Norma Legal Oficial del día 03 de diciembre del año 1999 (03/12/1999)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, viernes 3 de diciembre de 1999

cion de la Republica del Peru, el Contrato de Prestamo de la operacion de Endeudamiento Externo que se aprueba en esta MORDAZA legal,asi como al Director General de Credito Publico del Ministerio de Economia y Finanzas a suscribir los demas documentos que se requieran para su implementacion. Articulo 5º.- El servicio de amortizacion, intereses y demas gastos, que ocasione la operacion de Endeudamiento Externo que se aprueba por este Decreto Supremo, seran atendidos por el Ministerio de Economia y Finanzas, con cargo a los recursos que en funcion de las prioridades intersectoriales y metas del Sector le correspondan en cada Ejercicio Presupuestal para el Servicio de la Deuda Publica. Articulo 6º.- Autorizase al Banco de la Nacion a debitar de la Cuenta Unica del Tesoro Publico, los montos correspondientes a los pagos por concepto del servicio de deuda que dicho banco efectue, en el caso que se incumpla lo dispuesto por el articulo precedente. Articulo 7º.- El presente Decreto Supremo sera refrendado por el Presidente del Consejo de Ministros y por los Ministros de Economia y Finanzas y de la Presidencia. Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los dos dias del mes de diciembre de mil novecientos noventa y nueve. MORDAZA FUJIMORI FUJIMORI Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA BELAUNDE Presidente del Consejo de Ministros MORDAZA GOLDENBERG SCHREIBER Ministro de Economia y Finanzas MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de la Presidencia 15072

componentes del Programa de Reforma del Sector Financiero II, en las condiciones establecidas en la Carta Convenio a ser suscrita. Articulo 2º.- Autorizar al Ministro de Economia y Finanzas o a quien este designe a suscribir la Carta Convenio, asi como los demas documentos necesarios para formalizar la Cooperacion Tecnica No Reembolsable que se acepta por el articulo precedente. Articulo 3º.- El Organismo Ejecutor de la Cooperacion Tecnica No Reembolsable a que se refiere la presente Resolucion Suprema sera la Unidad de Coordinacion de Prestamos Sectoriales del Ministerio de Economia y Finanzas. Articulo 4º.- La presente Resolucion Suprema sera refrendada por el Ministro de Relaciones Exteriores y por el Ministro de Economia y Finanzas. Registrese, comuniquese y publiquese. Rubrica del Ing. MORDAZA Fujimori Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA DE TRAZEGNIES GRANDA Ministro de Relaciones Exteriores MORDAZA GOLDENBERG SCHREIBER Ministro de Economia y Finanzas 15078

Aceptan renuncia y designan Secretaria Ejecutiva de la Secretaria General del Ministerio
RESOLUCION SUPREMA Nº 533-99-EF MORDAZA, 2 de diciembre de 1999 CONSIDERANDO: Que, la Sra. MORDAZA LAPENTA HELFER viene desempenando el cargo de Secretario Ejecutivo de la Secretaria General del Ministerio de Economia y Finanzas, en virtud a la ratificacion efectuada por Resolucion Suprema Nº 086-98-EF; Que, la citada funcionaria ha formulado renuncia al mencionado cargo; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legislativo Nº 560 -Ley del Poder Ejecutivo-, y en Decreto Ley Nº 25515; y, Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Articulo Unico.- Aceptar, la renuncia formulada por la Sra. MORDAZA LAPENTA HELFER al cargo de Secretario Ejecutivo de la Secretaria General del Ministerio de Economia y Finanzas, dandosele las MORDAZA por los servicios prestados. Registrese, comuniquese y publiquese. Rubrica del Ing. MORDAZA Fujimori Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA GOLDENBERG SCHREIBER Ministro de Economia y Finanzas 15079 RESOLUCION SUPREMA Nº 534-99-EF MORDAZA, 2 de diciembre de 1999 CONSIDERANDO: Que, se encuentra vacante el cargo de Secretario Ejecutivo de la Secretaria General del Ministerio de Economia y Finanzas; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legislativo Nº 560 -Ley del Poder Ejecutivo-, y en el Decreto Ley Nº 25515; y, Estando a lo acordado;

Aceptan cooperacion tecnica no reembolsable otorgada por el BID, para financiar contratacion de servicios de consultoria relativos al Programa de Reforma del Sector Financiero II
RESOLUCION SUPREMA Nº 532-99-EF MORDAZA, 2 de diciembre de 1999 CONSIDERANDO: Que, el Banco Interamericano de Desarrollo -BID- ha otorgado en su calidad de Administrador del Fondo Especial del Japon -FEJ-, una Cooperacion Tecnica No Reembolsable al Gobierno de la Republica del Peru, hasta por la suma de US$ 534 100,00 (QUINIENTOS TREINTA Y CUATRO MIL CIEN Y 00/100 DOLARES AMERICANOS), para financiar la contratacion de servicios de consultoria necesarios para la realizacion de un programa de Cooperacion Tecnica destinada a apoyar la preparacion de estudios para el diseno y ejecucion de diversos componentes del Programa de Reforma del Sector Financiero II; Que, resulta necesario formalizar la aceptacion de la referida Cooperacion Tecnica No Reembolsable, por cuanto constituye una valiosa contribucion, asi como autorizar la suscripcion de la Carta Convenio correspondiente; De conformidad con lo dispuesto por el Decreto Legislativo Nº 560, Decreto Legislativo Nº 719 y el Decreto Supremo Nº 015-92-PCM; y, Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Aceptar la Cooperacion Tecnica No Reembolsable otorgada por el Banco Interamericano de Desarrollo -BID-, con recursos del Fondo Especial del Japon -FEJ-, al Gobierno de la Republica del Peru, hasta por la suma de US$ 534 100,00 (QUINIENTOS TREINTA Y CUATRO MIL CIEN Y 00/100 DOLARES AMERICANOS), para financiar la contratacion de servicios de consultoria necesarios para la realizacion de un programa de Cooperacion Tecnica destinada a apoyar la preparacion de estudios para el diseno y ejecucion de diversos

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