Norma Legal Oficial del día 14 de mayo del año 1999 (14/05/1999)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, viernes 14 de MORDAZA de 1999

consecuencia, vacado en el cargo don MORDAZA MORDAZA MORDAZA, corresponde asumir el cargo de Regidor del Concejo Distrital de Pias, a don MORDAZA MORDAZA MORDAZA, candidato no proclamado de la agrupacion independiente "Movimiento Independiente Vamos Vecino"; El MORDAZA Nacional de Elecciones, en uso de sus atribuciones; RESUELVE:

MORDAZA Descalzi MORDAZA en el Registro Oficial de Corredores de Seguros, por las razones expuestas en la parte considerativa de la presente resolucion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA CORROCHANO MORAL Superintendente Adjunto de Seguros 6220

Articulo Primero.- Convocar a don MORDAZA MORDAZA MORDAZA, candidato no proclamado de la agrupacion independiente "Movimiento Independiente Vamos Vecino", para que asuma el cargo de Regidor del Concejo Distrital de Pias, provincia de Pataz, por defuncion del titular don MORDAZA MORDAZA MORDAZA, para el periodo 1999 - 2002. Articulo Segundo.- Otorguese a don MORDAZA MORDAZA MORDAZA la correspondiente credencial. Articulo Tercero.- Las autoridades politicas y policiales prestaran las garantias que requiera el cumplimiento de la presente resolucion, bajo responsabilidad. Registrese, comuniquese y publiquese. SS. MORDAZA SEGURA; MORDAZA VILLAR; MORDAZA ARCE; MORDAZA CANELO; DE MORDAZA CANO; TRUJILLANO, Secretario General 6283

UNIVERSIDADES
Sancionan con cese temporal a servidoras de la Universidad Nacional de Educacion "Enrique MORDAZA y Valle"
UNIVERSIDAD NACIONAL DE EDUCACION MORDAZA MORDAZA y MORDAZA COMISION DE REORGANIZACION Presidencia RESOLUCION Nº 0408-99-PCR-UNE Chosica, 10 de MORDAZA de 1999

SBS
Declaran procedente rehabilitacion del certificado de inscripcion de persona natural en el Registro Oficial de Corredores de Seguros
RESOLUCION SBS Nº 0329-99 MORDAZA, 5 de MORDAZA de 1999 EL SUPERINTENDENTE DE BANCA Y SEGUROS VISTA: La solicitud presentada por el senor MORDAZA MORDAZA Descalzi MORDAZA, para que esta Superintendencia disponga rehabilitar su inscripcion en el Registro Oficial de Corredores de Seguros; y, CONSIDERANDO: Que, el senor MORDAZA MORDAZA Descalzi MORDAZA, se inscribio con Certificado Nº N-1945 en el Registro Nacional de Productores de Seguros (actualmente Registro Oficial de Corredores de Seguros), mediante Resolucion SBS Nº 1140-80-EFC/97-10 del 1 de diciembre de 1980, habiendo cumplido con los requisitos establecidos por el Decreto Supremo Nº 019-79-EF; Que, el recurrente ha incurrido en grave omision en el ejercicio de sus actividades al no haber pagado su contribucion correspondiente a los anos 1996, 1997 y 1998, lo que se considera causal de sancion con arreglo a lo dispuesto en el Articulo 18º de la Resolucion SBS Nº 381-91; Que, mediante Resolucion SBS Nº 1263-98 del 23 de diciembre de 1998, publicada en el Diario Oficial El Peruano el 30 de diciembre de 1998; se procedio a la cancelacion de la inscripcion del registro otorgado al senor Descalzi; Que, el MORDAZA parrafo del Articulo 11º de la Resolucion SBS Nº 381-91 senala que la persona afectada con la interrupcion de la vigencia de su inscripcion en el registro puede solicitar su rehabilitacion, manteniendo su numero de registro, previo pago de las contribuciones anuales devengadas, habiendo el recurrente cumplido con efectuar el pago total de la deuda correspondiente a los anos 1996, 1997, 1998; Estando a lo opinado por la Superintendencia Adjunta de Asesoria Juridica mediante Informe Nº 083-98-LEG; En uso de las atribuciones conferidas por la Ley Nº 26702, Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Organica de la Superintendencia de Banca y Seguros y en virtud de la facultad delegada por la Resolucion SBS Nº 003-98 del 7 de enero de 1998; RESUELVE: Articulo Unico.- Declarar procedente la rehabilitacion del Certificado de Inscripcion Nº N-1945 del senor MORDAZA

