Norma Legal Oficial del día 03 de diciembre del año 1999 (03/12/1999)


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TEXTO DE LA PÁGINA 25

MORDAZA, viernes 3 de diciembre de 1999

NORMAS LEGALES

Pag. 180899

Que la Direccion de Difusion Legislativa de la Direccion Nacional de Asuntos Juridicos mediante Informe Nº 034-99-JUS/DNAJ-DDL, expresa que el certamen a realizarse es de trascendencia academica y de interes para los estudiosos del derecho, lo que amerita la oficializacion solicitada; Que es funcion del Ministerio de Justicia sistematizar la legislacion y promover su estudio y difusion; y, De conformidad con lo dispuesto en el inciso h) del Articulo 6º del Decreto Ley Nº 25993 - Ley Organica del Sector Justicia, modificado por la Tercera Disposicion Final de la Ley Nº 26612; inciso i) del Articulo 3º, e inciso j) del Articulo 80º del Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de Justicia, aprobado mediante Resolucion Ministerial Nº 190-99-JUS; SE RESUELVE: Articulo 1º.- DAR CARACTER OFICIAL al "II Congreso Nacional de Derecho Registral", organizado por la Superintendencia Nacional de los Registros Publicos a llevarse a cabo en la MORDAZA de MORDAZA, los dias 2, 3 y 4 de diciembre de 1999. Articulo 2º.- Los organizadores del citado evento, remitiran a la Direccion Nacional de Asuntos Juridicos del Ministerio de Justicia las conclusiones a que se arriben al termino del mismo. Articulo 3º.- La presente Resolucion no irrogara gasto alguno al Pliego Presupuestal del Ministerio de Justicia. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA BELAUNDE Ministro de Justicia 14998

correcto funcionamiento del Centro de Conciliacion y aplicara, cuando corresponda, las medidas pertinentes de acuerdo a sus atribuciones. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA BELAUNDE Ministro de Justicia 14999

Autorizan a la Superintendencia de Entidades Prestadoras de Salud funcionar como centro de conciliacion
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 339-99-JUS MORDAZA, 30 de noviembre de 1999 Vista la solicitud de registro Nº 12647 de fecha de 25 de octubre de 1999, de la Superintendencia de Entidades Prestadoras de Salud (SEPS); CONSIDERANDO: Que la Superintendencia de Entidades Prestadoras de Salud (SEPS) es un organismo publico descentralizado del Sector Salud que tiene entre sus objetivos ejercer la funcion conciliadora mediante la aplicacion de mecanismos alternativos de solucion de conflictos; Que la mencionada institucion ha solicitado se le autorice el funcionamiento como Centro de Conciliacion; Que la recurrente cumple con los requisitos establecidos en los Articulos 24º y 27º de la Ley Nº 26872, Ley de Conciliacion y los Articulos 42º, 44º y 45º del Reglamento de la Ley de Conciliacion, aprobado por Decreto Supremo Nº 001-98-JUS, por lo que es procedente autorizarla a funcionar como Centro de Conciliacion; Estando a lo opinado en el Informe Nº 284-99-DMSTC-SDSCCC, de Secretaria Tecnica de Conciliacion, es pertinente atender la peticion de la Superintendencia de Entidades Prestadoras de Salud (SEPS); De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legislativo Nº 560 - Ley del Poder Ejecutivo, Decreto Ley Nº 25993 - Ley Organica del Sector Justicia, Ley Nº 26872 - Ley de Conciliacion y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 001-98-JUS; SE RESUELVE:

Autorizan a asociacion funcionar como centro de conciliacion
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 338-99-JUS MORDAZA, 30 de noviembre de 1999 Vista la solicitud de registro Nº 11468 de fecha 29 de setiembre de 1999, de la Asociacion para la Promocion de una Cultura de Paz (APROPAZ); CONSIDERANDO: Que la Asociacion para la Promocion de una Cultura de Paz (APROPAZ) es una asociacion civil que tiene entre sus objetivos ejercer la funcion conciliadora mediante la aplicacion de mecanismos alternativos de solucion de conflictos; Que la mencionada institucion ha solicitado se le autorice el funcionamiento como Centro de Conciliacion con sede en la MORDAZA de Lima; Que la recurrente cumple con los requisitos establecidos en los Articulos 24º y 27º de la Ley Nº 26872, Ley de Conciliacion y los Articulos 42º, 44º y 45º del Reglamento de la Ley de Conciliacion, aprobado por Decreto Supremo Nº 001-98-JUS, por lo que es procedente autorizarla a funcionar como Centro de Conciliacion; Estando a lo opinado en el Informe Nº 289-JUS/DMSTC-SDPCC de la Secretaria Tecnica de Conciliacion, es pertinente atender la solicitud de la Asociacion para la Promocion de una Cultura de Paz (APROPAZ); De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legislativo Nº 560 - Ley del Poder Ejecutivo, Decreto Ley Nº 25993 - Ley Organica del Sector Justicia, Ley Nº 26872 Ley de Conciliacion y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 001-98-JUS; SE RESUELVE: Articulo 1º.- AUTORIZAR a la Asociacion para la Promocion de una Cultura de Paz (APROPAZ), a funcionar como Centro de Conciliacion con sede en la MORDAZA de Lima. Articulo 2º.- El Ministerio de Justicia en aplicacion de la Ley de Conciliacion y su Reglamento, supervisara el

Articulo 1º.- AUTORIZAR a la Superintendencia de Entidades Prestadoras de Salud (SEPS) a funcionar como Centro de Conciliacion. Articulo 2º.- El Ministerio de Justicia en aplicacion de la Ley de Conciliacion y su Reglamento, supervisara el correcto funcionamiento del Centro de Conciliacion y aplicara, cuando corresponda, las medidas pertinentes de acuerdo a sus atribuciones. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA BELAUNDE Ministro de Justicia 15000

Declaran fundada en parte apelacion contra resolucion que sanciono con cese temporal a servidora de establecimiento penitenciario de MORDAZA
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 340-99-JUS MORDAZA, 30 de noviembre de 1999 Visto el recurso de apelacion interpuesto por MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, contra la Resolucion de la Presidencia del Instituto Nacional Penitenciario Nº 486-99-INPE-P, de fecha 13 de MORDAZA de 1999;

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