Norma Legal Oficial del día 14 de mayo del año 1999 (14/05/1999)


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TEXTO DE LA PÁGINA 18

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NORMAS LEGALES
SE RESUELVE:

MORDAZA, viernes 14 de MORDAZA de 1999

- 100% en aquellas Aduanas que hayan numerado un promedio diario de menos de 10 declaraciones de importacion en el mes anterior. En resguardo del interes fiscal y cuando el caso lo amerite, el Intendente de Aduana comunicara a la Intendencia Nacional de Fiscalizacion Aduanera de aquellas mercancias que hubieren sido seleccionadas a MORDAZA MORDAZA o MORDAZA Naranja y que a su juicio requieran de fiscalizacion posterior inmediata; tratandose de provincias el Intendente de Aduana dispondra las verificaciones correspondientes, debiendo dar cuenta de los resultados a la citada Intendencia Nacional." Articulo 2º.- Modifiquese el numeral 23 del Rubro VII A. del Procedimiento Operativo INTA-PG.01., por el siguiente texto: "El Despachador de Aduana debera presentarse al Area de Importacion portando los documentos originales, a fin que el Especialista en Aduanas designado por el SIGAD efectue el reconocimiento fisico de las mercancias en los lugares habilitados por los locales de almacenamiento." Articulo 3º.- Lo dispuesto en el articulo precedente entrara en aplicacion a partir del 17 de MORDAZA de 1999. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Intendente Nacional de Tecnica Aduanera 6199

CONASEV
Disponen inscribir obligaciones del "Primer Programa de Papeles Comerciales de Telefonica del Peru - Setima Emision" en el Registro Publico del MORDAZA de Valores
RESOLUCION GERENCIA GENERAL Nº 068-99-EF/94.11 MORDAZA, 11 de MORDAZA de 1999 VISTOS: El Expediente Nº 99/00029 de TELEFONICA DEL PERU S.A.A. y, el Memorandum Ejecutivo Nº 010-99-EF/94.50 de fecha 7 de MORDAZA de 1999 de la Gerencia de Emisores y Empresas; CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion CONASEV Nº 493-96-EF/94.10 del 27 de noviembre de 1996, se dispuso la inscripcion en el Registro Publico del MORDAZA de Valores del Primer Programa de Emision de Instrumentos de Corto Plazo de TELEFONICA DEL PERU S.A.A.; Que, de conformidad a los terminos y condiciones establecidos por el senor MORDAZA MORDAZA de MORDAZA Morelli, en uso de las atribuciones delegadas por el Comite Ejecutivo de fecha 25 de enero de 1999, TELEFONICA DEL PERU S.A.A. solicito la inscripcion en el Registro Publico del MORDAZA de Valores de los instrumentos de la setima emision del primer programa de instrumentos de corto plazo denominados "Primer Programa de Papeles Comerciales de Telefonica del Peru - Setima Emision", por un monto de Cincuenta Millones y 00/100 Dolares de los Estados Unidos de MORDAZA (US$ 50 000 000,00) o su equivalente en moneda nacional; Que, TELEFONICA DEL PERU S.A.A. ha cumplido con los requisitos contenidos en el Reglamento de Oferta Publica Primaria de Instrumentos de Corto Plazo, aprobado por Resolucion CONASEV Nº 099-96-EF/94.10; y, Estando a lo dispuesto por los Articulos 49º y 54º de la Ley del MORDAZA de Valores, Decreto Legislativo Nº 861, asi como a lo acordado por el Directorio de esta Comision Nacional reunido en sesion de fecha 26 de noviembre de 1996 en la cual se faculto al Gerente General disponer la inscripcion en el Registro Publico del MORDAZA de Valores de los valores de emisiones de instrumentos de corto plazo que se ajusten a los programas de emision previamente inscritos por el Directorio de esta Comision Nacional;

