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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 14 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2001 (14/12/2001)

CANTIDAD DE PAGINAS: 76

TEXTO PAGINA: 48

Pág. 213918 NORMAS LEGALES Lima, viernes 14 de diciembre de 2001 Artículo 2º del Texto Único Ordenado de la Ley de Contra- taciones y Adquisiciones del Estado y su Reglamento, bajo responsabilidad administrativa del Titular del Pliego o la máxima autoridad administrativa de la Entidad, según co- rresponda. IV. BASE LEGAL. • Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM. • Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisi- ciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 013- 2001-PCM. • Reglamento de Organización y Funciones del Conse- jo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 021-2001-PCM. V. DISPOSICIONES GENERALES. 1. De acuerdo con lo dispuesto en el Artículo 7º del Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisicio- nes del Estado, las Entidades deben prever los bienes, servi- cios, obras, arrendamientos y seguros que se requerirán du- rante el ejercicio presupuestal, en función a sus respectivas metas y señalando las prioridades, programación y un perfil genérico de las especificaciones técnicas, entre otros datos que se detallan en la presente Directiva. 2. Conforme lo dispone el Artículo 9º del Reglamento de la citada Ley, la Entidad puede realizar adquisiciones y contrataciones a través de sus órganos desconcentrados que cuenten con capacidad para contratar; o por medio de sus órganos funcionales con presupuesto propio y autono- mía administrativa, y siempre y cuando la adquisición o contratación sea efectuada directamente por éste, para su utilización o consumo. 3. El Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones será aprobado por el Titular del Pliego o la máxima autoridad admi- nistrativa, según corresponda, dentro de los treinta (30) días naturales siguientes de aprobado el presupuesto institucional. 4. La resolución que aprueba el Plan Anual deberá pu- blicarse en el Diario Oficial El Peruano, dentro de los diez (10) días hábiles siguientes a su expedición, así como re- mitirse un ejemplar del Plan al CONSUCODE y a la Comi- sión de Promoción de la Pequeña y Microempresa - PROM- PYME, sin perjuicio de que esté a disposición de los inte- resados en la página web y en el local de la Entidad. VI. DISPOSICIONES ESPECIFICAS. 1. De la elaboración del Plan Anual de Adquisicio- nes y Contrataciones. Todas las Entidades sujetas a la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado están en la obligación de ela- borar su Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones, bajo responsabilidad del Titular del Pliego o de la máxima autoridad administrativa, según corresponda. Para el efecto, el Titular del Pliego o la máxima autoridad administrativa de la Entidad, según corresponda, establecerá el plazo dentro del cual las diversas dependencias o áreas usuarias de la misma presentarán a la dependencia respon- sable de la planificación de los procesos de selección, su respectivo cuadro de requerimientos para la adquisición o contratación de bienes, servicios en general, servicios de consultoría, arrendamientos, seguros, ejecución de obras, etc., señalando las prioridades, la programación respectiva y un perfil genérico de las especificaciones técnicas. Los órganos desconcentrados u otros órganos funcio- nales que, de acuerdo a la normativa, puedan adquirir o contratar directamente, elaborarán en el mismo plazo, su correspondiente Plan Anual de Adquisiciones y Contrata- ciones, a través de su respectiva dependencia responsa- ble de planificar los procesos de selección. La dependencia responsable de planificar los procesos de selección deberá procesar y consolidar los requerimien- tos de todas las dependencias de la Entidad y elaborar el Plan Anual, en armonía con el Presupuesto Institucional, presentándolo oportunamente al funcionario o dependen- cia competente para su aprobación. Para tal efecto, dicha dependencia deberá coordinar con la Oficina de Presupues- to de la Entidad o la que haga sus veces. El Plan Anual deberá elaborarse teniendo en cuenta las funciones propias de la Entidad y el cumplimiento de las metas