VISTO, el Informe Nº 002-99-CPPAYD de fecha 5 de MORDAZA de 1999 elevado por la Comision Permanente de Procesos Administrativos Disciplinarios de la Universidad Nacional de Educacion MORDAZA MORDAZA y MORDAZA (CPPAYD); CONSIDERANDO: Que, en el MORDAZA del MORDAZA de Reorganizacion institucional dirigida por la Comision de Reorganizacion de la Universidad Nacional de Educacion MORDAZA MORDAZA y MORDAZA de conformidad con las Leyes Nºs. 26457, 26614, 26797, 26880; Que, mediante Resolucion Nº 0285-99-PCR-UNE de fecha 29 de marzo de 1999 se instaura MORDAZA Administrativo Disciplinario a las servidoras administrativas MORDAZA MORDAZA MORDAZA Mariscal ex Jefa de la Seccion y Registro y Archivo de la Facultad de Tecnologia de Construccion y Textiles de la UNE y MORDAZA MORDAZA Dilma MORDAZA MORDAZA, ex Secretaria de la Oficina Central de Registro de esta MORDAZA Superior de Estudios por la presunta Comision de Faltas de Caracter Disciplinario de Negligencia en el ejercicio de funciones, previstas en los incisos a) y d) del Articulo 28º del Decreto Legislativo Nº 276 - Ley de Bases de la MORDAZA Administrativa y Remuneraciones del Sector Publico; Que, en cumplimiento a lo dispuesto en el Articulo 167º del Decreto Supremo Nº 005-90-PCM, Reglamento de la Ley de Bases de la MORDAZA Administrativa y Remuneraciones del Sector Publico, la Comision Permanente de Procesos Administrativos Disciplinarios de esta MORDAZA Superior de Estudios, con fecha 30 de marzo de 1999, cumplio con notificar personalmente via correo certificado a las referidas servidoras procesadas, adjuntando los pliegos de cargos correspondientes, sin perjuicio de la notificacion realizada en el Diario Oficial El Peruano, a fin de que MORDAZA MORDAZA su derecho de defensa, conforme al Articulo 168º del texto legal MORDAZA invocado; Que, MORDAZA MORDAZA MORDAZA Mariscal en su condicion de ex Jefa de la Seccion de Registro y Archivo de la Facultad de Tecnologia de Construccion y Textiles de la UNE, fue la persona responsable del llenado de notas y elaboracion de la Tarjeta Academica y Hoja de Conteo de Creditos en la ex Oficina Central de Registro de la Universidad Nacional de Educacion MORDAZA MORDAZA y Valle"; Que, la CPPAYD, examino la Tarjeta Academica y la Hoja de Conteo de Creditos, elaborada por MORDAZA MORDAZA MORDAZA Mariscal, resultando que los diez creditos correspondientes al ciclo B-88 virtualmente aprobados irregularmente por don MORDAZA MORDAZA CHARCAPE MORDAZA, no debieron ser incluidos en el Informe Nº 654-OCR-88 de fecha 14 de junio de 1988, expedido por el ex Jefe de la Oficina Central de Registro de esta MORDAZA Superior de Estudios, la misma que a su vez es documento sustentatorio de la Resolucion Nº 13289-R de fecha 16 de junio de 1989 que otorga irregularmente el Grado Academico de Bachiller del ex alumno MORDAZA MORDAZA Charcape Caceres; Que, en relacion a MORDAZA Dilma MORDAZA MORDAZA, en la condicion de ex secretaria de Oficina Central de Registros de la UNE procede a redactar el Informe Nº 654-OCR-88 con fecha 14 de junio de 1988, debiendose senalar que el MORDAZA referido documento, es recibido y registrado por la Secretaria del Decanato de la Facultad de Tecnologia de Construc-

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