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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 09 DE DICIEMBRE DEL AÑO 1999 (09/12/1999)

CANTIDAD DE PAGINAS: 88

TEXTO PAGINA: 65

Pág. 181255 NORMAS LEGALES Lima, jueves 9 de diciembre de 1999 Se entiende que es necesario otorgar el tratamiento adecuado de llamadas de larga distancia nacional realiza- das por un abonado fijo de TELEFÓNICA pero utilizando a NORTEK como portador de larga distancia, en los casos en los que este último no tiene presencia en el destino de la llamada. Algo similar sucede con las llamadas interna- cionales entrantes recibidas por NORTEK pero que ter- minan en un área local diferente en donde NORTEK no tiene presencia. En ese sentido, se podrían presentar tres situaciones: Caso 1) Una llamada de larga distancia nacional que se origina en un abonado fijo de TELEFÓNICA que ha preseleccionado a NORTEK como su proveedor del servi- cio portador de larga distancia, en un área local de telefo- nía fija en donde NORTEK se encuentre interconectado con TELEFÓNICA, cuyo destino final es un abonado fijo de TELEFÓNICA, situado en otra área local de telefonía fija en donde NORTEK no se encuentre interconectado con TELEFÓNICA, y NORTEK entrega la llamada a TELEFÓNICA en un área local distinta a la de origen, presumiblemente más cercana al área local de destino de la llamada. Caso 2) Una llamada de larga distancia nacional que se origina en un abonado fijo de TELEFÓNICA que ha preseleccionado a NORTEK como su proveedor del servi- cio portador de larga distancia, en un área local de telefo- nía fija en donde NORTEK se encuentre interconectado con TELEFÓNICA, cuyo destino final es un abonado fijo de TELEFÓNICA, situado en otra área local de telefonía fija en donde NORTEK no se encuentre interconectado con TELEFÓNICA, y NORTEK entrega la llamada a TELEFÓNICA en el área local en la cual se origina la llamada.” Caso 3) Una llamada que se origina en una red internacional y se recibe en un área local de telefonía fija en donde NORTEK se encuentre interconectado con TELEFÓNICA, cuyo destino final es un abonado fijo de TELEFÓNICA, situado en otra área local de telefonía fija en donde NORTEK no se encuentre interconectado con TELEFÓNICA, y NORTEK entrega la llamada a TELE- FÓNICA en un área local distinta a la de destino de la llamada. La estructura de precios debe ser una en la cual los pagos que un comercializador o portador efectúa a TELE- FÓNICA se encuentren por debajo de los pagos que realice un usuario final. Para lograrlo, las tarifas y los cargos imputados deben cumplir con el objetivo de permi- tir la entrada eficiente de competidores de larga distan- cia; en otros términos, de promover la competencia. • Los competidores de TELEFÓNICA, entre ellos NORTEK, tendrían que atender las llamadas de este tipo de sus abonados, incurriendo en una pérdida, dado que difícilmente podrían cobrarle a los usuarios una tarifa más alta que la que TELEFÓNICA cobra a sus usuarios. • Si se aceptara el esquema, podría estarse propician- do la aplicación de subsidios cruzados por parte de los competidores, es decir tendrían que financiar las pérdidas que se generarían por este tipo de llamadas con los recursos que se obtuvieran por otras llamadas, es decir aquellas en que el competidor tiene presencia en ambos extremos de la llamada, o con recursos de otros servicios que puedan proveer los competidores. De otro lado, debe considerarse que se debe incentivar la inversión en infraestructura, es decir, las nuevas em- presas deberán encontrar mayores ventajas en tener puntos de presencia en una mayor cantidad de ciudades, que en utilizar la red de terceros. Por todas las consideraciones antes expuestas, es conveniente establecer que los cargos por transporte de larga distancia, incluyendo la terminación de lla- mada y el tránsito cuando resulte pertinente, no exce- derá la correspondiente tarifa de larga distancia que se cobra a los usuarios, descontada en 5%, debiendo observar las partes lo descrito en el Anexo Nº 2 del MANDATO. e) Transporte de larga distancia La determinación de los cargos por transporte de larga distancia que se aplicarán a cada uno de los tres casos dellamadas de larga distancia mencionados, se explica con la ayuda del siguiente gráfico, en el cual se indican las funciones que realizan la red local de TELEFÓNICA, la red portadora de larga distancia de TELEFÓNICA y la red portadora de larga distancia de NORTEK. En el Caso 1), es decir cuando en una llamada de larga distancia nacional interviene NORTEK y TELEFÓNICA, y en el cual el primero entrega la llamada en un área local intermedia donde se encuentra interconectado con TE- LEFÓNICA, para que ésta la transporte y termine en el área local de destino. En una llamada de larga distancia del Caso 1) existen 4 funciones que son realizadas por las distintas redes involucradas: originación de llamada en la red fija de TELEFÓNICA (segmento “A”), terminación de llamada en la red fija de TELEFÓNICA (segmento “a”). La función de transporte de larga distancia de NORTEK está repre- sentada por el segmento tf. Dicho transporte es el que NORTEK realiza entre las dos áreas locales en las cuales se encuentra interconectada con TELEFÓNICA, es decir, donde tiene presencia. En el área local intermedia, NOR- TEK entrega la llamada a TELEFÓNICA para que ésta la transporte y termine en el área local de destino. La función de transporte de larga distancia de TELEFÓNI- CA está representada por el segmento tt . Lo que se debe determinar es cuánto debe de ser el cargo por transporte de larga distancia que TELEFÓNICA deberá cobrar por las funciones que realizan sus redes, es decir, originación, terminación y un transporte entre el área local interme- dia y el área local de destino. A tf tt a NORTEK deberá pagar a TELEFÓNICA una tarifa o cargo por transporte de larga distancia que le permitirá cubrir a TELEFÓNICA las funciones que realiza, es decir originación (denotada con "A") o terminación (denotada con "a"), y el transporte (denotado por tt). Si NORTEK le entregara la llamada a TELEFÓNI- CA en el área local origen de la llamada, NORTEK deberá pagar a TELEFÓNICA una tarifa o cargo por transporte de larga distancia que le permitirá cubrir las funciones que realiza, es decir, originación (deno- tada por “A”), terminación (también denotada por “a”), y el transporte (denotado por tf y tt). Este sería el Caso 2. Para el caso de llamadas de larga distancia internacio- nal entrantes se aplica el mismo razonamiento pero con una diferencia. Debe de tomarse en cuenta que TELEFÓ- NICA en el Caso 3) no realiza la función de originación de llamada y por lo tanto deberá de descontarse de las tarifas de larga distancia nacional. De esta manera, en el Caso 3) se tiene una situación en la cual una llamada que se origina en una red internacional y se recibe en un área local de telefonía fija en donde NORTEK se encuentre interconectado con TELEFÓNICA, cuyo destino final es un abonado fijo de TELEFÓNICA, situado en otra área local de telefonía fija en donde NORTEK no se encuentre interconectado con TELEFÓNICA, y NORTEK entrega la llamada a TELEFÓNICA en un área local distinta a la de destino de la llamada. En términos del gráfico, las funciones que realiza TELEFÓNICA son de transporte de larga distancia (" tt") y la función de terminación de llamada (“a”). En función de lo antes expuesto y de las funciones de red empleadas para cada caso, se dispone en el MANDA- TO (Anexo 2) los cargos por transporte que serán de aplicación. f) Cargos por enlaces de interconexión De acuerdo al Reglamento de Interconexión el punto de interconexión define y delimita la responsabilidad de cada operador. En ese sentido, de acuerdo al Artículo 1º de la Resolución de Consejo Directivo Nº 014-99-CD/OSIP- TEL, NORTEK debe asumir el costo del enlace de inter- conexión a través de un portador local o proveérselo a sí mismo. En adición a la característica de instalación esencial del transporte; de acuerdo a los principios de neutrali -