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Pág. 181268 NORMAS LEGALES Lima, jueves 9 de diciembre de 1999 (a) que las liquidaciones por cargos de terminación se efectúen directamente entre NORTEK y el concesionario de la tercera red interconectada a la red fija local de TELEFÓNICA. (b) que las liquidaciones por cargos de terminación se efectúen indirectamente entre NORTEK y el conce- sionario de la tercera red interconectada, a través de la red fija local de TELEFÓNICA. En este caso, NORTEK entregará a TELEFÓNICA el importe tanto del cargo por transporte conmutado como el importe del cargo de terminación de llamadas en la tercera red, si lo hubiera. TELEFÓNICA se encargaría de liquidar los pagos co- rrespondientes a terminación de llamadas a la tercera red. Este servicio será otorgado de acuerdo al principio de no discriminación, neutralidad e igualdad de acce- so. OSIPTEL no objeta las siguientes precisiones que las partes establecieron inicialmente en su proyecto de acuer- do de interconexión : a) En el caso que TELEFÓNICA utilice para la función de transporte conmutado más de una central local en una misma área local de forma que una llamada originada en una red de NORTEK interconectada a una central local de TELEFÓNICA termine en otra red de NORTEK o de otro operador interconectada a otra central local de TELEFÓ- NICA dentro de la misma área local, esta empresa cobrará a NORTEK un solo cargo de transporte conmutado. NOR- TEK sólo pagará por transporte conmutado saliente de su red y no será aplicable el cargo por transporte conmutado para llamadas recibidas de TELEFÓNICA o de un tercer operador. b) En el supuesto que la misma central de conmutación de TELEFÓNICA ejecute indistintamente las funciones de central local y de larga distancia, el cargo por transpor- te conmutado no será aplicable cuando la comunicación esté dirigida a la red fija local o de larga distancia de TELEFÓNICA. Será función de esta empresa el identifi- car aquellas centrales de conmutación que realizan la función dual, y a requerimiento de NORTEK, TELEFÓ- NICA permitirá comprobar que la central de conmutación Tandem a la cual NORTEK se encuentra interconectada no realiza la función dual de tráfico local y de larga distancia. c) TELEFÓNICA no limitará el servicio de transporte conmutado a NORTEK, salvo por causa de fuerza mayor debidamente sustentada. Tráfico liquidable.- La liquidación de tráficos de interconexión por este tipo de llamadas debe hacerse de la siguiente manera: a) sumando el total de tráfico eficaz de cada una de las llamadas de larga distancia expresa- das en segundos, ocurridas durante el período de factu- ración; b) el total de tiempo eficaz así calculado expresa- do en segundos se redondea al minuto más cercano; c) el total de pagos resulta de la multiplicación del tiempo eficaz expresado en minutos por cargo el vigente por transporte conmutado. NUMERAL 4.- Otros pagos Origen: abonado fijo de TELEFÓNICA, destino: abonado fijo de TELEFÓNICA; utilizando a TE- LEFÓNICA como portador de larga distancia na- cional Caso 1) Una llamada de larga distancia nacional que se origina en un abonado fijo de TELEFÓNICA que ha preseleccionado a NORTEK como su proveedor del servi- cio portador de larga distancia, en un área local de telefo- nía fija en donde NORTEK se encuentre interconectado con TELEFÓNICA, cuyo destino final es un abonado fijo de TELEFÓNICA, situado en otra área local de telefonía fija en donde NORTEK no se encuentre interconectado con TELEFÓNICA, y NORTEK entrega la llamada a TELEFÓNICA en un área local distinta a la de origen pero cercana al área local de destino de la llamada; tendrá el siguiente tratamiento. NORTEK únicamente pagará a TELEFÓNICA lo si- guiente : el equivalente a la tarifa vigente de larga distan- cia nacional de TELEFÓNICA para la comunicación rea- lizada entre el área local donde NORTEK entrega la llamada y el área local del abonado fijo de destino de lallamada, descontada en un 5%. Alternativamente, de existir descuentos aplicados a competidores o usuarios, NORTEK podrá optar por pagar las tarifas resultantes de la aplicación de dichos descuentos. Caso 2) Una llamada de larga distancia nacional que se origina en un abonado fijo de TELEFÓNICA que ha preseleccionado a NORTEK como su proveedor del servi- cio portador de larga distancia, en un área local de telefo- nía fija en donde NORTEK se encuentre interconectado con TELEFÓNICA, cuyo destino final es un abonado fijo de TELEFÓNICA, situado en otra área local de telefonía fija en donde NORTEK no se encuentre interconectado con TELEFÓNICA, y NORTEK entrega la llamada TE- LEFÓNICA en el área local origen de la llamada; tendrá el siguiente tratamiento. NORTEK únicamente pagará a TELEFÓNICA lo siguiente: el equivalente a la tarifa vigente de larga distancia nacional para la comunicación realizada en- tre el área local origen de la llamada desde donde NORTEK entrega la llamada a TELEFÓNICA y el área local del abonado fijo de destino de la llamada descon- tada en un 5%. Alternativamente, de existir descuentos aplicados a competidores o usuarios, NORTEK podrá optar por pagar las tarifas resultantes de la aplicación de dichos descuentos. Tráfico liquidable.- La liquidación de tráficos de interconexión por este tipo de llamadas debe hacerse de la siguiente manera: a) sumando el total de tráfico eficaz de cada una de las llamadas de larga distancia expresadas en segundos, ocurridas durante el período de facturación; b) el total de tiempo eficaz así calculado expresado en segundos se redondea al minuto más cercano; c) el total de pagos resulta de la multiplicación del tiempo eficaz expresado en minutos por los cargos antes mencionados; sin perjuicio de los descuentos por volúmenes de tráfico que los operadores puedan nego- ciar. Origen: internacional; destino: abonado fijo de TELEFÓNICA; utilizando a TELEFÓNICA como portador de larga distancia nacional Caso 3) Una llamada que se origina en una red internacional y se recibe en un área local de telefonía fija en donde NORTEK se encuentre interconectado con TELEFÓNICA, cuyo destino final es un abonado fijo de TELEFÓNICA, situado en otra área local de telefonía fija en donde NORTEK no se encuentre interconectado con TELEFÓNICA, y NORTEK entre- ga la llamada a TELEFÓNICA en un área local distin- ta a la de destino de la llamada; tendrá el siguiente tratamiento. NORTEK únicamente pagará a TELEFÓNICA lo siguiente : el equivalente a la diferencia que resulte entre : (i) la tarifa de larga distancia nacional desde el área local en que NORTEK entrega la llamada a TELE- FÓNICA y el área local destino de la llamada, descon- tada en un 5% y (ii) una (1) vez el cargo vigente por terminación de llamada en la red fija. La substracción del cargo por terminación de llamada se debe a que la originación de la comunicación no se realiza en un abonado fijo de TELEFÓNICA. Alternativamente, de existir descuentos aplicados a competidores o usuarios, NORTEK podrá optar por pagar las tarifas resultantes de la aplicación de dichos descuentos, menos una (1) vez el cargo vigente por terminación de llamada en la red fija. Tráfico liquidable.- La liquidación de tráficos de interconexión debe hacerse de acuerdo al siguiente meca- nismo: a) sumando el total de tráfico eficaz de cada una de las llamadas de larga distancia expresadas en segundos, ocurridas durante el período de facturación; b) el total de tiempo eficaz así calculado expresado en segundos se redondea al minuto más cercano; c) el total de pagos resulta de la multiplicación del tiempo eficaz expresado en minutos por los cargos antes mencionados; sin perjui- cio de los descuentos por volúmenes de tráfico que los operadores puedan negociar. NUMERAL 5 .- CARGOS POR ENLACES DE IN- TERCONEXION Los cargos por enlaces de interconexión serán los señalados en el siguiente cuadro: