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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 09 DE DICIEMBRE DEL AÑO 1999 (09/12/1999)

CANTIDAD DE PAGINAS: 88

TEXTO PAGINA: 73

Pág. 181263 NORMAS LEGALES Lima, jueves 9 de diciembre de 1999 acuerdo deberá ser puesto en conocimiento de OSIPTEL en un plazo máximo de cinco (5) días calendario de su suscripción para su aprobación. Los plazos fijados y el procedimiento seguido para la programación de cada número presuscrito a NORTEK, se ceñirán a lo estableci- do en el Reglamento de Preselección. 11. FACTURACIÓN Y COBRANZA NORTEK efectuará la facturación y cobranzas a los abonados que cursen llamadas de larga distancia por su red portadora. Sin perjuicio de lo mencionado NORTEK podrá negociar con TELEFÓNICA para que sea esta última la encargada de realizar la facturación y cobranza. A tal efecto ambas partes o una de ellas enviará a OSIP- TEL el acuerdo establecido en un plazo máximo de cinco (5) días calendario de su suscripción. 12. TASACION De acuerdo a las especificaciones técnicas de la seña- lización Nº 7 -SS7- (Especificación EG.s3.003.Ed.4ta), una llamada se empieza a tasar en cualquier red que use dicha señalización una vez recibida la señal de respuesta, en este caso, es el mensaje de respuesta ANM (o RST), o el mensaje de conexión CON (o COX), con estos mensajes (ANM o CON) la central de origen inicia el proceso de tarificación. Se detendrá el proceso de tarificación en la Central que controla y tarifica la llamada cuando ésta envíe o reciba el mensaje de liberación REL (o LIB). El tiempo de conversación debe ser el intervalo (expre- sado en segundos) entre la recepción por parte de la Central de Origen de cualquiera de los mensajes CON o ANM y el momento en que la Central de Origen envíe o reciba la señal de release REL (LIB). Se considerará dentro del tiempo de conversación los períodos en los cuales se tengan pausas producto del mensaje Suspend (SUS). En caso de requerirse el envío de mensajes adicionales para fines de establecer la tasación de una llamada, las partes se sujetarán a lo establecido en el numeral 7 del presente Anexo. 13. UBICACIÓN DE EQUIPOS DE INTERCO- NEXIÓN Y PERMISOS PARA EL INGRESO DE PER- SONAL A LAS INSTALACIONES DE LOS OPERA- DORES Para los puntos de interconexión establecidos en el presente MANDATO y aquellos que se establezcan pos- teriormente en las instalaciones de TELEFÓNICA o TSM, estás, según sea el caso, deberán de proveer las facilidades necesarias tales como el acceso a sus instala- ciones, espacio físico y energía adecuados y los otros servicios generales, en los casos en que NORTEK requie- ra instalar, supervisar, mantener cambiar y/o retirar sus propios equipos destinados a la interconexión; salvo que las partes establezcan acuerdos alternativos sobre el particular. Para los puntos de interconexión establecidos en el presente MANDATO, las facilidades mencionadas en el párrafo anterior deberán ser provistas a partir de la vigencia del mismo, sin perjuicio del acuerdo posterior entre las partes relativo a la contraprestación correspon- diente. Dicho acuerdo deberá ser remitido a OSIPTEL en el plazo de cinco (5) días calendario de su suscripción. ANEXO 1.B PUNTOS DE INTERCONEXION 1. AREAS DE SERVICIO COMPRENDIDAS EN LA INTERCONEXIÓN Las áreas de servicio que están comprendidas en el presente proyecto técnico son las siguientes: a) TELEFÓNICA y TSM: Todos los departamentos del territorio nacional. b) NORTEK: Inicialmente los departamentos de Lima, incluyendo la Provincia Constitucional del Callao, Are- quipa, La Libertad, Cusco, Loreto, Junín y Tacna . 2. PUNTOS DE INTERCONEXION Y SU UBICA- CIÓNLos puntos de interconexión iniciales son ocho (8), conforme al cuadro siguiente: Departamento Ciudad Dirección de TELEFÓNICA Lima y Provincia Constitu- cional del Callao.Lima Jr. Washington 1326-1328, El Cercado Av. Camino Real 208, San Isidro Arequipa Arequipa Calle Alvarez Thomas 213-217 La Libertad Trujillo Jr. Bolívar y esquina Jr. Junín 666 Cusco Cusco Av. El Sol 382 y Puluchapata Loreto Iquitos Jr. Arica 249 Tacna Tacna Av. Francisco de Zela 727 Junín Huancayo Esquina Av. Real y Jr. Ica 550 3. REQUERIMIENTOS DE ENLACES DE INTER- CONEXION INICIALES Y PROYECTADOS El requerimiento inicial de NORTEK es de seis (6) E1’s. Lima 5 E1’s y Arequipa 1 E1. Proyección a cinco años: En un plazo máximo de cuatro (4) días hábiles computados desde la entrada en vigor del presente Mandato NORTEK comunicará a TE- LEFÓNICA lo siguiente: a. La capacidad requerida y proyectada a 5 años de E1’s para la conexión con TELEFÓNICA, incluyendo los 6 E1’s requeridos para el primer año. b. Para el requerimiento de E1’s de Lima y la Provincia Constitucional del Callao, NORTEK deberá indicar cuán- tos de los E1’s solicitados corresponden a cada uno de los dos puntos de interconexión (PdI de Washington : Jr. Washington 1326-1328 y PdI de San Isidro: Av. Camino Real 208). c. Si NORTEK o TELEFÓNICA proporcionará los enlaces de interconexión. 4. EQUIPOS UTILIZADOS PARA LOS ENLACES DE INTERCONEXION El enlace de interconexión se establecerá con velocida- des de transmisión de la jerarquía digital síncrona (SDH) o de la jerarquía digital plesiócrona(PDH). Adicionalmen- te se empleará DDF para el cableado de interconexión. ANEXO 1.C CARACTERISTICAS TECNICAS DE LA INTERCONEXION 1. ESPECIFICACIONES TÉCNICAS 1.1 Especificaciones técnicas de los enlaces: Los enlaces de interconexión podrán ser de jerarquía digital síncrona (SDH) o de la jerarquía digital plesió- crona (PDH). Todas las características físicas y eléctricas y las es- tructuras de tramas de los enlaces de interconexión segui- rán las recomendaciones UIT-T aplicables para sistemas de transmisiones digitales. 1.2 Especificaciones técnicas del Punto de Inter- conexión: El Punto de Interconexión tendrá la velocidad de 2Mbps, cumpliendo con las recomendaciones UIT–T y que incorpora una terminación coaxial de 75 ohms desba- lanceado. Este Punto de Interconexión se conectará en el Basti- dor de Distribución Digital (DDF), el cual separa la red de cada operador. El DDF será, de preferencia, el especifica- do según norma ETSI y de requerirse su instalación (en caso de falta de capacidad de los DDF’s de TELEFÓNICA en los PDI’s establecidos) será instalado por el operador que provea el enlace, en este caso dicho operador suminis- trará toda la información correspondiente sobre este equipo y las conexiones del equipo de transmisión, conve- nientemente identificados a fin de asegurar una asigna- ción correcta de los enlaces de interconexión, los cuales también estarán claramente identificados. Estos DDF’s serán equipados con conectores según norma DIN (para cable coaxial de 75 ohms de acuerdo a su espesor, los cuales son denominados como “flex 3”, “flex 5” por ejem- plo), con clavijas de paso con punto de prueba desacoplado (U LINK) El punto de acceso tendrá la velocidad de 2 Mbps cumpliendo con las recomendaciones UIT-T. Ambos operadores proporcionarán en cada área local y donde se establezca la interconexión números de res- puesta automática, los cuales no serán de uso exclusivo del operador. Estos números de respuesta automática permitirán a los operadores probar los niveles de conti- nuidad y encaminamiento.