Norma Legal Oficial del día 23 de abril del año 2001 (23/04/2001)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, lunes 23 de MORDAZA de 2001

d) Evaluar el funcionamiento y los resultados de la gestion institucional. e) Autorizar los contratos y convenios que suscriba el INICTEL. f) Aprobar el Balance y la Memoria de cada ejercicio presupuestal. g) Aprobar el Reglamento Interno de Trabajo y el Reglamento de Organizacion y Funciones, de conformidad a la normatividad vigente. h) Nombrar, contratar, ratificar o remover al personal y proponer sus remuneraciones. i) Proponer las modificaciones del Estatuto. j) El Consejo Directivo esta facultado para realizar todas las operaciones, actos y contratos que, considere necesario y/o conveniente, con sujecion a la Ley, al presente Estatuto y a las Normas Legales vigentes sobre la materia. Articulo 12º.- El Presidente del Consejo Directivo sera nombrado por Resolucion Suprema a propuesta del Ministerio de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construccion. Los otros miembros del Consejo Directivo seran nombrados por Resolucion Suprema previa coordinacion con las respectivas entidades representadas. Articulo 13º.- El Consejo Directivo contara con el apoyo de una Secretaria, cuyo Jefe actuara como Secretario de Actas. Articulo 14º.- Los Miembros del Consejo Directivo percibiran por asistencia a las sesiones las Dietas que correspondan. Articulo 15º.- El mandato de los miembros del Consejo Directivo sera de dos (2) anos, pudiendo ser ratificados en el cargo. El cargo es indelegable. Los miembros del Consejo Directivo continuaran en sus cargos hasta que se designe a quienes los sustituiran. En caso de vacancia, estas seran cubiertas en la misma forma que la designacion. Articulo 16º.- El Consejo Directivo elegira en sesion ordinaria a un Vicepresidente entre los representantes del Ministerio de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construccion. El mandato del Vicepresidente terminara cuando concluya su mandato como miembro del Consejo Directivo. Articulo 17 º.- El Vicepresidente del Consejo Directivo ejercera las funciones del Presidente en los casos de ausencia o de vacancia. Articulo 18º.- Se Declara vacante el cargo de Presidente o miembro del Consejo Directivo en los siguientes casos: a) Fallecimiento. b) Renuncia aceptada. c) Remocion. d) Sobrevenir impedimento fisico o mental que lo inhabilite para el ejercicio del cargo. e) Cumplimiento del plazo de designacion conforme al Articulo 15º del presente Estatuto. f) Sobrevenirle alguna de las causales de impedimento que indica el Articulo 19º. Cuando resulte necesaria la declaracion de vacancia, se MORDAZA mediante una Resolucion Suprema. Articulo 19º.- No pueden ser miembros del Consejo Directivo: a) Los que estuviesen inhabilitados por disposicion judicial. b) Las personas naturales, los Directores, Gerentes y representantes de personas juridicas declaradas judicialmente en quiebra. c) Los parientes entre si, hasta el MORDAZA grado de consanguinidad y MORDAZA de afinidad, con algun miembro del Consejo Directivo. Articulo 20º.- Los miembros del Consejo Directivo son personal y solidariamente responsables de los

actos que autoricen o consientan aunque los acuerdos fueren adoptados por mayoria, a menos que expresamente salven su MORDAZA dejando MORDAZA en Acta ratificada mediante Carta Notarial dirigida al Presidente del Consejo Directivo o quien haga sus veces, sin perjuicio de dar cumplimiento a las demas disposiciones aplicables. Articulo 21º.- El Consejo Directivo sesionara ordinariamente por lo menos dos veces al mes y extraordinariamente cuantas veces sea convocado por el Presidente del Consejo Directivo o a pedido de dos (2) o mas de sus miembros. Articulo 22º.- El quorum para las sesiones del Consejo Directivo en primera convocatoria sera de cuatro (4) miembros y en MORDAZA convocatoria de tres (3) miembros. Articulo 23º.- Los acuerdos se adoptaran con el MORDAZA conforme de tres (3) de sus miembros; a excepcion de los acuerdos que se refieran a propuestas de nombramientos y remocion del Director General, Aprobacion del Presupuesto, Aprobacion del Balance del Ejercicio Presupuestal, que requieren un minimo de cuatro (4) votos. Articulo 24º.- Son atribuciones del Presidente del Consejo Directivo: a) Representar al INICTEL. b) Presidir el Consejo Directivo. c) Convocar y presidir las sesiones del Consejo Directivo y determinar los temas de Agenda. d) Sin perjuicio del MORDAZA que como miembro le corresponde, ejercer MORDAZA dirimente en casos de empate. e) Firmar las resoluciones que correspondan a los Acuerdos del Consejo Directivo. f) Las demas que con caracter extraordinario le confiera el Consejo Directivo. g) Realizar otros actos y funciones de su competencia que como Titular del Pliego le confiere la legislacion vigente. Articulo 25º.- Los miembros del Consejo Directivo tendran derecho, aun despues de haber cesado, a la asesoria legal de la Institucion, en asuntos relacionados con el ejercicio de sus funciones. Articulo 26º.- El Director General es el funcionario ejecutivo de mayor jerarquia, ejerce la representacion legal del INICTEL. Es igualmente mandatario del Consejo Directivo, de quien recibe, por delegacion, la autoridad para orientar y supervisar la administracion del INICTEL. Articulo 27º.- Corresponde al Director General: a) Ejecutar las decisiones del Consejo Directivo. b) Participar en las sesiones del Consejo Directivo, con voz pero sin voto. c) Velar por la capacitacion y perfeccionamiento del personal. d) Proponer al Consejo Directivo los planes, programas y el Presupuesto del INICTEL para su aprobacion. e) Someter los Balances periodicos de resultados de ejecucion presupuestaria a consideracion del Consejo Directivo. f) Proponer al Consejo Directivo la celebracion de Contratos y Convenios. g) Dirigir la marcha administrativa del INICTEL. h) Presentar al Consejo Directivo, para su aprobacion los planes de actividades educativas, de investigacion, de estudios y proyectos. i) Expedir Resoluciones Administrativas de acuerdo con sus facultades. j) Aprobar los Manuales de Organizacion y Funciones, y de Procedimientos del INICTEL, dando cuenta al Consejo Directivo. k) Realizar las demas funciones y actividades que le asigne o le encargue el Consejo Directivo y aquellas que le faculta la legislacion vigente.

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