Norma Legal Oficial del día 14 de diciembre del año 2001 (14/12/2001)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, viernes 14 de diciembre de 2001

Que, el Informe Legal Nº 023-2001-ORLL/GL de fecha 12.6.2001 precisa que es de aplicacion el inciso h) del Articulo 177º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 039-98-PCM que sanciona la MORDAZA de documentos falsos a las Entidades; Que, el Informe Tecnico Nº 018-2001-ORLL/GAF de fecha 14.6.2001 senala que se ha verificado que en el MORDAZA de seleccion en cuestion el postor ESGENOR SRL presento MORDAZA de servicios falsos; Que, de la revision de la documentacion obrante en autos se advierte que la Gerente de Factoria MORDAZA EIRL, en atencion al Oficio Multiple de la Entidad Nº 005-2001ORLL/GAF, cursa la carta de fecha 14.2.2001 en la cual manifiesta que ESGENOR SRL en ningun momento brindo servicios a su representada y que en consecuencia, el certificado presentado por el postor es falso; Que, mediante resolucion de fecha 18.7.2001 este Tribunal abre procedimiento administrativo sancionador al postor ESGENOR SRL por presunta infraccion prevista en el inciso h) del Articulo 177º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado y dispone notificar al postor para que en plazo de diez dias cumpla con presentar sus descargos; Que, mediante resolucion de fecha 24.8.2001 el Tribunal vista la razon de Secretaria que acredita que el postor no tiene domicilio MORDAZA, dispone notificarlo mediante publicacion de edicto en el Diario Oficial; Que, de la revision de los antecedentes se advierte que el postor incurrio en trasgresion al inciso h) del Articulo 177º del Reglamento entonces en MORDAZA de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado al haber presentado un certificado falso en la Adjudicacion Directa Nº 001-2001-ORLL; Que, la referida infraccion administrativa en el momento de su comision era sancionada con inhabilitacion para contratar con el Estado por un periodo no menor a dos anos; Que, la retroactividad MORDAZA de la MORDAZA mas favorable es un MORDAZA de la potestad sancionadora de la Administracion previsto en el Articulo 230º de la Ley del Procedimiento Administrativo General, Ley Nº 27444, aplicable al caso submateria por cuanto su Primera Disposicion Transitoria senala que son aplicables a los procedimientos en tramite "las disposiciones de la presente ley que reconozcan derechos o facultades a los administrados, asi como su Titulo Preliminar"; Que, la MORDAZA vigente en esta materia, esto es el Articulo 205º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado aprobado por Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM preve para esta infraccion la sancion de suspension para contratar con el Estado por un periodo no menor de tres meses ni mayor de un ano; Que, el inciso 1) del Articulo 209º del acotado Reglamento preve que para graduar la sancion a imponerse se considerara como criterio la naturaleza de la infraccion. En esa direccion, la MORDAZA de documentos falsos en un MORDAZA de seleccion convocado por el Estado es una grave infraccion por cuanto afecta el MORDAZA de buena fe que deben respetar los postores y contratistas en su relacion con la Administracion y que inspira a la contratacion publica; De conformidad con las facultades conferidas por el Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado con Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM y su Reglamento, aprobado por D.S. Nº 0132001-PCM, y luego de agotado el correspondiente debate; SE RESUELVE: 1. Sancionar a la empresa ESGENOR S.R.L. con la suspension temporal de un ano en el ejercicio de sus derechos a presentarse a procesos de seleccion y a contratar con el Estado, entendiendose que la sancion entrara en vigencia a partir del dia siguiente de su notificacion al infractor con esta resolucion. 2. Poner la respectiva resolucion en conocimiento del Registro Nacional de Contratistas para las correspondientes anotaciones de ley. 3. Devolver los antecedentes remitidos por la Entidad, para los fines consiguientes. Registrese, comuniquese y publiquese. SS. MORDAZA CARDICH WENDORFF MORDAZA BERAMENDI GALDOS 36160

ESSALUD
Aprueban Reglamento General del Concurso Publico de Meritos para la Seleccion de los Candidatos al "Consejo de Defensores" de la Defensoria del Asegurado de ESSALUD
MORDAZA EVALUADOR DE CANDIDATOS AL CONSEJO DE DEFENSORES DE LA DEFENSORIA DEL ASEGURADO ACUERDO Nº 018 SEPTIMA SESION ORDINARIA MORDAZA, 12 de diciembre de 2001 Aprobar el Reglamento General del Concurso Publico de Meritos para la Seleccion de los Candidatos al "Consejo de Defensores" de la "Defensoria del Asegurado de ESSALUD", y solicitar al Presidente Ejecutivo de ESSALUD disponga su publicacion en el Diario Oficial El Peruano, el dia 14 de diciembre de 2001, asi como tambien su inclusion en la pagina web de ESSALUD. La sesion se llevo a cabo bajo la Presidencia del senor MORDAZA MORDAZA Costa, representante de EsSalud y MORDAZA con la asistencia de los senores miembros: MORDAZA MORDAZA Saco, representante del Colegio de Abogados de Lima; MORDAZA Ubilluz Dhaga del MORDAZA, representante de la Academia Nacional de Medicina; MORDAZA Soriano MORDAZA, representante del Colegio Medico del Peru; MORDAZA MORDAZA Leclere, representante de la Defensoria del Pueblo; MORDAZA Murrugarra MORDAZA, representante del Ministerio de Trabajo y Promocion Social; MORDAZA Sologuren Calmet, representante de EsSALUD. MORDAZA URQUIETA MORDAZA Secretaria Tecnica

REGLAMENTO GENERAL DEL CONCURSO PUBLICO DE MERITOS PARA LA SELECCION DE LOS CANDIDATOS AL "CONSEJO DE DEFENSORES" DE LA "DEFENSORIA DEL ASEGURADO DE ESSALUD" Aprobado por Acuerdo Nº 018, del 12 de diciembre de 2001, Septima Sesion del MORDAZA Evaluador CAPITULO I GENERALIDADES
Articulo 1º.- El presente Reglamento regula el MORDAZA del Concurso Publico de Meritos para la seleccion de los tres miembros integrantes del Consejo de Defensores de la Defensoria del Asegurado de ESSALUD. Articulo 2º.- Podran participar en el presente Concurso todas las personas que cumplan los requisitos y el perfil establecidos en el Articulo 5º del presente Reglamento. Articulo 3º.- La Base Legal del Concurso esta constituida por: · Res.Nº 424-PE-ESSALUD-2001 - Aprueba el Reglamento de Organizacion y Funciones de la Defensoria del Asegurado de ESSALUD. · Res.Nº 454-PE-ESSALUD-2001 - Aprueba la Estructura Organica y el Reglamento de Organizacion y Funciones de ESSALUD. · Res.Nº 466-PE-ESSALUD-2001 - Modifica la Resolucion Nº 424-PE-ESSALUD-2001. · Res. Nº 507-PE-ESSALUD-2001 - Constituye el MORDAZA Evaluador y dispone la Convocatoria a Concurso Publico de Meritos. · Res. Nº 510-PE-ESSALUD-2001 - Designa Secretaria Tecnica del MORDAZA Evaluador. · Res. Nº 513-PE-ESSALUD-2001 - Amplia plazo para publicacion de Convocatoria al Concurso Publico. · Res. Nº 525-PE-ESSALUD-2001 - Se acepta renuncia y se designa MORDAZA miembro del MORDAZA Evaluador.

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