Norma Legal Oficial del día 11 de abril del año 2001 (11/04/2001)


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TEXTO DE LA PÁGINA 29

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NORMAS LEGALES

MORDAZA, miercoles 11 de MORDAZA de 2001
TITULO III

LEY Nº 27444
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA POR CUANTO: La Comision Permanente del Congreso de la Republica ha dado la Ley siguiente: LA COMISION PERMANENTE DEL CONGRESO DE LA REPUBLICA; Ha dado la Ley siguiente:

De la revision de los actos en via administrativa · Capitulo I Revision de oficio · Capitulo II Recursos administrativos TITULO IV De los Procedimientos especiales · Capitulo I Procedimiento trilateral · Capitulo II Procedimiento sancionador Subcapitulo I De la potestad sancionadora Subcapitulo II Ordenamiento del procedimiento sancionador TITULO V De la responsabilidad de la administracion publica y del personal a su servicio · Capitulo I Responsabilidad de la administracion publica · Capitulo II Responsabilidad de las autoridades y personal al servicio de la administracion publica DISPOSICIONES FINALES COMPLEMENTARIAS Y

LEY DEL PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO GENERAL
TITULO PRELIMINAR TITULO I Del regimen juridico de los actos administrativos Capitulo I De los actos administrativos Capitulo II Nulidad de los actos administrativos Capitulo III Eficacia de los actos administrativos TITULO II Del procedimiento administrativo · Capitulo I Disposiciones generales · Capitulo II De los sujetos del procedimiento Subcapitulo I De los administrados Subcapitulo II De la autoridad administrativa: Principios generales y competencia Subcapitulo III Criterio de colaboracion entre entidades Subcapitulo IV Conflictos de competencia y abstencion Subcapitulo V Organos colegiados · Capitulo III Iniciacion del procedimiento · Capitulo IV Plazos y terminos · Capitulo V Ordenacion del procedimiento · Capitulo VI Instruccion del procedimiento · Capitulo VII Participacion de los administrados

DISPOSICIONES TRANSITORIAS TITULO PRELIMINAR Articulo I.- Ambito de aplicacion de la ley La presente Ley sera de aplicacion para todas las entidades de la Administracion Publica. Para los fines de la presente Ley, se entendera por "entidad" o "entidades" de la Administracion Publica: 1. 2. 3. 4. 5. 6. 7. El Poder Ejecutivo, incluyendo Ministerios y Organismos Publicos Descentralizados; El Poder Legislativo; El Poder Judicial; Los Gobiernos Regionales; Los Gobiernos Locales; Los Organismos a los que la Constitucion Politica del Peru y las leyes confieren autonomia. Las demas entidades y organismos, proyectos y programas del Estado, cuyas actividades se realizan en virtud de potestades administrativas y, por tanto se consideran sujetas a las normas comunes de derecho publico, salvo mandato expreso de ley que las refiera a otro regimen; y Las personas juridicas bajo el regimen privado que prestan servicios publicos o ejercen funcion administrativa, en virtud de concesion, delegacion o autorizacion del Estado, conforme a la normativa de la materia.

8.

Articulo II.- Contenido 1. La presente Ley regula las actuaciones de la funcion administrativa del Estado y el procedimiento administrativo comun desarrollados en las entidades. Los procedimientos especiales creados y regulados como tales por ley expresa, atendiendo a la singularidad de la materia, se rigen supletoriamente por la presente Ley en aquellos aspectos no previstos y en los que no son tratados expresamente de modo distinto.

2. · Capitulo VIII Fin del procedimiento · Capitulo IX Ejecucion de resoluciones

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