, con ONCE (11) días de Suspen- sión sin goce de remuneraciones; por Falta Disciplinaria (Abandono de cargo). Artículo 2º.- Entiéndase notificada la presente Resolu- ción al interesado, a partir del día siguiente de su notifica- ción y/o publicación en el Diario Oficial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese. CESAR SAUCEDO SANCHEZ Ministro del Interior 14567 RESOLUCION MINISTERIAL Nº 1145-99-IN/PNP Lima, 19 de noviembre de 1999 Visto, el Parte Nº 02-98-H.PNP."ABL".UPyB.A4 de 27.JUL.98, de registro C-328-4958-DIPER-PNP-DAPE- YEC, instruido contra la EC PB PNP (ENFERMERA) Rosa VALERA PALACIOS (40) CIP Nº 271677. CONSIDERANDO: Que, mediante R.D. Nº 2852-DIPER-PNP de 14.JUN.99, se instauró proceso administrativo disciplinario a la EC PB PNP Rosa VALERA PALACIOS, quien presta servicios en el Hospital PNP "AUGUSTO B. LEGUIA", por la presunta comisión de actos de inmoralidad y abandono de cargo, al haber inasistido injustificadamente a sus labores desde el 25.MAY al 22.JUL.98, efectuando sin embargo cobro inde- bido por concepto de haberes por los días inasistidos; Que, efectuada la Notificación de la indicada Resolu- ción Directoral y transcurrido el plazo establecido, la procesada no ha presentado su descargo oral y escrito ante la Comisión Permanente de Procesos Administrati- vos Disciplinarios para los Servidores Civiles de la PNP; Que, la Comisión Permanente de Procesos Adminis- trativos Disciplinarios para los Servidores Civiles de la Policía Nacional del Perú, ha estudiado y analizado todos los actuados inherentes al proceso seguido contra la refe- rida servidora, al que se contrae la presente Resolución, y observadas las garantías y procedimientos establecidos, ha comprobado que las acciones realizadas constituyen faltas graves, acordando por unanimidad recomendar al Despa- cho Ministerial se le imponga la sanción de DOS (2) meses de Cese Temporal sin goce de remuneraciones; Que, de conformidad a los Arts. 28º Incs. "j" y "k" y 26º Inc. "c" del Dec. Leg. Nº 276 - Ley de Bases de la Carrera Administrativa y de Remuneraciones del Sector Público, y a los Arts. 155º Inc. "c" y 158º de su Reglamento, aprobado por D.S. Nº 005-90-PCM de 17.ENE.90; Lo recomendado por la Comisión Permanente de Pro- cesos Administrativos Disciplinarios para los Servidores Civiles de la PNP, en el Acta Nº 83-99-COPEPROAD-PNP de 28.JUN.99; Lo propuesto por el General Director de Personal de la Policía Nacional del Perú; y, Lo opinado por el Teniente General Director General de la Policía Nacional del Perú; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Sancionar a la EC PB PNP Rosa VALE- RA PALACIOS, con DOS (2) meses de Cese Temporal sin goce de remuneraciones; por falta disciplinaria (actos de inmoralidad y abandono de Cargo).