Norma Legal Oficial del día 14 de diciembre del año 2001 (14/12/2001)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, viernes 14 de diciembre de 2001

Que, el Articulo 106º de la precitada MORDAZA establece que la exoneracion del MORDAZA de seleccion para contrataciones entre entidades el Sector Publico, debe estar sustentada en un Informe tecnico economico elaborado por la entidad que detalle y demuestre que: a) la contratacion resulta mas favorable y ventajosa en comparacion con los precios del mercado; b) que, en razon de costos de oportunidad, resulta mas eficiente contratar con otra entidad del Estado; Que, de acuerdo al Oficio Nº 398-2001-CTAR-LDRELDOA-ABA, por el cual el Jefe de Abastecimiento de la DREL, remite un Informe Tecnico Economico sustentatorio para contratar los servicios de la Motonave ANGAMOS, perteneciente a la Municipalidad distrital del Yaquerana, para cubrir la ruta Yaquerana - Angamos - Islandia - Iquitos, el mismo que ha sido aprobado por la Direccion de Administracion de la DREL; y al Informe Legal Nº 399-2001-CTAR-L-DREL-DOAJ, de la Direccion de Asesoria Juridica de la DREL que determina que es factible la calificacion de la causal de exoneracion prevista en el inciso a) del Articulo 19º de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado; Que, de conformidad con los Articulos 19º inciso a) y 20º de la Ley Nº 26850 - Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado aprobado por el D.S. Nº 012-2001-PCM, Articulos 106º y 116º de su Reglamento aprobado por D.S. Nº 013-2001-PCM; Que, estando a las visaciones de las Direcciones de Asesoria Juridica, Gestion Institucional y Administracion de la Direccion Regional de Educacion de MORDAZA, en uso de las facultades conferidas por el Manual y Reglamento de Organizacion y Funciones de la Direccion Regional de Educacion de MORDAZA, aprobadas por las Resoluciones Directorales Nºs. 02528 y 02527 del 5 de MORDAZA del 2001, respectivamente; SE RESUELVE: Articulo Primero.- Declarar la contratacion de los servicios de la Motonave ANGAMOS, de propiedad de la Municipalidad distrital del Yaquerana, para cubrir la ruta Yaquerana - Angamos - Islandia - Iquitos, como entre entidades del Sector Publico, de conformidad con el inciso a) del Articulo 19º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado aprobado por el D.S. Nº 012-2001-PCM. Articulo Segundo.- Exonerar del MORDAZA de Adjudicacion Directa, la contratacion de los servicios de la Motonave ANGAMOS, de propiedad de la Municipalidad Distrital del Yaquerana, para cubrir la ruta Yaquerana - Angamos - Islandia - Iquitos, para que traiga de retorno a los docentes nombrados y contratados designados en las areas de frontera. Articulo Tercero.- La Direccion de la Oficina de Administracion remitira MORDAZA de la presente Resolucion Directoral y de los Informes que sustentan esta exoneracion, a la Contraloria General de la Republica, dentro de los diez dias calendario siguientes a la fecha de su expedicion. Registrese y comuniquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Director Regional de Educacion de MORDAZA 36183 RESOLUCION DIRECTORAL Nº 03806-2001-CTAR-L-DREL-D Iquitos, 30 de noviembre de 2001 Visto, los antecedentes adjuntos; CONSIDERANDO: Que, conforme a lo dispuesto en el inciso a) del Articulo 19º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por D.S. Nº 012-2001-PCM, las contrataciones en situacion de emergencia o de urgencia declaradas de conformidad con dicha ley estan exoneradas de los procesos de seleccion de Licitacion Publica, Concurso Publico o Adjudicacion Directa que les correspondan, procediendo su contratacion, mediante una Adjudicacion Directa de Menor Cuantia conforme a lo dispuesto por el Articulo 116º del Reglamento de la Ley, aprobado por D.S. Nº 013-2001-PCM;

Que, el Articulo 108º de la precitada MORDAZA establece que la situacion de urgencia debe entenderse como una medida temporal ante un hecho de excepcion que determina una accion rapida a fin de adquirir o contratar lo indispensable para paliar la urgencia, sin perjuicio de que se realice el MORDAZA de seleccion correspondiente para las adquisiciones y contrataciones definitivas; Que, de acuerdo al Oficio Nº 400-2001-CTAR-LDRELDOA-ABA, por el cual el Jefe de Abastecimiento de la DREL, remite un Informe Tecnico Economico sustentatorio para contratar los servicios de la Motonave NATALIA/ MORDAZA, de propiedad de la Empresa Transporte Fluvial y Terrestre Amazonia E.I.R.Ltda., para cubrir la ruta Gueppi - Tres Fronteras - Angusilla - Estrecho - El Alamo Iquitos, el mismo que ha sido aprobado por la Direccion de Administracion de la DREL; y al Informe Legal Nº 403-2001CTAR-L-DREL-DOAJ, de la Direccion de Asesoria Juridica de la DREL que determina que es factible la calificacion de la causal de exoneracion prevista en el inciso c) del Articulo 19º de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado; Que, de conformidad con los Articulos 19º inciso c) y 20º de la Ley Nº 26850 - Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado aprobado por el D.S. Nº 012-2001-PCM, Articulos 108º y 116º de su Reglamento aprobado por D.S. Nº 013-2001-PCM; Que, estando a las visaciones de las Direcciones de Asesoria Juridica, Gestion Institucional y Administracion de la Direccion Regional de Educacion de MORDAZA, en uso de las facultades conferidas por el Manual y Reglamento de Organizacion y Funciones de la Direccion Regional de Educacion de MORDAZA, aprobadas por las Resoluciones Directorales Nºs. 02528 y 02527 del 5 de MORDAZA del 2001, respectivamente; SE RESUELVE: Articulo Primero.- Declarar la contratacion de los servicios de la Motonave NATALIA/CAROLINA, de propiedad de la Empresa Transporte Fluvial y Terrestre Amazonia E.I.R.Ltda., para cubrir la ruta Gueppi - Tres Fronteras Angusilla - Estrecho - El Alamo - Iquitos, como situacion de urgencia, de conformidad con el inciso c) del Articulo 19º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado aprobado por el D.S. Nº 0122001-PCM. Articulo Segundo.- Exonerar del MORDAZA de Adjudicacion Directa, la contratacion de los servicios de la Motonave NATALIA/CAROLINA, de propiedad de la Empresa Transporte Fluvial y Terrestre Amazonia E.I.R.Ltda., para cubrir la ruta Gueppi - Tres Fronteras - Angusilla - Estrecho - El Alamo - Iquitos, para que traiga de retorno a los docentes nombrados y contratados designados en las areas de frontera. Articulo Tercero.- La Direccion de la Oficina de Administracion remitira MORDAZA de la presente Resolucion Directoral y de los Informes que sustentan esta exoneracion, a la Contraloria General de la Republica, dentro de los diez dias calendario siguientes a la fecha de su expedicion. Registrese y comuniquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Director Regional de Educacion de MORDAZA 36184

GOBIERNOS LOCALES MUNICIPALIDAD METROPOLITANA DE MORDAZA
Suspenden la ejecucion de todo MORDAZA de obra en areas de uso publico del Centro Historico de MORDAZA hasta el 3 de enero de 2002
DECRETO DE ALCALDIA Nº 149
MORDAZA, 12 de diciembre de 2001

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