Norma Legal Oficial del día 28 de enero del año 2000 (28/01/2000)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, viernes 28 de enero de 2000

Abogados de Guayas y Consejo Latinoamericano de Estudiosos del Derecho Internacional y Comparado del Ecuador, a realizarse en la MORDAZA de Guayaquil - Ecuador, del 2 al 5 de febrero del presente ano, concediendosele la licencia correspondiente. Segundo.- La presente Resolucion no irrogara gasto alguno al Pliego Presupuestal del Poder Judicial. Registrese y comuniquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA PEZUA MORDAZA 1135

Del 1 de febrero al 1 de marzo del 2000 Dr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Dra. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Dra. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Del 2 de marzo al 31 de marzo del 2000 Dr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Dra. MORDAZA MORDAZA Castaneda MORDAZA Articulo Tercero.- Autorizar a los Presidentes de Sala y Jueces mencionados, la confeccion del rol de vacaciones del personal auxiliar de la dependencia a su cargo, de acuerdo a las necesidades del servicio. Articulo Cuarto.- Transcribir la presente resolucion al Presidente de la Comision Ejecutiva del Poder Judicial, a la Presidenta de la Comision Ejecutiva del Ministerio Publico, al Presidente de la Corte Suprema, al Fiscal de la Nacion, al Presidente de la Corte Superior de MORDAZA, a la Gerencia del Poder Judicial y a la Oficina de Control de la Magistratura. Articulo Quinto.- La presente resolucion entrara en vigencia el dia de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente MORDAZA MORDAZA QUIROGA Vocal Supremo MORDAZA MORDAZA MORDAZA Vocal Supremo MORDAZA MORDAZA MORDAZA Vocal Supremo MORDAZA MORDAZA MORDAZA Vocal Supremo 1066

CORTE SUPREMA DE JUSTICIA
Establecen rol de vacaciones de magistrados de MORDAZA y Juzgados Transitorios Especializados en Derecho Publico, en lo Contencioso Administrativo y Previsional
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA REPUBLICA SALA CONSTITUCIONAL Y SOCIAL RESOLUCION ADMINISTRATIVA Nº 001-2000-SCS-CSJ MORDAZA, 24 de enero del 2000 CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion Administrativa Nº 1082CME-PJ de fecha 21 de enero ultimo, la Comision Ejecutiva del Poder Judicial, ha establecido a nivel nacional el periodo en que se suspenderan las actividades jurisdiccionales en el ano 2000, por motivo de vacaciones; Que, la referida Resolucion Administrativa, faculta a la Sala Constitucional y Social de la Corte Suprema, a formular el rol de vacaciones de los organos jurisdiccionales especializados bajo supervision de este Supremo Tribunal; En uso de la facultad conferida por la Resolucion Administrativa Nº 1082-CME-PJ y, estando a lo acordado en sesion de la fecha; SE RESUELVE: Articulo Primero.- Disponer que las vacaciones de los magistrados integrantes de las MORDAZA Transitorias especializadas en Derecho Publico y en lo Contencioso Administrativo, se ejecutaran conforme al rol siguiente: Del 1 de febrero al 1 de marzo del 2000 Dr. Dr. Dr. Dr. MORDAZA Munoz MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Valcarcel MORDAZA MORDAZA MORDAZA

CORTES SUPERIORES DE JUSTICIA
Establecen MORDAZA y designan juzgados para atender procesos judiciales durante periodo vacacional en el Distrito Judicial de MORDAZA
RESOLUCION ADMINISTRATIVA Nº 0016-2000-P-CSJLI/PJ MORDAZA, 24 de enero del 2000 VISTA: La Resolucion Administrativa Nº 1082 - CME-PJ de fecha 21 de enero del ano en curso; y, CONSIDERANDO: Que, por Resolucion de la vista, la Comision Ejecutiva del Poder Judicial, dispuso suspender las actividades del Poder Judicial en todo el ambito nacional, por motivos de vacaciones de los Magistrados, Personal Jurisdiccional y Administrativo, por lo que en acatamiento de lo ordenado, es pertinente para este Despacho, programar el cuadro Jurisdiccional de los Organos Jurisdiccionales que por vacaciones se haran cargo del 1 de febrero al 1 de marzo de los Juzgados de aquellos Magistrados, que al no haber sido considerados en la presente, de manera indefectible y obligatoria, haran uso de su derecho vacacional correspondiente al mes de febrero. (1 de febrero al 1 de marzo); Que, conforme lo dispone el Articulo Tercero de la indicada Resolucion Administrativa, el periodo vacacio-

Del 2 de marzo al 31 de marzo del 2000 Dr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Dr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Dra. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Dr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Articulo Segundo.- Disponer que en los Juzgados Transitorios especializados en Derecho Publico, en lo Contencioso Administrativo, y Previsional, el rol de vacaciones es el siguiente:

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