Norma Legal Oficial del día 16 de octubre del año 1999 (16/10/1999)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, sabado 16 de octubre de 1999

Que, en sesion de Concejo de fecha 29 de setiembre de 1999, se acordo prorrogar la Amnistia Tributaria hasta el 31 de octubre de 1999; Que, el Art. 41º del Codigo Tributario, autoriza a las Municipalidades, para que por excepcion y con caracter general, concedan a los contribuyentes el beneficio de la condonacion de los intereses moratorios y sanciones correspondientes a los tributos que administran; facilitandoseles asi la regularizacion y actualizacion de sus deudas para su debida cancelacion; Que, es politica de esta Administracion Municipal, otorgar facilidades a los Contribuyentes a fin de que puedan cumplir con la actualizacion y regularizacion de sus obligaciones tributarias Municipales, pendientes de cancelacion por diferentes motivos; De conformidad con los Arts. 47º y 111º de la Ley Nº 23853 Organica de Municipalidades; SE DECRETA:

3. Reglamento Nacional de Construcciones. 4. Decreto Legislativo Nº 776, Ley de Tributacion Municipal. 5. Edicto Nº 004-94-CDSB-A, Creacion de la Tasa de Licencia de Funcionamiento. 6. Edicto que modifica el Grupo A) del Articulo Tercero del E. Nº 004-94-CDSB-A, Nº 005-96-CDSB-A. 7. Resolucion Nº 182-95/MLM-AM-SMDU, actualizan el indice de usos para la ubicacion de actividades urbanas. 8. Ordenanza reguladora de la Tasa de Licencia de Funcionamiento, Nº 137-99-CDSB-C. 9. Texto Unico de Procedimientos Administrativos de la Municipalidad de San Borja. 10. D.S. Nº 070-89-PCM - Reglamento de la Ley de Simplificacion. 11. Administrativa. TITULO II OBJETIVOS Y ALCANCES

Articulo Primero.- Prorrogar hasta el 31 de octubre de 1999, el plazo para acogerse a la Amnistia Tributaria y Administrativa que establece el Decreto de Alcaldia Nº 00599/MDSB. Articulo Segundo.- Encargar a la Direccion de Rentas el cumplimiento del presente Decreto. POR TANTO: Registrese, comuniquese, publiquese, cumplase y archivese. WILDER PARINANGO MORDAZA MORDAZA 13131

Articulo 1º.- La presente Ordenanza tiene como objetivo, sustentandose en evaluaciones de caracter netamente social, formalizar gradualmente las actividades comerciales ejercidas por los moradores de los Asentamientos Humanos y Urbanizaciones Populares del distrito de San Borja. (Asociaciones y Cooperativas de Vivienda) que cuenten con escasos recursos economicos, a fin de que puedan operar dentro de sus viviendas de manera ordenada y legal toda vez que, por tratarse de zonas carentes de Habilitacion MORDAZA o por ser zonas No Conformes con el giro solicitado, no es factible el otorgamiento de las respectivas licencias de funcionamiento por la via regular. Las Urbanizaciones Populares o Asentamientos Humanos que se pueden acoger a la presente Ordenanza unicamente son las areas que carecen de Habilitacion Urbana. TITULO III DE LOS PREDIOS A HABILITAR PARA ESTABLECIMIENTOS COMERCIALES U OTROS Articulo 2º.- Entiendase por establecimiento al lugar o espacio fisico en donde se ejercen las actividades comerciales, industriales o de servicios autorizadas en la presente Ordenanza. El espacio utilizado para el desarrollo de las actividades comerciales debe encontrarse dentro del lote o vivienda, pudiendose utilizar el area de retiro Municipal, previa evaluacion tecnica de la Direccion de Desarrollo Urbano. TITULO IV DE LOS GIROS FACTIBLES PARA EL OTORGAMIENTO DE LA AUTORIZACION EXTRAORDINARIA TEMPORAL PARA FUNCIONAMIENTO DE ACTIVIDADES COMERCIALES Y/O SERVICIOS Articulo 3º.- Los giros factibles de autorizar son los siguientes: a. GIROS AUTORIZADOS FRENTE A AVENIDAS SERVICIOS DE LAVANDERIA Y LIMPIEZA - Lavanderias. - Establecimiento de limpieza y tenido. SERVICIO DE AUTOMOVILES * Servicios electricos. Afinamiento y Mecanica menor. Servicio de llantas. Servicio de Cambio de Aceite.

MUNICIPALIDAD DE SAN MORDAZA
Reglamentan otorgamiento de autorizacion extraordinaria temporal para funcionamiento de actividades comerciales y/o servicios en asentamientos humanos y urbanizaciones populares del distrito
ORDENANZA Nº 175-99-CDSB-C San MORDAZA, 6 de octubre de 1999 EL CONCEJO DE LA MUNICIPALIDAD DE SAN MORDAZA VISTO, en su XX-99 Sesion Ordinaria de fecha 6.10.99 con el MORDAZA unanime del numero legal de sus miembros aprobo el Dictamen Nº 022-99-CDSB-CDU, presentado por la Comision de Desarrollo MORDAZA, en base a la iniciativa del Regidor MORDAZA MORDAZA MORDAZA sobre Reglamentacion para el Otorgamiento de Licencias Temporales de funcionamiento en Asentamientos Humanos y Urbanizaciones Populares del distrito de San Borja. ORDENANZA REGLAMENTARIA PARA EL OTORGAMIENTO DE AUTORIZACION EXTRAORDINARIA TEMPORAL PARA FUNCIONAMIENTO DE ACTIVIDADES COMERCIALES Y/O SERVICIOS EN ASENTAMIENTOS HUMANOS Y URBANIZACIONES POPULARES DEL DISTRITO DE SAN MORDAZA CAPITULO I TITULO I

SERVICIO DE TRANSPORTE - Agencia de venta de pasajes. - Agencia de alquiler de transportes. INDUSTRIA DE MORDAZA - TALLERES

BASE LEGAL 1. Constitucion Politica del Peru. 2. Ley Organica de Municipalidades, Nº 23853. - Fabricacion de envases de MORDAZA y cana. - Articulos menudos de cana. - Fabricacion de productos de MORDAZA y corcho.

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