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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 25 DE NOVIEMBRE DEL AÑO 2000 (25/11/2000)

CANTIDAD DE PAGINAS: 36

TEXTO PAGINA: 20

Pág. 195266 NORMAS LEGALES Lima, sábado 25 de noviembre de 2000 nacionales de identificación y firmas de adherentes, presenta- dos por la organización Partido Popular Cristiano. Artículo Tercero.- Hacer de conocimiento del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil y del representante de la organización Partido Popular Cristiano, el contenido de la presente resolución, para los fines del caso. Regístrese, comuníquese y publíquese. SS. SÁNCHEZ - PALACIOS PAIVA SOTO VALLENAS VELA MARQUILLO DE VALDIVIA CANO BALLÓN - LANDA CÓRDOVA, Secretario General 13422 Disponen tener por inscrito al partido político "Acción Popular" en el Regis- tro de Organizaciones Políticas RESOLUCIÓN Nº 1312-2000-JNE Lima, 23 de noviembre de 2000 VISTA: La solicitud de reinscripción en el Registro de Organizaciones Políticas del partido político Acción Popular, recibida el 21 de noviembre del 2000 y presentada por el señor Carlos Peláez Camacho, en representación de la organización política nom- brada, bajo el amparo de la Ley Nº 27369; CONSIDERANDO: Que mediante Decreto Supremo Nº 028-2000-PCM, de fecha 9 de noviembre del año 2000, publicado en el Diario Oficial El Peruano el 10 de noviembre del presente año, se ha convocado a Elecciones Generales para el día domingo 8 del mes de abril del año 2001, para la elección de Presidente, Vicepresidentes y Congresistas de la República; Que los partidos políticos y las agrupaciones independientes que participaron en las últimas elecciones generales del año 2000 podrán reinscribirse para el próximo proceso de elecciones generales, con el único requisito de haber obtenido representa- ción parlamentaria en el proceso electoral realizado el 9 de abril del presente año, de conformidad con lo establecido en el Artícu- lo 87º de la Ley Orgánica de Elecciones Nº 26859, modificado por el Artículo 7º de la Ley Nº 27369; Que del Acta General del Proceso de Elecciones Generales del año 2000, para la elección de Presidente, Vicepresidentes y Congresistas de la República, elaborada según lo dispuesto por el Artículo 323º de la Ley Orgánica de Elecciones Nº 26859; y, de lo establecido en la Resolución Nº 863-2000-JNE de fecha 2 de junio del 2000, el partido político "Acción Popular" obtuvo 245,127 votos en las elecciones generales pasadas, habiendo obtenido, una vez aplicada la cifra repartidora, tres (3) represen- tantes ante el Congreso de la República; Que el partido político Acción Popular ha cumplido con señalar en la solicitud de reinscripción su domicilio y la designa- ción respectiva del personero legal ante el Jurado Nacional de Elecciones, de conformidad con lo establecido en el inciso a) del Artículo 88º de la Ley Orgánica de Elecciones Nº 26859; Por estas consideraciones, el Jurado Nacional de Elecciones en cumplimiento de lo establecido en los numerales 2) y 3) del Artículo 178º de la Constitución Política del Perú; RESUELVE: Artículo Primero.- Tener por inscrito en el Registro de Organizaciones Políticas al partido político "Acción Popular" con domicilio en Paseo Colón 218, provincia de Lima, teniéndose como personero legal de dicha organización política ante el Jurado Nacional de Elecciones el señor Jorge Díaz León. Artículo Segundo.- Notifíquese al personero de la citada organización política, para su conocimiento y fines pertinentes, así como a la Oficina Nacional de Procesos Electorales para los fines consiguientes. Regístrese, comuníquese y publíquese. SS. SÁNCHEZ-PALACIOS PAIVA SOTO VALLENAS VELA MARQUILLÓ DE VALDIVIA CANO BALLÓN-LANDA CÓRDOVA, Secretario General. 13423Disponen tener por inscrita a la Agru- pación Independiente Unión Por el Perú en el Registro de Organizaciones Polí- ticas RESOLUCIÓN Nº 1313-2000-JNE Lima, 23 de noviembre de 2000 VISTA: La solicitud de reinscripción en el Registro de Organiza- ciones Políticas de la agrupación independiente "Unión por el Perú", recibida el 23 de noviembre del año 2000 y presentada por el señor Henry Pease García, presidente de la organización política nombrada, bajo el amparo de la Ley Nº 27369; CONSIDERANDO: Que mediante Decreto Supremo Nº 028-2000-PCM, de fecha 9 de noviembre del año 2000, publicado en el Diario Oficial El Peruano el 10 de noviembre del presente año, se ha convocado a Elecciones Generales para el día domingo 8 del mes de abril del año 2001, para la elección de Presidente, Vicepresidentes y Congresistas de la República; Que los partidos políticos y las agrupaciones independientes que participaron en las últimas elecciones generales del año 2000 podrán reinscribirse para el próximo proceso de elecciones generales, con el único requisito de haber obtenido representa- ción parlamentaria en el proceso electoral realizado el 9 de abril del presente año, de conformidad con lo establecido en el Artícu- lo 87º de la Ley Orgánica de Elecciones Nº 26859, modificado por el Artículo 7º de la Ley Nº 27369; Que del Acta General del Proceso de Elecciones Generales del año 2000, para la elección de Presidente, Vicepresidentes y Congresistas de la República, elaborada según lo dispuesto por el Artículo 323º de la Ley Orgánica de Elecciones Nº 26859; y, de lo establecido en la Resolución Nº 863-2000-JNE de fecha 2 de junio del 2000, la agrupación independiente "Unión por el Perú" obtuvo 254,590 votos en las elecciones generales pasadas, ha- biendo obtenido, una vez aplicada la cifra repartidora, tres (3) representantes ante el Congreso de la República; Que la agrupación independiente Unión por el Perú ha cumpli- do con señalar en la solicitud de reinscripción su domicilio, así como la designación del personero legal ante el Jurado Nacional de Elecciones, de conformidad con lo establecido en el inciso a) del Artículo 88º de la Ley Orgánica de Elecciones Nº 26859; Por estas consideraciones, el Jurado Nacional de Elecciones en cumplimiento de lo establecido en los numerales 2) y 3) del Artículo 178º de la Constitución Política del Perú; RESUELVE: Artículo Primero.- Tener por inscrito en el Registro de Organizaciones Políticas a la Agrupación Independiente Unión por el Perú, con domicilio señalado en el Pasaje Pablo Olavide Nº 270, distrito de San Isidro, provincia de Lima, teniéndose como personero legal de dicha organización política ante el Jurado Nacional de Elecciones, al señor Pablo Morán Val. Artículo Segundo.- Notifíquese al personero de la citada organización, para su conocimiento y fines pertinentes, así como a la Oficina Nacional de Procesos Electorales para los fines consiguientes. Regístrese, comuníquese y publíquese. SS. SÁNCHEZ-PALACIOS PAIVA SOTO VALLENAS VELA MARQUILLÓ DE VALDIVIA CANO BALLÓN-LANDA CÓRDOVA, Secretario General 13424 Disponen tener por inscrito al Partido Solidaridad Nacional en el Registro de Organizaciones Políticas RESOLUCIÓN Nº 1314-2000-JNE Lima, 23 de noviembre de 2000 VISTA: La solicitud de reinscripción en el Registro de Organiza- ciones Políticas del partido político "Solidaridad Nacional", reci-