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Pág. 195269 NORMAS LEGALES Lima, sábado 25 de noviembre de 2000 De acuerdo con lo dispuesto por el Artículo 32º de la Ley Nº 26702, Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros, la Circular Nº B-1996-97; y, en virtud de la facultad delegada mediante Resolución SBS Nº 003-98; RESUELVE: Artículo Único.- Autorizar al Banco Santander Central Hispano - Perú el cierre de las siguientes agencias ubicadas en: · Esquina de las avenidas 2 de Mayo y Zepita, distrito y provincia de Ilo, departamento de Moquegua. · Plaza Bolognesi Nº 131, distrito de Mollendo, provincia de Islay, departamento de Arequipa. · Jr. Lima Nº 442, distrito, provincia y departamento de Puno. Regístrese, comuníquese y publíquese. SOCORRO HEYSEN ZEGARRA Superintendente Adjunta de Banca 13403 Autorizan contratación del servicio de traslado y custodia de backups informáticos mediante proceso de ad- judicación directa de menor cuantía RESOLUCIÓN SBS Nº 838-2000 Lima, 21 de noviembre del 2000 EL SUPERINTENDENTE DE BANCA Y SEGUROS CONSIDERANDO: Que, con fechas 6 y 19 de octubre de 2000, la Superin- tendencia de Banca y Seguros convocó al proceso de Adjudica- ción Directa Sin Publicación ADSP Nº 014/2000-SBS, para la contratación del Servicio de Traslado y custodia de Backups Informáticos de esta Institución, en primera y segunda convoca- toria respectivamente; Que, en aplicación de lo establecido en el Artículo 32º de la Ley Nº 26850, Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Esta- do, dicho proceso fue declarado desierto en las dos oportunida- des, al no contar con un mínimo de tres propuestas; De conformidad con lo dispuesto en los Artículos 19º y 20º de la Ley Nº 26850, Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado y el Decreto Supremo Nº 037-99-PCM, y contando con la opinión favorable de la Superintendencia Adjunta de Asesoría Jurídica; RESUELVE: Artículo Primero.- Exonerar del proceso de Adjudicación Directa Sin Publicación, la contratación del Servicio de Traslado y custodia de Backups Informáticos referidos en la parte consi- derativa de la presente resolución, por haberse declarado de- sierto en dos oportunidades el referido proceso. Artículo Segundo.- Autorizar a la Superintendencia Ad- junta de Administración General a realizar la contratación del referido servicio por el plazo de un año, mediante un proceso de Adjudicación Directa de Menor Cuantía, observando lo dispues- to en la Ley Nº 26850, Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 039- 98-PCM. Artículo Tercero.- Disponer que la Superintendencia Adjunta de Administración General haga de conocimiento de la Comisión de Presupuesto, la Cuenta General del Congreso de la República, el Ministerio de Economía y Finanzas y de la Contraloría General de la República, la presente exoneración de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 19º de la Ley Nº 26850. Regístrese, comuníquese y publíquese. LUIS CORTAVARRIA CHECKLEY Superintendente de Banca y Seguros 13375UNIVERSIDADES Aprueban reincorporación de diversos docentes que fueron evaluados en cumplimiento del Acuerdo Nº 517-2000 y Res. C.R. Nº 3277-2000-UNFV UNIVERSIDAD NACIONAL FEDERICO VILLARREAL SECRETARIA GENERAL RESOLUCIÓN C.R. Nº 3325-2000-UNFV San Miguel, 3 de noviembre de 2000 Visto el Oficio Nº 132-2000-VRAC-UNFV del 3.11.2000 del Vicerrectorado Académico de esta Casa Superior de Estudios, refrendado por el Vicerrector Académico, mediante el cual remite el Informe definitivo recaído en las solicitudes de revisión presen- tadas por ex Docentes de la Universidad Nacional Federico Villa- rreal, referente a sanciones sin proceso administrativo y evaluacio- nes académicas, en relación a la Resolución Nº 3277-2000-UNFV; CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución C.R.Nº 3277-2000-UNFV del 3.11.2000, en su Artículo Primero se resolvió reincorporar al servicio docente de la Universidad Nacional Federico Villarreal en sus respectivas categorías a partir de la fecha a los Docentes Ordinarios que fueron separados sin una correcta evaluación o destituidos sin un debido proceso, a partir del año 1992 a 1999, previa revisión de sus respectivos expedientes, con excepción de los cesantes por límite de edad o de los que se encuentran con resolución judicial firme en su categoría; Que, del tenor del Oficio Nº 132-2000-VRAC-UNFV de fecha 3 de noviembre del 2000 del Vicerrectorado Académico se des- prende que la revisión y evaluación antes mencionada fue efec- tuada por dicho Vicerrectorado y por el Vicerrectorado Adminis- trativo así como por la Oficina Central Jurídico Legal, culminan- do este proceso con la remisión de la relación de 14 (catorce) Profesores que han merecido la aprobación, cuyos nombres se mencionan en la parte resolutiva de la presente resolución; Que asimismo la mencionada Comisión refiere haber recibido el Oficio N° 2610-00-OCP-UNFV de la Oficina Central de Personal en la cual se adjunta la relación de cincuentitrés Profesores para evaluar su recategorización en cumplimiento del acuerdo (b) de la Sesión Continuada N° 517-2000-UNFV del 3.11.2000 de la Comi- sión Reorganizadora de esta Universidad; y Que ante la carencia de documentos sustentatorios que avalen el cumplimiento estricto de lo dispuesto e n la Ley Universitaria y el Estatuto de esta Casa Superior de Estudios acuerdan dejar en suspenso la restitución de los Profesores a su categoría primigenia, en tanto no se sometan a un nuevo proceso de evaluación con arreglo a ley, relación que también se detalla en la parte resolutiva; Estando a los Informes de la Comisión y de la Oficina Central Jurídico Legal y a lo acordado por la Comisión Reorganizadora en Sesión Ordinaria Nº 517-2000, y de conformidad con el D.L. Nº 25798, R.S. Nº 524-92-PCM, Leyes Nºs. 26180, 26259, 26402, 26708, 26880, R.S. Nº 672-99-PCM, R.S. Nº 673-99-PCM, R.S. N° 120-2000-PCM, R.S. N° 290-2000-PCM y Resoluciones C.R. N°s. 2315-2000-UNFV, 3199-2000-UNFV y 3277-2000-UNFV; RESUELVE: Artículo Primero. - APROBAR y REINCORPORAR en sus respectivas categorías a la Universidad Nacional Federico Villarreal a los catorce (14) Docentes que se mencionan a continuación y que fueron evaluados por los Vicerrectores Aca- démico y Administrativo, así como por la Oficina Central Jurí- dico legal, en cumplimiento al Acuerdo de la Comisión Reorga- nizadora Nº 517-2000 y Resolución Nº 3277-2000-UNFV: NOMBRES Y APELLIDOS FACULTAD CATEGORIA 1. JOSE LINO REYNA CORTEGANA TECNOLOGIA Asociado MEDICA 2. TEODORO QUIÑONES ROJAS EDUCACION Principal 3. RAFAEL MENDOZA HUAMAN DERECHO Principal 4. DOMINGO EMILIO GELDRES FLORES DERECHO Principal 5. JOSE CACIANO CHIRI DERECHO Asociado 6. LUIS ALBERTO CUMPA FARFAN EDUCACION Asociado 7. GLICERIO AÑAÑOS CASTILLO ODONTOLOGIA Asociado