Norma Legal Oficial del día 14 de mayo del año 1999 (14/05/1999)


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TEXTO DE LA PÁGINA 13

MORDAZA, viernes 14 de MORDAZA de 1999

NORMAS LEGALES
MORDAZA MORDAZA MORDAZA Vocal de Asuntos Academico - Profesionales ESTUARDO MARROU MORDAZA Vocal de Asuntos Internacionales

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CONSEJO NACIONAL PARA LA AUTORIZACION DE FUNCIONAMIENTO DE UNIVERSIDADES (CONAFU) RESOLUCION Nº 557-99-CONAFU MORDAZA, 26 de MORDAZA de 1999 Visto el Proyecto para la Autorizacion de Funcionamiento de la Universidad Peruana del Oriente, Promotora de la Universidad, presentado por la Asociacion Civil Peruana del Oriente, con sede en la MORDAZA de Tarapoto, asi como los Informes Tecnicos correspondientes; y, CONSIDERANDO: Que la Asociacion Civil Peruana del Oriente, solicita autorizacion de funcionamiento provisional para la Universidad Peruana del Oriente, con las carreras profesionales de Administracion, Derecho, Enfermeria y Odontologia, para cuyo efecto, en cumplimiento de las disposiciones legales y reglamentarias, han presentado la documentacion sustentatoria correspondiente; Que el referido proyecto ha sido revisado y calificado por la Comision Evaluadora que se designo con ese objeto, la misma que, cumpliendo las disposiciones reglamentarias, efectuo la visita a la sede donde se proyecta el funcionamiento de la Universidad, para verificar las condiciones materiales con las que contaria, asi como contrastar los diferentes elementos registrados en el proyecto con las condiciones reales existentes, evaluar los aspectos tecnicos y explorar el grado de recepcion de las fuerzas MORDAZA del lugar; Que emitido el informe correspondiente de la Comision Evaluadora, este fue transcrito a la entidad Promotora, la que ha dado respuesta a las observaciones formuladas e incluso con la ampliacion de su infraestructura fisica que motivo una evaluacion complementaria; Que el referido proyecto, con el resultado de su evaluacion, las respuestas de la Promotora y las ampliaciones, han sido vistos, asi mismo, por la Comision de Analisis y Consolidacion siguiendo los criterios de evaluacion establecidos en los reglamentos, manuales y tablas valorativas, previamente aprobados por el CONAFU; Que el Directorio del Consejo Nacional para la Autorizacion de Funcionamiento de Universidades, en sesion ordinaria de fecha 15 de MORDAZA de 1999, en conocimiento de la totalidad del proyecto, incluyendo los informes producidos por las Comisiones Tecnicas concluye que el proyecto aun presenta debilidades muy notorias que no permiten garantizar la calidad de la formacion profesional que se pretende impartir en las diversas carreras profesionales propuestas en un medio que viene alcanzando importantes niveles de competitividad; Que el Proyecto para la Autorizacion de Funcionamiento de la Universidad Peruana del Oriente presenta, con excepcion de su Comision Organizadora, todas las demas secciones resultan evaluadas en los niveles de deficiente y muy deficiente, particularmente los casos de Infraestructura Fisica, Administracion Financiera y los componentes del Plan de Desarrollo Institucional, por debajo del nivel de 65% que establece el limite minimo para ser aceptado, es decir la media calificada que permita iniciar sus actividades academicas y administrativas con eficiencia y alcanzar los niveles de competitividad; Estando a lo acordado y a lo establecido en el Articulo 23º del Reglamento para la Autorizacion de Funcionamiento de Universidades; y, En uso de las atribuciones que confiere al CONAFU la Ley Nº 26439; SE RESUELVE: Articulo Unico.- Denegar la solicitud de la Asociacion Educativa Civil Peruana del Oriente para que se conceda autorizacion de funcionamiento provisional a la Universidad Peruana del Oriente, con sede en la MORDAZA de Tarapoto, por las deficiencias anotadas que no permiten garantizar el adecuado desarrollo del proyecto ni los niveles minimos aceptables de calidad en la formacion profesional que se pretende impartir en las diversas carreras profesionales proyectadas, para participar y competir en el desarrollo nacional. Registrese, comuniquese y archivese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente MORDAZA CAZORLA TALLERI Vicepresidente

