Norma Legal Oficial del día 20 de marzo del año 1999 (20/03/1999)


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TEXTO DE LA PÁGINA 10

Pag. 171246
Exp./Codigo

NORMAS LEGALES
Propietario MORDAZA

MORDAZA, sabado 20 de marzo de 1999
Longitud (km.) 2,65 Ancho de la faja (m.) 4

Salida/Llegada del MORDAZA de acceso

11071398

Carretera existente - MORDAZA Vichecocha

SAIS MORDAZA Trocha MORDAZA Carrozable

Articulo 2º.- Los propietarios de los predios sirvientes no podran construir obras de cualquier naturaleza ni podran realizar labores que perturben o enerven el pleno ejercicio de las servidumbres constituidas. Articulo 3º.- ELECTROPERU S.A., debera adoptar las medidas necesarias a fin de que los predios sirvientes no sufran dano ni perjuicio por causa de la servidumbre, quedando sujeta a la responsabilidad civil pertinente en caso de incumplimiento. Articulo 4º.- ELECTROPERU S.A., debera velar permanentemente para evitar que en la faja de servidumbre se ejecute cualquier MORDAZA de construccion. Articulo 5º.- La presente resolucion entrara en vigencia el dia de su publicacion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA HOKAMA Ministro de Energia y Minas 2981

Visto el Expediente de Registro Nº GR-302001 con escritos de fechas 18 de setiembre y 28 de octubre de 1998, presentados por los armadores MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA ECA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA ECA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA, DEMECIA MORDAZA ECA, MORDAZA MORDAZA ECA y MORDAZA MORDAZA PANTA. CONSIDERANDO: Que los Articulos 43º, 44º y 46º del Decreto Ley Nº 25977 - Ley General de Pesca establecen que, para la operacion de embarcaciones pesqueras de bandera nacional, las personas naturales y juridicas requeriran del permiso de pesca correspondiente, el mismo que es un derecho especifico que el Ministerio de Pesqueria otorga a plazo determinado para el desarrollo de las actividades pesqueras a nivel nacional; Que el Articulo 2º del reglamento de la Ley Nº 26920, aprobado por Decreto Supremo Nº 003-98-PE establece que, estan comprendidos dentro de los alcances de la excepcion de autorizacion de incremento de flota dispuesta por el Articulo 1º de la referida ley, los armadores pesqueros a la fecha de vigencia de la misma, cuenten con embarcaciones pesqueras construidas de MORDAZA con una capacidad de bodega entre 32,6 y 110 m3 y que se encuentren realizando faenas de pesca; Que por Resolucion Directoral Nº 258-97-PE/DNE de fecha 19 de diciembre de 1997, se otorgo permiso de pesca entre otros armadores pesqueros a MORDAZA MORDAZA MORDAZA y conyuge MORDAZA MORDAZA ECA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA y conyuge MORDAZA ECA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA y conyuge DEMECIA MORDAZA ECA y MORDAZA MORDAZA ECA y conyuge MORDAZA MORDAZA MORDAZA, para operar la embarcacion pesquera artesanal denominada "SANTA TERESITA" con Matricula Nº PT-4268-BM, para dedicarse a la extraccion de recursos hidrobiologicos para consumo humano directo, en el ambito del litoral peruano, utilizando redes de cerco con longitud minima de malla de 1 1/2 pulgada (38 mm.); Que mediante los escritos del visto, los recurrentes solicitan permiso de pesca, al MORDAZA de lo dispuesto en la Ley Nº 26920 y su reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 003-98-PE, para operar la embarcacion pesquera denominada "SANTA TERESITA", con Matricula Nº PT-4268-BM, de 31,89 m3 de capacidad de bodega, en la extraccion del recurso hidrobiologico anchoveta con destino al consumo humano indirecto, utilizando como arte de pesca red de cerco de 1/2 pulgada de longitud minima de abertura de malla; Que de acuerdo a la evaluacion efectuada a los documentos presentados por los recurrentes, asi como lo establecido en la Resolucion Directoral Nº 258-97-PE/ DNE, la embarcacion pesquera denominada "SANTA TERESITA" con Matricula Nº PT-4268-BM, es de MORDAZA artesanal por cuanto la capacidad de bodega de la embarcacion citada es menor de 32,6 m3, conforme se acredita con el certificado de verificacion de capacidad de bodega emitido por BUREAU VERITAS en octubre de 1997, por lo tanto no se encuentra incluida en el supuesto normativo contemplado en la Ley Nº 26920 y su reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 003-98PE, por lo que deviene en improcedente lo solicitado por los recurrentes; Estando a lo informado por la Direccion de Administracion y Control Pesquero y con la visacion de la Oficina General de Asesoria Juridica; y, En uso de las atribuciones conferidas a traves del Decreto Supremo Nº 010-97-PE; SE RESUELVE: Articulo Unico.- Declarar improcedente la solicitud de permiso de pesca para operar la embarcacion pesquera denominada "SANTA TERESITA" con Matricula Nº PT4268-BM, presentada por los armadores MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA ECA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA ECA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA, DEMECIA MORDAZA ECA, MORDAZA MORDAZA ECA y MORDAZA MORDAZA MORDAZA, por las razo-

JUSTICIA
Designan miembros de la Comision Consultiva de Justicia
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 086-99-JUS MORDAZA, 17 de marzo de 1999 CONSIDERANDO: Que conforme el Articulo 43º del Decreto Legislativo Nº 560, en cada ministerio habra una Comision Consultiva, cuyos integrantes seran profesionales o especialistas de reconocida capacidad o experiencia, designados por Resolucion Ministerial; Que es necesario designar a los senores miembros de la Comision Consultiva de Justicia; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legislativo Nº 560 - Ley del Poder Ejecutivo, y Decreto Ley Nº 25993 - Ley Organica del Sector Justicia; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Designar como miembros de la Comision Consultiva de Justicia, a los siguientes profesionales: 1.2.3.4.5.6.7.8.9.10.11.MANUEL MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA DEL MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA DEL MORDAZA MORDAZA MORDAZA KEIL MORDAZA MORDAZA NORMAND SPARKS MORDAZA ROY FREYRE MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA ZOLEZZI IBARCENA

Articulo 2º.- Dejar sin efecto la Resolucion Ministerial Nº 175-97-JUS, de fecha 13 de agosto de 1997. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA DE PUELLES Ministra de Justicia 3659

PESQUERIA
Declaran improcedentes solicitudes de permiso de pesca
RESOLUCION DIRECTORAL Nº 068-99-PE/DNE MORDAZA, 18 de marzo de 1999

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