Articulo 1º.- Inscribir en el Registro Publico del MORDAZA de Valores, las obligaciones de la Setima Emision del Primer Programa de Instrumentos de Corto Plazo de TELEFONICA DEL PERU S.A.A., denominados "PRIMER PROGRAMA DE PAPELES COMERCIALES DE TELEFONICA DEL PERU Setima Emision", los cuales seran emitidos y colocados por oferta publica primaria, en concordancia con los plazos, condiciones y modalidades previstas en el prospecto informativo de la presente emision y en el prospecto de colocacion general, asi como con sujecion a lo dispuesto en la presente resolucion. Articulo 2º.- Los recursos que capte TELEFONICA DEL PERU S.A.A. a traves de la emision por oferta publica primaria de las obligaciones a que se refiere el articulo precedente, deberan destinarse exclusivamente a la financiacion de capital de trabajo o a la expansion y renovacion de la red telefonica y equipos de telecomunicaciones en general. Articulo 3º.- El prospecto informativo a ser utilizado obligatoriamente por TELEFONICA DEL PERU S.A.A. para la difusion de la oferta publica primaria a que se refiere el Articulo 1º de la presente resolucion, debidamente visado sera devuelto a la recurrente, conservandose MORDAZA del mismo en el Registro Publico del MORDAZA de Valores de esta Comision Nacional. Articulo 4º.- La publicidad que se realice para promover la mencionada oferta publica, debera sujetarse a las condiciones previstas en el contrato de emision, en el prospecto informativo, en el Prospecto de Colocacion General y en lo establecido en la presente resolucion. Articulo 5º.- La colocacion de los valores a que se refiere el Articulo 1º de la presente resolucion debera efectuarse en un plazo que no excedera de nueve (9) meses, contados a partir de la fecha de su inscripcion en el Registro Publico del MORDAZA de Valores, prorrogables hasta por un periodo igual, a peticion de parte. Articulo 6º.- TELEFONICA DEL PERU S.A.A. queda obligada a presentar a esta Comision Nacional, la informacion a que se refiere el Articulo 15º del Reglamento de Oferta Publica Primaria de Instrumentos de Corto Plazo, aprobado por Resolucion CONASEV Nº 099-96-EF/94.10, asi como la que se refiere el Articulo 39º del Reglamento del Registro Publico del MORDAZA de Valores, aprobado por Resolucion CONASEV Nº 079-97-EF/94.10. Asimismo, tan pronto culmine la colocacion de la oferta publica de obligaciones, la emisora debera poner el hecho en conocimiento de la CONASEV. Articulo 7º.- La inscripcion a que se refiere el Articulo 1º de la presente resolucion no implica que esta Comision Nacional recomiende la inversion en los correspondientes instrumentos u opine favorablemente sobre las perspectivas del negocio. Los documentos e informacion para una evaluacion complementaria estan a disposicion de los interesados en el Registro Publico del MORDAZA de Valores. Articulo 8º.- Transcribase la presente resolucion a TELEFONICA DEL PERU S.A.A., al Banco Wiese Ltdo. en su calidad de representante de los obligacionistas, a Wiese Sociedad Agente de Bolsa S.A. y a Continental Bolsa Sociedad Agente de Bolsa S.A. en su calidad de agentes colocadores, a CAVALI ICLV S.A. y a la Bolsa de Valores de Lima. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA BERAMENDI GALDOS Gerente General 6227

CONSUCODE
Declaran infundada revision interpuesta por empresa en relacion a reclamo sobre otorgamiento de la buena pro de licitacion publica convocada por el IPSS
TRIBUNAL DE CONTRATACIONES Y ADQUISICIONES DEL ESTADO RESOLUCION Nº 087/99.TC-S2 MORDAZA, 10 de MORDAZA de 1999 Visto en sesion de la MORDAZA Sala Mixta del Tribunal de Contrataciones y Adquisiciones del Estado del 7.5.99, el

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