MORDAZA MORDAZA MORDAZA Vocal de Asuntos Administrativos y Tecnologia Educativa MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Secretario General 6218 CONSEJO NACIONAL PARA LA AUTORIZACION DE FUNCIONAMIENTO DE UNIVERSIDADES (CONAFU) RESOLUCION Nº 558-99-CONAFU MORDAZA, 29 de MORDAZA de 1999 Visto el Proyecto para la Autorizacion de Funcionamiento de la Universidad Privada MORDAZA MORDAZA, presentada por la Asociacion Civil Promotora MORDAZA Unanue, con sede en la MORDAZA de Canete, asi como los informes tecnicos correspondientes; y, CONSIDERANDO: Que la Asociacion Civil Promotora MORDAZA Unanue, solicita autorizacion de funcionamiento provisional para la Universidad Privada MORDAZA MORDAZA, con las carreras profesionales de Educacion Inicial, Enfermeria, Obstetricia, Odontologia, Ingenieria Ambiental, Ingenieria Agroindustrial, Ingenieria Informatica y de Sistemas, Ingenieria de la Energia, Derecho, Contabilidad, Administracion y de Turismo, para cuyo efecto, en cumplimiento de las disposiciones legales y reglamentarias, han presentado la documentacion sustentatoria correspondiente; Que el referido proyecto ha sido revisado y calificado por la Comision Evaluadora que se designo con ese objeto, la misma que, cumpliendo las disposiciones reglamentarias efectuo la visita a la sede donde se proyecta el funcionamiento de la Universidad, para verificar las condiciones materiales con las que contaria, asi como contrastar los diferentes elementos registrados en el proyecto con las condiciones reales existentes, evaluar los aspectos tecnicos y explorar el grado de recepcion de las fuerzas MORDAZA del lugar; Que emitido el informe correspondiente de la Comision Evaluadora, este fue transcrito a la entidad Promotora, la que ha dado respuesta a las observaciones formuladas; Que el referido proyecto, con el resultado de su evaluacion y las respuestas de la Promotora, han sido vistos, asi mismo, por la Comision de Analisis y Consolidacion siguiendo los criterios de evaluacion establecidos en los reglamentos, manuales y tablas valorativas, previamente aprobados por el CONAFU; Que el Directorio del Consejo Nacional para la Autorizacion de Funcionamiento de Universidades, en sesion ordinaria de fecha 26 de MORDAZA de 1999, en conocimiento de la totalidad del proyecto, incluyendo los informes producidos por las Comisiones Tecnicas y el de la Comision Especial designada mediante Resolucion Nº 502-98-CONAFU encargada de emitir un informe complementario sobre la situacion actual del proyecto, concluye que el proyecto aun presenta debilidades muy notorias que no permiten garantizar la calidad de la formacion profesional que se pretende impartir en las diversas carreras profesionales propuestas e incluidas en un medio de alta competitividad; Que el Proyecto para la Autorizacion de Funcionamiento de la Universidad Privada MORDAZA MORDAZA presenta, con excepcion de su Comision Organizadora, todas las demas secciones evaluadas en los niveles de deficiente y muy deficiente, particularmente en los casos de Administracion Financiera, Plan de Desarrollo y fundamentacion del proyecto, por debajo del nivel de 65% que establece el limite minimo para ser aceptado, es decir la media calificada que permita iniciar sus actividades academicas y administrativas con eficiencia y alcanzar los niveles de competitividad; Estando a lo acordado y a lo establecido en el Articulo 23º del Reglamento para la Autorizacion de Funcionamiento de Universidades; y, En uso de las atribuciones que confiere al CONAFU la Ley Nº 26439;

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