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Pág. 213909 NORMAS LEGALES Lima, viernes 14 de diciembre de 2001 sejero designado, en sesi ón extraordinaria de la fecha, con el voto de los señores Consejeros Vásquez Vejarano, Ortiz Bernardini, Calderón Castillo, Alva Angulo y Ordóñez Val- verde; RESUELVE: Artículo Primero.- Crear un Juzgado de Paz No Letra- do en el Centro Poblado Menor de Calacoto, distrito de Copani, provincia de Yunguyo, departamento y Distrito Ju- dicial de Puno. Artículo Segundo.- Transcribir la presente Resolución al Presidente de la Corte Suprema de Justicia de la Repú- blica, a la Fiscal de la Nación, a la Presidencia de la Corte Superior de Justicia de Puno, a la Gerencia General del Poder Judicial, y a las instancias correspondientes. Regístrese, comuníquese y publíquese. OSCAR ALFARO ALVAREZ WALTER VÁSQUEZ VEJARANO LUIS ORTIZ BERNARDINI JORGE B. CALDERÓN CASTILLO CARLOS E. ALVA ANGULO BENJAMÍN ORDÓÑEZ VALVERDE 36288 RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA Nº 171-2001-CE-PJ Lima, 5 de diciembre del 2001 VISTOS: El Oficio Nº 543-2001-P-CSJAY/PJ, del Presidente de la Corte Superior de Justicia de Ayacucho, el Memorial del Alcalde y Autoridades del Centro Poblado Menor de Occo- pampa, distrito de Locroja, provincia de Churcampa, de- partamento de Huancavelica, el Informe Nº 001-001-CMO del Alcalde del referido Centro Poblado Menor, y el Informe Nº 041-2001-SPR-GDI-GG, de la Gerencia General del Poder Judicial; y, CONSIDERANDO: Que, el Presidente de la Corte Superior de Justicia de Ayacucho, remite a este Órgano de Gobierno, propuesta de Creación del Juzgado de Paz No Letrado del Centro Poblado Menor de Occopampa, distrito de Locroja, provin- cia de Churcampa, departamento de Huancavelica, com- prensión del Distrito Judicial de Ayacucho, solicitada por las autoridades y pobladores de la referida comunidad; Que, la solicitud efectuada ante el Presidente de la Corte Superior de Justicia de Ayacucho, por el Alcalde y Autori- dades del Centro Poblado Menor de Occopampa, tiende a la Creación del Juzgado de Paz No Letrado del citado Cen- tro Poblado; fundamentándola en el hecho de tener pobla- ción aproximada de 1293 habitantes, alejada de los Juzga- dos aledaños, por cuya razón sus habitantes no tienen ac- ceso a una oportuna y eficaz administración de justicia; Que, la creación del Juzgado de Paz No Letrado del Centro Poblado Menor de Occopampa, contribuirá a resol- ver los conflictos que afronten los pobladores de esta co- munidad, coadyuvando a la mejor administración de justi- cia en los lugares de la República con mayores dificulta- des para su desarrollo; Que, el Informe Nº 041-2001-SPR-GDI-GG, de la Gerencia General del Poder Judicial, concluye en la factibili- dad de la creación del Juzgado de Paz No Letrado del Cen- tro Poblado Menor de Occopampa; Que, de conformidad con el Texto modificado del Artículo 82º inciso 24) de la Ley Orgánica del Poder Judicial, el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial está facultado para crear y suprimir Juzgados, cuando así se requiera para la más rápida y eficaz administración de justicia; El Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, en uso de sus atribuciones, de conformidad con el Informe del señor Con- sejero designado, en sesión extraordinaria de la fecha, conel voto de los señores Consejeros Vásquez Vejarano, Ortiz Bernardini, Calderón Castillo, Alva Angulo y Ordóñez Val- verde; RESUELVE: Artículo Primero.- Crear un Juzgado de Paz No Letra- do en el Centro Poblado Menor de Occopampa, distrito de Locroja, provincia de Churcampa, departamento de Huan- cavelica, comprensión del Distrito Judicial de Ayacucho. Artículo Segundo.- Transcribir la presente Resolución al Presidente de la Corte Suprema de Justicia de la Repú- blica, a la Fiscal de la Nación, a la Presidencia de la Corte Superior de Justicia de Ayacucho, a la Gerencia General del Poder Judicial, y a las instancias correspondientes. Regístrese, comuníquese y publíquese. OSCAR ALFARO ALVAREZ WALTER VÁSQUEZ VEJARANO LUIS ORTIZ BERNARDINI JORGE B. CALDERÓN CASTILLO CARLOS E. ALVA ANGULO BENJAMÍN ORDÓÑEZ VALVERDE 36289 RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA Nº 172-2001-CE-PJ Lima, 5 de diciembre del 2001 VISTOS: El Oficio Nº 750-2001-P-CSJAY/PJ, del Presidente de la Corte Superior de Justicia de Ayacucho, la Solicitud de las Autoridades y Pobladores del Centro Poblado Menor de Unión Progreso, distrito de Anco, provincia de La Mar, departamento y Distrito Judicial de Ayacucho, y el Informe Nº 075-2001-SPR-GDI-GG de la Gerencia General del Poder Judicial; y, CONSIDERANDO: Que, el Presidente de la Corte Superior de Justicia de Ayacucho, remite a este Órgano de Gobierno, propuesta de Creación del Juzgado de Paz No Letrado en el Centro Poblado Menor de Unión Progreso, distrito de Anco, pro- vincia de La Mar, departamento y Distrito Judicial de Aya- cucho, solicitada por las autoridades y pobladores de la referida comunidad; Que, la solicitud efectuada ante el Presidente de la Corte Superior de Justicia de Ayacucho, por las Autoridades y Pobladores del Centro Poblado Menor de Unión Progreso, tiende a la Creación del Juzgado de Paz No Letrado en el citado Centro Poblado; fundamentándola en el hecho de tener una población aproximada de 2640 habitantes aleja- da de los Juzgados aledaños, por cuya razón sus habitan- tes no tienen acceso a una oportuna y eficaz administra- ción de justicia; Que, la creación del Juzgado de Paz No Letrado del Centro Poblado Menor de Unión Progreso, contribuirá a resolver los conflictos que afronten los pobladores de esta comunidad, coadyuvando a la mejor administración de jus- ticia en los lugares de la República con mayores dificulta- des para su desarrollo; Que, el Informe Nº 075-2001-SPR-GDI-GG, de la Gerencia General del Poder Judicial, concluye en la factibili- dad de la creación del Juzgado de Paz No Letrado del Cen- tro Poblado Menor de Unión Progreso; Que, de conformidad con el Texto modificado del Artículo 82º inciso 24) de la Ley Orgánica del Poder Judicial, el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial está facultado para crear y suprimir Juzgados, cuando así se requiera para la más rápida y eficaz administración de justicia; El Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, en uso de sus atribuciones, de conformidad con el Informe del señor Con- sejero designado, en sesión extraordinaria de la fecha, con el voto de los señores Consejeros Vásquez Vejarano, Ortiz Bernardini, Calderón Castillo, Alva Angulo y Ordóñez Val- verde;