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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 20 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2001 (20/12/2001)

CANTIDAD DE PAGINAS: 44

TEXTO PAGINA: 27

Pág. 214213 NORMAS LEGALES Lima, jueves 20 de diciembre de 2001 Que, la Primera Disposición Transitoria del mencionado Reglamento, señala que le corresponde al Ministerio de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construcción, disponer la aplicación progresiva del Seguro Obligatorio de Accidentes de Tránsito; Que, el Artículo 3º de la Resolución Ministerial Nº 336- 2001-MTC/15.02, modificado por el Artículo Único de la Resolución Ministerial Nº 475-2001-MTC/15.02, estableció el cronograma para la adecuación o contratación, según el caso, del Seguro Obligatorio de Accidentes de Tránsito; Que, el Reglamento Nacional de Responsabilidad Civil y Seguros Obligatorios por Accidentes de Tránsito conti- núa siendo revisado por este Sector con la finalidad de in- troducirle algunas mejoras que garanticen a toda la pobla- ción un sistema eficiente de seguros; Que, en consecuencia, es necesario modificar el cro- nograma para la aplicación progresiva del Seguro Obliga- torio de Accidentes de Tránsito; De conformidad con lo establecido por la Primera Dis- posición Transitoria del Reglamento Nacional de Respon- sabilidad Civil y Seguros Obligatorios por Accidentes de Tránsito, aprobado por Decreto Supremo Nº 049-2000-MTC; SE RESUELVE: Artículo Único.- Modificar el Artículo 3º de la Resolu- ción Ministerial Nº 336-2001-MTC/15.02, el cual a su vez fue modificado por el Artículo Único de la Resolución Mi- nisterial Nº 475-2001-MTC/15.02, el cual quedará redacta- do de la siguiente manera: "Artículo 3º .- El cronograma para la adecuación al Se- guro Obligatorio de Accidentes de Tránsito o la contrata- ción de éste, según el caso, es el siguiente: Nº FECHA VEHÍCULOS 1Hasta el 28 de febrero del 2002 Transporte interprovincial de pasajeros por carretera, transporte urbano e inte- rurbano de pasajeros, transporte turísti- co, transporte de trabajadores, transporte de personal, transporte de carga y transporte especial de pasaje- ros en vehículos menores. 2Hasta el 31 de marzo del 2002 Servicio público de taxis, transporte escolar y vehículos automotores de transporte particular. Regístrese, comuníquese y publíquese. LUIS CHANG REYES Ministro de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construcción 36658 Modifican resolución que otorgó a Lade- co S.A. permiso de operación del servi- cio de transporte aéreo internacional regular de carga RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nº 181-2001-MTC/15.16 Lima, 3 de diciembre del 2001 Vista la solicitud de LADECO S.A., sobre Modificación de Permiso de Operación de Servicio de Transporte Aéreo Regular Internacional de carga; CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Directoral Nº 045-2000-MTC/ 15.16 del 18 de febrero de 2000, modificada por Resolu- ción Directoral Nº 061-2001-MTC/15.16 del 2 de abril de 2001, se otorgó a LADECO S.A., de conformidad con la Resolución Ministerial Nº 099-98-MTC/15.12 y la Resolu- ción Directoral Nº 025-98-MTC/15, Permiso de Operaciónpara prestar Servicio de Transporte Aéreo Internacional Regular de carga, por el plazo de cinco (5) años; Que, LADECO S.A. en el presente trámite de Modifi- cación, requiere el incremento de rutas, número de fre- cuencias y derechos de tráfico a ser explotados; Que, según los términos de los Memorándum Nº 0253- 2001-MTC/15.16.02, emitido por la Oficina de la Ase- soría Legal; Memorándum Nº 317-2001-MTC/ 15.16.05.2, emitido por la Subdirección de Aerona- vegabilidad, Memorándum Nº 394-2001-MTC/ 15.16.05.3, emitido por la Subdirección de Operacio- nes y Memorándum Nº 518-2001-MTC/15.16.03, emiti- do por la Oficina de Asesoría de Política Aérea; se con- sidera pertinente atender lo solicitado al haber cumpli- do la recurrente con los requisitos establecidos en la Ley Nº 27261 - Ley de Aeronáutica Civil, Decreto Su- premo Nº 054-88-TC y sus modificatorias; y, demás dis- posiciones legales vigentes; Que, la Junta de Aeronáutica Civil del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones de la República de Chi- le ha designado a LADECO S.A., para realizar servicios de transporte aéreo regular internacional de carga; De conformidad con la Ley Nº 27261 - Ley de Aero- náutica Civil, Decreto Supremo Nº 054-88-TC y sus modi- ficatorias; las Regulaciones Aeronáuticas del Perú y de- más disposiciones legales vigentes, y con la opinión favo- rable de las áreas competentes; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Modificar el Artículo 1º de la Resolución Directoral Nº 045-2000-MTC/15.16, que otorgó a LADECO S.A., Permiso de Operación de Servicio de Transporte Aé- reo Internacional Regular de Carga, por el plazo cinco (5) años contados a partir del 10 de marzo de 2000, en el ex- tremo siguiente: NATURALEZA DEL SERVICIO: -Aviación Comercial - Servicio de Transporte Aéreo Regular de carga. ÁMBITO DEL SERVICIO: -Internacional. MATERIAL AERONÁUTICO: -BOEING B-767-300F. RUTAS, FRECUENCIAS Y DERECHOS AERO- COMERCIALES: CON DERECHOS DE TRÁFICO DE TERCERA, CUARTA Y QUINTA LIBERTAD DEL AIRE: -SANTIAGO y/o IQUIQUE y/o CIUDAD DEL ESTE y/o ASUNCIÓN y/o MONTEVIDEO - LIMA y/o GUAYA- QUIL - MIAMI y vv., con cuatro (4) frecuencias. -SANTIAGO y/o IQUIQUE y/o CIUDAD DEL ESTE y/o ASUNCIÓN y/o MONTEVIDEO - LIMA y/o GUAYA- QUIL - LOS ANGELES y vv., con cuatro (4) frecuencias. CON DERECHOS DE TRÁFICO DE SