Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 06 DE ENERO DEL AÑO 1999 (06/01/1999)

CANTIDAD DE PAGINAS: 72

TEXTO PAGINA: 47

Pág. 168353 NORMAS LEGALES Lima, miércoles 6 de enero de 1999 Barbados Dólar de Barbados 0.497191 Bélgica Franco Belga 0.028827 Bolivia Boliviano 0.177305 Brasil Real 0.827883 Canadá Dólar Canadiense 0.645536 Colombia Peso 0.000667 Corea Won 0.000855 Costa Rica Colón 0.003694 Cuba Peso 0.043478 Chile Peso 0.002111 Dinamarca Corona 0.156348 Ecuador Sucre 0.000154 Egipto Libra Egipcia 0.293686 El Salvador Colón 0.114679 España Peseta 0.006992 Estados Unidos Dólar E.U. 1.000000 Fiji Dólar de Fiji 0.505000 Finlandia Marco Finés ( Markka) 0.195653 Francia Franco 0.177368 Grecia Dracma 0.003549 Guatemala Quetzal 0.148719 Guyana Francesa Franco 0.177368 Holanda Florín 0.527983 Honduras Lémpira 0.072202 Hong Kong Dólar 0.129107 Hungría Forint 0.004700 India Rupia 0.0 23529 Indonesia Rupia 0.000129 Inglaterra Libra Esterlina 1.673000 Israel Nuevo Shekel 0.243374 Italia Lira 0.000601 Jamaica Dólar Jamaicano 0.027285 Japón Yen 0.008614 Jordania Dinar Jordano 1.410437 Kuwait Dinar de Kuwait 3.313123 Malasia Dólar Malasio o Ringgit 0.263852 Marruecos Dirham 0.107657 Méjico Nuevo Peso 0.101574 Nicaragua Gold Córdoba 0.089892 Nigeria Naira 0.011287 Noruega Corona 0.130787 Nueva Zelandia Dólar Neozelandés 0.520200 Panamá Balboa 1.000000 Pakistán Rupia Paquistaní 0.019361 Paraguay Guaraní 0.000353 Portugal Escudo 0.005799 República Dominicana Peso 0.063091 Singapur Dólar de Singapur 0.603318 Siria Libra Siria 0.066667 Suecia Corona 0.123198 Sudáfrica, Repúb. de Rand 0.170955 Suiza Franco Suizo 0.727961 Taiwán Nuevo Dólar de Taiwán 0.031056 Tailandia Baht 0.027510 Rusia Nuevo Rublo 0.047170 Uruguay Peso 0.093110 Venezuela Bolívar 0.001776 Yugoslavia Nuevo Dinar 0.594530 Unión Europea ECU 1.165360 Euro 1.168100 Artículo Segundo.- La presente resolución tendrá vigencia hasta la fecha de publicación de su comunicación. Regístrese, comuníquese y publíquese, archívese los actua- dos en la Intendencia Nacional de Recaudación Aduanera. HUMBERTO SERRANO MENDIETA Intendente Nacional de Recaudación Aduanera (e) 0103 I N E I Autorizan ejecución de la Encuesta de Avance de Actividades para la Preven- ción del Problema Informático del Año 2000, en las entidades públicas, corres- pondiente a diciembre de 1998 RESOLUCION JEFATURTAL Nº 005-99-INEI Lima, 5 de enero de 1999CONSIDERANDO: Que, el Instituto Nacional de Estadística e Informá- tica (INEI), como órgano coordinador de las actividades para afrontar el Problema Informático del Año 2000, debe informar periódicamente a la Presidencia del Con- sejo de Ministros sobre el avance de las acciones que se están ejecutando en el sector público para afrontar este problema; Que, en tal sentido, es conveniente efectuar una evalua- ción periódica y continua de las actividades que se están realizando para la prevención y solución del Problema Informático del Año 2000, a fin, de aplicar las medidas correctivas que sean necesarias para lograr la adaptación al año 2000 con oportunidad y eficiencia; Que, mediante Resolución Jefatural Nº 305-98-INEI se autorizó la ejecución de la "Encuesta de Avance de Actividades para la Prevención del Problema Informáti- co del Año 2000, en las Entidades Públicas", con infor- mación acumulada al mes de octubre de 1998, la cual se aplicó en todos los Ministerios, Organismos Centrales, Instituciones Públicas Descentralizadas, Empresas del Estado, Gobiernos Regionales, Municipalidades Pro- vinciales a nivel nacional y Distritales de Lima Metro- politana y Poderes Públicos, Organismos Autónomos y Universidades; Que, en tal sentido es conveniente efectuar la segunda Encuesta de Avance de Actividades para la Prevención del Problema Informático del Año 2000, en las entidades públi- cas, con información acumulada al mes de diciembre de 1998; Con la opinión favorable de la Subjefatura de Informá- tica y la Dirección Nacional de Censos y Encuestas y la visación de la Oficina Técnica de Asesoría Jurídica; y, En uso de las atribuciones conferidas por los Artículos 6º y 8º del Decreto Legislativo Nº 604 "Ley de Organización y Funciones del Instituto Nacional de Estadística e Informá- tica" y su reglamento, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 018-91-PCM; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar la ejecución de la "Encuesta de Avance de Actividades para la Prevención del Proble- ma Informático del Año 2000, en las Entidades Públicas", correspondiente al mes de diciembre de 1998, la cual se aplicará en todos los Ministerios, Organismos Centrales, Instituciones Públicas Descentralizadas, Empresas del Estado, Gobiernos Regionales, Municipalidades Provin- ciales a nivel nacional y Distritales de Lima Metropolita- na y Poderes Públicos, Organismos Autónomos y Univer- sidades. Artículo 2º.- Aprobar el formulario de la "Encuesta de Avance de Actividades para la Prevención del Problema Informático del Año 2000, en las Entidades Públicas", con información acumulada a diciembre de 1998, la cual forma parte de la presente resolución. Artículo 3º.- Los formularios serán recabados en las Oficinas del Instituto Nacional de Estadística e Informática a nivel nacional o accesando al WEB del INEI a la dirección http://www.inei.gob.pe. o tomados del Diario Oficial El Peruano. Artículo 4º.- Son responsables del diligenciamiento del formulario de la Encuesta, los Comités Técnicos Institucio- nales para afrontar el Problema Informático del Año 2000, y en ausencia de éstos, las Oficinas de Informática o quien haga sus veces. Artículo 5º.- Los formularios de la encuesta deberán ser remitidos, dentro de los primeros (15) días del mes de enero de 1999, a la Sede Central del Instituto Nacional de Estadística e Informática o las Oficinas Departamentales de Estadística e Informática del INEI. Artículo 6º.- El Instituto Nacional de Estadística e Informática elevará los resultados de la presente encuesta a la Presidencia del Consejo de Ministros. Las Entidades Públicas que no cumplan con informar oportunamente, serán consideradas omisas. Regístrese y comuníquese. FELIX MURILLO ALFARO Jefe