NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 16 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 1999 (16/09/1999)
CANTIDAD DE PAGINAS: 104
TEXTO PAGINA: 57
Pág. 177959 NORMAS LEGALES Lima, jueves 16 de setiembre de 1999 35ZEGARRA ARAOZ, Ronald Q-268682 1.12 13.1.99 36YAIPEN OTAROLA, José Antonio G-347270 1.16 18.1.99 37YANAVILCA SALSAVILCA, Luis Fernando Q-003342 1.82 2.2.99 38ARTEAGA MORON, Carlos Alberto Q-237747 1.10 8.10.98 39GUTIERREZ VALENCIA, Nicanor Q-205385 1.70 16.10.98 40CUBAS MUGUERZA, Hugo Marcel Q-276341 2.00 26.10.98 41ASCENCIO AMAYA, Ricardo Fenelón Q-223790 1.83 19.12.98 42AVALOS GALVEZ, Máximo LC-093965 1.53 6.2.99 43BARRETO TANCUN, Luis Alberto Q-208918 1.91 1.2.99 44BASTOS DEL AGUILA, Héctor Hugo Q-117970 2.66 23.1.99 45BELLO OSORIO, Edwin Enrique Q-319231 3.02 7.2.99 46BERTO GONZALES, Avencio Yoly Q-066120 1.10 20.12.98 47CACERES DURAND, Maximiliano G-265149 2.58 20.1.99 48CALLA HERRERA, César Elías Q-311899 2.95 9.2.99 49CANOVA SARANGO, Víctor Román LC-285389 0.77 21.2.99 50CARRION CCOICCA, Eddy Augusto G-320497 1.67 16.1.99 51CHAVEZ SAN MARTIN, Juan Guillermo G-442790 0.90 5.2.99 52CHAVEZ VALDIVIA, Richard Francisco Q-066709 1.80 7.8.98 53DE LA CRUZ TANDAYPAN, Pedro Wilder Q-275623 1.02 17.1.99 54FAYAD LUJAN, Jorge G-064474 1.00 12.2.99 55HUAMAN HUAMAN, José Luis Q-251590 1.05 5.10.98 56FERNANDEZ FLORES, Juan G-367335 2.49 6.12.98 57GARGATE BALTAZAR, Héctor Q-146093 0.72 17.1.99 58GARRIAZO PAUCAR, Roberto Q-042823 1.22 19.1.99 59GHALIYA BOCANGEL, Jamil Said G-444252 1.35 28.11.98 60GOMEZ FERNANDEZ, Demetrio Q-157051 1.67 28.1.99 61JERI QUISPE, Juan Julio Q-097342 1.60 29.12.98 62JIMENEZ VELASQUEZ, César Augusto Q-020621 1.07 31.12.98 63LA CERNA PADILLA, Llery Danny G-445295 1.51 28.1.99 64LENGUA PEÑA, Eduardo G-432210 1.29 24.1.99 65LLANOS ARRIETA, Emilio Walter Q-284351 1.12 26.1.99 66LOBATON ESPINOZA, Abel Q-273803 1.91 8.2.99 67MAGUIÑA CHAVEZ, Raúl Graciano Q-002589 1.41 4.2.99 68MALDONADO VERA, Armando Rodolfo G-442646 1.82 14.2.99 69MALINCOVICH CACERES, Mirko Felipe Q-129327 0.70 12.2.99 70MANTILLA MENDOZA, Gladys Alicia G-334424 1.07 19.1.99 71MITZUMA ULLOA, Javier Augusto G-338690 1.12 1.1.99 72MUÑOZ MEDINA, Carlos Alberto Q-136012 3.02 18.1.99 73NORIEGA ALTAMIRANO, Juan Carlos G-147860 2.58 14.2.99 74OSORIO FILIOS, Carlos Teófilo Q-003039 2.00 2.2.99 75PEREYRA GUEVARA, Rubén Antonio Q-225949 0.71 10.1.99 76LOPEZ ABARCA CUADROS, Ricardo Jesús Q-100446 1.02 4.2.99 77PEREZ MONTIVEROS, Nicolás Q-150406 1.60 25.1.99 78QUINTE HILARIO, Percy Rolando Q-187184 2.04 20.2.99 79QUISPE SOTO, Julián Jesús Q-306619 1.16 6.2.99 80QUISPICONDOR RODRIGUEZ, Edwin Q-075524 2.00 23.1.99 81RAMOS FLORES, Eusebio Q-125824 2.26 14.2.99 82RICSE MAMANI, Pablo César Q-162990 1.12 6.2.99 83RIVERA ROSALES, Fausto Eugenio Q-130045 1.49 13.12.98 84RIVERA VARGAS, Raúl Renato Q-194352 0.82 13.2.99 85RODRIGUEZ VILLODAZ, Víctor Andrés Q-089689 1.48 31.1.99 86ROMERO JIMENEZ, César Alexander Q-223290 1.73 1.1.99 87SAMANEZ FALCON, Marco Antonio Q-143323 2.26 6.2.99 88SANCHEZ VASQUEZ, Oscar Nguyhen Q-291011 1.26 22.1.99 89SIHUINCHA AYQUIPA, Erasmo G-286023 1.15 4.1.98 90STRUQUE INDACOCHEA, Eduardo Javier G-115621 0.82 11.1.99 91VELIZ SANCHEZ, Abraham Natalio G-205085 0.93 31.1.99 92VILCA RODRIGUEZ, Samuel Germán Q-032455 1.02 7.2.99 93VILLALOBOS BERROCAL, Jonathan Michael Q-266066 0.97 20.1.99 94VILLENA MARTELL, Fred Ever G-407139 1.16 13.2.99 95VILLENA ZIMMERMANN, Felipe Alberto G-185377 0.90 7.2.99 96AMPUERO SANCHEZ, César Heraclio Q-017915 1.41 28.2.99 97ANAMPA HERRERA, Jesús Odilón Q-063175 0.82 19.2.99 Que, los conductores indicados en el considerando ante- rior han infringido lo dispuesto en el literal C-1 del Artículo 3º del Reglamento de Infracciones y Sanciones de Tránsito aprobado por Decreto Supremo Nº 17-94-MTC de fecha 16 de junio de 1994, al conducir vehículos EN ESTADO DE EBRIE- DAD y negarse a pasar el examen de dosaje etílico; por lo tanto son pasibles a la sanción administrativa establecida en el literal d) del Artículo 6º del reglamento acotado; Que, el Artículo 20º