propuestas, en concordancia con el monto asigna- do conforme a las leyes presupuestales de la República para el ejercicio anual a ejecutarse.Para los efectos de la preparación de los cuadros de requerimientos, interviene la dependencia encargada de las adquisiciones y contrataciones de la Entidad la cual, en coordinación con cada una de las dependencias de las cuales provienen los requerimientos (también llamadas áreas usuarias), deberá efectuar los estudios de las posi- bilidades que ofrece el mercado, con la finalidad de definir con precisión la descripción, la cantidad, las característi- cas y las especificaciones de los bienes, servicios y obras que van a adquirirse o contratarse, así como los valores estimados, la disponibilidad de los recursos y el tipo de proceso de selección mediante el cual se realizará. 2. De la aprobación del Plan Anual de Adquisicio- nes y Contrataciones. La aprobación del Plan Anual de Adquisiciones y Con- trataciones está a cargo del Titular del Pliego o de la máxi- ma autoridad administrativa de la Entidad, según corres- ponda. Sin embargo, dicha atribución puede ser delegada, mediante resolución expresa, a otro funcionario o depen- dencia, de acuerdo con las normas de organización inter- na de cada Entidad. El funcionario competente deberá aprobar el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones dentro de los treinta (30) días naturales siguientes a la fecha de la aprobación del presupuesto institucional. Las Entidades sólo pueden convocar y efectuar las lici- taciones públicas, concursos públicos y adjudicaciones di- rectas públicas y selectivas, que han sido previamente pro- gramados y se encuentran incluidos en el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones, con excepción de las ad- judicaciones de menor cuantía. 3. Del contenido del Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones. El Plan Anual considerará todas las adquisiciones y contrataciones, incluyendo aquellas que tengan financia- miento externo y se encuentren comprendidas en el Artí- culo 49º de la Ley de Gestión Presupuestaria del Estado. Dependiendo del bien, servicio u obra a adquirirse o con- tratarse y del valor referencial estimado, se determinarán y programarán los tipos y el número de procesos de selección. El Plan Anual deberá contener, obligatoriamente, las li- citaciones y concursos públicos, así como las adjudicacio- nes directas públicas y selectivas que se realizarán en el año fiscal. Opcionalmente, podrá incluirse en el Plan Anual las adjudicaciones de menor cuantía previstas a la fecha de su elaboración. Sin embargo, aquellas Entidades que, por razón de sus funciones u objetivos o por los recursos que le son asignados presupuestalmente, sólo tienen pre- visto realizar adjudicaciones de menor cuantía, deberán elaborar su Plan Anual con aquellas programables a la fe- cha de la elaboración del Plan. Deberá incluirse en el Plan Anual, las adquisiciones y contrataciones a realizarse dentro del marco de convenios internacionales, así como las que se convocarán mediante el Sistema de Evaluación Internacional de Procesos, a que se refiere el Decreto Ley Nº 25565. La información que a continuación se detalla será re- gistrada en forma ordenada, correlativa y sistematizada: a) Número de orden correlativo del proceso de selec- ción programado; b) Tipo del proceso de selección (licitación pública; lici- tación pública nacional; licitación pública internacional; con- curso público; concurso público nacional; concurso públi- co internacional; adjudicación directa pública; adjudicación directa selectiva; adjudicación de menor cuantía); c) Objeto de la contratación o adquisición (bienes, ser- vicios u obras); d) Síntesis de las especificaciones técnicas de los bie- nes, servicios u obras a adquirir o contratar; e) Código CIIU (Clasificación Industrial Internacional Uniforme) que más se aproxime al objeto de la adquisición o contratación; f) Valor estimado del objeto de la contratación o adqui- sición; g) Tipo de moneda; h) Fuente de financiamiento; i) Fecha probable de la convocatoria de los procesos de selección programados; j) Niveles de centralización y desconcentración de la facultad de adquirir o contratar; y, k) Cualquier observación que se estime conveniente informar.