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Pág. 201265 NORMAS LEGALES Lima, miércoles 11 de abril de 2001 Director de Rentas, Esteban Vega Rojas - ex Director de Infraestructura Pública y Desarrollo Local, Mauricio Ma- dico León ex Director Municipal y Emilio Prado Macalupú - ex Director de Servicios Públicos y Transportes; por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo 2º.- La Comisión Especial de Procesos Adminis- trativos Disciplinarios actuará el proceso en los términos y plazos establecidos por las normas sobre la materia, elevando la conclusión y las recomendaciones a que hubiere lugar. Regístrese, comuníquese y cúmplase. JAIME WONG BARRANCA Alcalde 21616 MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE PIURA Constituyen Comité de Emergencia para adoptar las medidas necesarias ante daños ocasionados por precipita- ciones pluviales ACUERDO MUNICIPAL Nº 010-2001-C/CPP San Miguel de Piura, 29 de marzo del 2001 Que, en Sesión de Concejo del 28 de marzo del presente, el Alcalde expuso las consecuencias evaluadas con motivo de las últimas precipitaciones pluviales y las medidas inmediatas que se habían adoptado. Que, asimismo diversos regidores opinaron en relación a los problemas en puentes, drenes, viviendas, maquina- rias, deterioro de pistas, problemas de salud y saneamien- to, acopio preventivo de materiales, manejo de puestos, crecidas de río, limpieza de charcos, infraestructura. Que igualmente, se escuchó la necesidad de dotar de un presupuesto que permita atender las acciones de solución a las consecuencias de estos daños, a fin de aplicar las medidas con la celeridad y oportunidad dentro de nuestra jurisdicción. Que, para ello es pertinente calificar como grave y por lo tanto de EMERGENCIA, la situación por la que se está atravesando a causa de acontecimientos catastróficos, sien- do procedente se declare el ESTADO DE EMERGENCIA, de conformidad con lo que establece el D.S. Nº 012-2001- PCM, su fecha 13-2-2001 debiéndose solicitarse su aproba- ción mediante el Decreto Supremo correspondiente. Que, para tal efecto se hace necesario conformar un Comité de Emergencia integrado por los señores regidores presidentes de las Comisiones Municipales, Director Mu- nicipal, Logística, Población y Salud, SECOM, Infraestruc- tura y el Director de Defensa Civil y Seguridad Ciudadana quien ejerce a la vez el cargo de Secretario Técnico del Comité Provincial de Defensa Civil. Que, como es de conocimiento público igual o peor estado se viene viviendo en toda la región, por lo que se debe a través del Gobierno Regional solicitarle el mismo estado de EMERGENCIA en todo el departamento. Que, estando a lo expuesto y a lo acordado en la Sesión de Concejo referida y en uso de las atribuciones conferidas por la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 23853. SE ACUERDA: Artículo Primero.- Declarar en ESTADO DE EMER- GENCIA a la ciudad de Piura y constituir un Comité de Emergencia conformado por los señores regidores presi- dentes de Comisiones, Director Municipal, y Directores de Logística, Infraestructura, Población y Salud, SECOM y el Director de Defensa Civil y Seguridad Ciudadana quien a la vez ejerce el cargo de Secretario Técnico del Comité Provincial de Defensa Civil, el mismo que será el eje de la ejecución de las Acciones Municipales. Artículo Segundo.- Solicitar al Consejo de Ministros la expedición del Decreto Supremo correspondiente, de conformidad con lo que establece el D.S. Nº 012-2001-PCM Artículo Tercero.- Otorgar al Comité referido la auto- rización de formular y ejecutar su propio presupuesto concargo a ser regularizada por acuerdo de Concejo por reque- rirse la modificación presupuestal pertinente. Artículo Cuarto.- Proponer a la Coordinadora Depar- tamental de Alcaldes Provinciales del CTAR, la DECLA- RATORIA DE EMERGENCIA a nivel departamental. Artículo Quinto.- Dése cuenta al Consejo de Ministros, Ministerio de Economía y Finanzas, Ministerio de la Presiden- cia, Contraloría General de la República, CTAR, Comité Pro- vincial de Defensa Civil, Dirección Municipal, Dirección de Planificación y Presupuesto, Dirección General Administra- ción, Contabilidad, Logística y demás áreas pertinentes. Regístrese, comuníquese, cúmplase y publíquese. FRANCISCO HILBCK EGUIGUREN Alcalde 21617 MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE AGALLPAMPA Aprueban el Plan Anual de Contratacio- nes y Adquisiciones de la Municipalidad para el ejercicio presupuestal 2001 RESOLUCIÓN DE ALCALDÍA Nº 011-2001-MDA Agallpampa, 23 de marzo de 2001 CONSIDERANDO: Que, las Municipalidades son los órganos de gobierno local, con personería jurídica de derecho público con autonomía econó- mica y administrativa en los asuntos de su competencia. Les son aplicables las leyes y disposiciones que, de manera general y de conformidad con la Constitución, regulen las actividades y funcionamiento del Sector Público Nacional. Asimismo que la adquisición de bienes o servicios, entre otros, se rigen por las normas relativas o aplicables a los bienes del Estado; Que, el Artículo 2º del D.S. Nº 012-2001-PCM, TEXTO UNICO ORDENADO DE LA LEY Nº 26850 DE CON- TRATACIONES Y ADQUISICIONES DEL ESTADO dis- pone la sujeción de las entidades del Sector Público con personería jurídica de derecho público a dicha norma; Que, los Artículos 7º de la mencionada norma legal y los Artículos 5º y 9º del D.S. Nº 013-2001-PCM, REGLA- MENTO DE LA LEY disponen la elaboración del Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones, contenidos, apro- bación, entre otros, que prevean los bienes, servicios y obras que se requerirán durante el ejercicio presupuestal y el monto del presupuesto requerido; Que, contándose con el mencionado documento de ges- tión propuesto por los órganos administrativos y de aseso- ramiento externo de la Municipalidad, es necesario su aprobación con cargo a dar cuenta en la próxima sesión de Concejo Municipal; y, Estando a lo facultado por el num. 6) del Artículo 47º de la Ley Nº 23853, ORGANICA DE MUNICIPALIDADES; SE RESUELVE: Artículo Primero.- APROBAR, en vías de regulariza- ción, el Plan Anual de Contrataciones y Adquisiciones de la Municipalidad para el ejercicio presupuestal 2001, el que forma parte del presente en tres (3) páginas. Artículo Segundo.- DISPONER, la publicación de la presente resolución en el Diario Oficial El Peruano dentro de los diez (10) días hábiles siguientes de su expedición. En igual plazo será remitido al Consejo Superior de Contrata- ciones y Adquisiciones del Estado - CONSUCODE y la Comisión de Promoción de la Pequeña y Microempresa - PROMPYME Región La Libertad. Asimismo estará a dis- posición de proveedores interesados en la Municipalidad. Artículo Tercero.- ENCARGAR, el cumplimiento del presente al Comité Especial Permanente y órganos admi- nistrativos de la Municipalidad comprendidos en la pre- sente disposición. Regístrese, comuníquese y publíquese. GILMER O. CONTRERAS ESPEJO Alcalde 21716