del Reglamento de Infracciones y Sanciones de Tránsito, aprobado por Decreto Supremo Nº 17-94-MTC, establece: "En los casos en que la infracción originara la retención de la licencia de conducir ésta será remitida a la Autoridad Competente de Circulación Terres- tre para la aplicación de la sanción administrativa prevista en el presente reglamento"; Estando a lo opinado para la Subdirección de Otor- gamiento de Licencias de Conducir en informe indicado en Vistos y por la Asesoría Legal de la Dirección de Parque Automotor y Circulación Vial en Informe Nº 369-99-MTC/ 15.18.05.AL; Con las visaciones de las Direcciones de Parque Automo- tor y Circulación Vial y Asesoría Legal de la Dirección General de Circulación Terrestre; De conformidad con lo dispuesto por la Ley Nº 26322 y su Reglamento de Licencias de Conducir para Vehículos Moto- rizados de Transporte Terrestre aprobado por Decreto Su- premo Nº 15-94-MTC, Artículo 20º del Reglamento de Infrac- ciones y Sanciones de Tránsito aprobado por Decreto Supre- mo Nº 17-94-MTC, Texto Unico Ordenado de la Ley de Normas Generales de Procedimientos Administrativos apro-bado por Decreto Supremo Nº 02-94-JUS y Decreto Ley Nº 25862; SE RESUELVE: Primero.- Sancionar a las personas indicadas en el primer considerando de esta resolución, con la SUSPEN- SION de sus licencias de conducir por el período de un año, computado a partir de la fecha de la toma del examen de dosaje etílico o la fecha de remisión de los oficios por parte de las Delegaciones de la Policía Nacional del Perú, según corresponda, por las razones expuestas en la parte conside- rativa de la presente resolución. Segundo.- De conformidad con lo establecido en la Cuarta Disposición Complementaria del Reglamento para obtener Licencias de Conducir para Vehículos Motorizados de Transporte Terrestre, aprobado por Decreto Supremo Nº 15-94-MTC, la presente resolución se publicará en el Diario Oficial El Peruano. Tercero.- Encargar la ejecución de esta resolución a la Dirección de Parque Automotor y Circulación Vial. Regístrese y comuníquese. CARLOS A. IBAÑEZ MANCHEGO Director General Dirección General de Circulación Terrestre 11801 PODER JUDICIAL Aprueban Proyecto de Descarga de la Oficina de Pericias Judiciales de los Juzgados Laborales Transitorios de Lima RESOLUCION ADMINISTRATIVA DEL TITULAR DEL PLIEGO DEL PODER JUDICIAL Nº 420-SE-TP-CME-PJ Lima, 15 de setiembre de 1999 VISTO: El informe emitido por el Gabinete Técnico de la Secre- taría Ejecutiva de la Comisión Ejecutiva del Poder Judicial, mediante Oficio Nº 296/99-PJ-SE-GT de fecha 3 de setiem- bre del año en curso, sobre el Proyecto de Descarga en la Oficina de Pericias Judiciales de los Juzgados Laborales Transitorios de Lima; y, CONSIDERANDO: Que, el Informe del Visto, señala los problemas que presenta en la actualidad la Oficina de Pericias Judiciales de los Juzgados Laborales Transitorios de Lima, que le impide cumplir efectiva y oportunamente con la carga acumulada que mantiene, generando demoras en la solución de los reclamos laborales presentados; Que, asimismo, este Informe detalla una propuesta de solución a dicho problema, así como las acciones a seguir en sus diferentes aspectos para ejecutar en un plazo de cuatro meses un Proyecto de Descarga, que permita concluir satis- factoriamente con la carga acumulada en esta Oficina; Que, en consecuencia, y en uso de las facultades conferi- das por la Ley Nº 26546, ampliada mediante las Leyes Nºs. 26623, 26695 y 27009, y de acuerdo con las Resoluciones Administrativas Nºs. 018-CME-PJ, 032-CME-PJ, 609-CME- PJ y 029-99-SE-TP-CME-PJ; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Aprobar el Proyecto de Descarga de la Oficina de Pericias Judiciales de los Juzgados Laborales Transitorios de Lima, que comprenderá la realización de las siguientes acciones: a) Selección, contratación y capacitación de personal. b) Elaboración de un Sistema de Control de Trabajo. c) Implementación de oficina, con equipos y mobiliario adecuados. d) Elaboración de un Programa de Revisión de Pericias Judiciales.