Norma Legal Oficial del día 14 de diciembre del año 2001 (14/12/2001)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, viernes 14 de diciembre de 2001

considerando ademas la gravedad de tales incumplimientos y la naturaleza de la omision incurrida asi como sus implicancias administrativas y penales, se han ejecutado todas las formalidades necesarias con el objeto de resolver el contrato segun lo pactado; Que, resuelto el contrato de Seguridad y Vigilancia con el Consorcio Pro Vigilia S.A. - Indagaciones y Vigilancia S.A. (INVISA) se ha generado una situacion de peligro inminente e inseguridad para las instalaciones de la institucion que perjudican el normal desarrollo de sus actividades; Que, el inciso c) del Articulo 19º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM, senala que estan exonerados de los procesos de Licitacion Publica, Concurso Publico o Adjudicacion Directa, segun sea el caso, las adquisiciones y contrataciones que se realicen en situacion de urgencia, declaradas de conformidad con la referida ley; Que, el Articulo 21º del citado texto legal senala que se considera situacion de urgencia cuando la ausencia extraordinaria e imprevisible de determinado bien o servicio compromete en forma directa e inminente la continuidad de los servicios esenciales o de las operaciones productivas que la Entidad tiene a su cargo, facultando dicha situacion a la entidad, a la adquisicion o contratacion de los bienes u obras por el tiempo o cantidad necesarios segun sea el caso, para llevar a cabo el MORDAZA de seleccion que corresponda; Que, el Articulo 20º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado establece que las adquisiciones o contrataciones exoneradas del MORDAZA de Licitacion, Concurso Publico o Adjudicacion Directa, se realizaran mediante MORDAZA de Adjudicacion Directa de Menor Cuantia, y se aprobaran mediante Resolucion del Titular del Pliego, requiriendo de un Informe Tecnico Legal previo; dicha Resolucion sera publicada en el Diario Oficial El Peruano, debiendo remitirse MORDAZA de la misma y de los Informes que la sustentan a la Contraloria General de la Republica, dentro de los diez (10) dias siguientes a la fecha de su aprobacion; Que, el Articulo 108º del Reglamento del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 013-2001PCM y modificado mediante Decreto Supremo Nº 0792001-PCM, senala que la situacion de urgencia debe entenderse como una medida temporal ante un hecho de excepcion que determina una accion rapida, a fin de adquirir o contratar lo indispensable para paliar la urgencia, sin perjuicio de que se realice el MORDAZA de seleccion correspondiente para las adquisiciones y contrataciones definitivas; Que, en consecuencia, la ONPE debe actuar con celeridad y contratar urgente y directamente a la empresa de seguridad y vigilancia que preste tales servicios a la entidad, considerando el inminente peligro que corren las instalaciones y actividades de la misma, por el plazo que demore el MORDAZA de Seleccion del respectivo concurso Publico, mediante el MORDAZA de Adjudicacion Directa de Menor Cuantia; En tal sentido, se debe expedir la disposicion que asi lo apruebe de conformidad con el Articulo 9º inciso h) del Reglamento de Organizacion y Funciones aprobado por Resolucion Jefatural Nº 482-2001-J/ONPE; Articulo 19º inciso c), Articulo 20º y Articulo 21º del Texto Unico ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM y el Articulo 108º de su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Declarar en situacion de urgencia la contratacion del Servicio de Seguridad y Vigilancia para los locales de la Oficina Nacional de Procesos Electorales, por el periodo que demore el Concurso Publico que se convocara para la contratacion del servicio definitivo. Articulo 2º.- Autorizar que los servicios en mencion MORDAZA contratados mediante el MORDAZA de Adjudicacion de Menor Cuantia. Articulo 3º.- Disponer que la Gerencia de Administracion y Finanzas remita MORDAZA de la presente Resolucion y de los informes que sustentan la exoneracion, a la Contraloria General de la Republica dentro de los diez dias calendario siguientes a la fecha de su aprobacion, conforme a lo dispuesto en el Articulo 20º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA SOLDEVILLA Jefe 36298

MINISTERIO PUBLICO
Declaran en emergencia y en MORDAZA de reestructuracion al Instituto de Medicina Legal
RESOLUCION DE LA FISCALIA DE LA NACION Nº 1309-2001-MP-FN MORDAZA, 13 de diciembre de 2001 VISTOS: El Informe Nº 010-2001-2-0275 sobre "Examen Especial Ampliatorio al Instituto de Medicina Legal"; CONSIDERANDO: Que, mediante informe de vistos, el Organo de Auditoria Interna da a conocer los resultados del examen especial ampliatorio al Ministerio Publico y recomienda se declare en emergencia y en MORDAZA de reestructuracion al Instituto de Medicina Legal; Que, en ejecucion de las recomendaciones del Organo de Control es necesario declarar en emergencia y en MORDAZA de reestructuracion al Instituto de Medicina Legal, asi como designar para tal efecto a la Comision de Reestructuracion que se encargara de conducir tal proceso; Que, a fin de garantizar un MORDAZA integral, la Comision de Reestructuracion debera encargarse de formular los respectivos proyectos de Reglamento de Organizacion y Funciones, Manual de Organizacion y Funciones y Cuadro de Asignacion de Personal; asimismo asesorara al Gerente Tecnico en la conduccion del Instituto de Medicina Legal, en el seguimiento de las recomendaciones del Organo de Auditoria Interna y cuando se formulen las propuestas para los encargos de funcion o designaciones en cargos de confianza del Instituto de Medicina Legal; Con la visacion de la Gerencia de Asesoria Juridica y Gerencia General; De conformidad con el Articulo 64º del Decreto Legislativo Nº 052 - Ley Organica del Ministerio Publico; SE RESUELVE: Articulo 1º.- DECLARAR a partir de la fecha, en emergencia y en MORDAZA de reestructuracion al Instituto de Medicina Legal. Articulo 2º.- DESIGNAR a partir de la fecha a la Comision de Reestructuracion encargada de conducir, en un plazo de 90 dias contados desde su instalacion, el MORDAZA de reestructuracion del Instituto de Medicina Legal, la misma que estara integrada por las siguientes personas: Dr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA, quien la presidira. Dr. MORDAZA MORDAZA Baca. Dra. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Palao. Dr. MORDAZA Brush Marmol. Dr. MORDAZA Solimano Heresi. Articulo 3º.- La Comision debera proponer, el proyecto del MORDAZA Organigrama, Reglamento de Organizacion y Funciones, Manual de Organizacion y Funciones y Cuadro de Asignacion de Personal; asimismo, asesorara al Gerente Tecnico en la conduccion del Instituto de Medicina Legal, en el seguimiento de las recomendaciones del Organo de Auditoria Interna y cuando se formulen las propuestas para los encargos de funcion o designaciones en cargos de confianza del Instituto de Medicina Legal. Articulo 4º.- Autorizar la contratacion de los profesionales medicos con amplia experiencia en administracion asi como a gestionar la cooperacion tecnica internacional, que MORDAZA necesarios para el desarrollo de las funciones de la Comision. Articulo 5º.- La Comision contara con el apoyo de la Gerencia de Planificacion y Estadistica que actuara como Secretaria Tecnica y esta facultada para solicitar cualquier MORDAZA de informacion o trabajos preparatorios a todas las dependencias de la institucion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Fiscal de la Nacion 36280

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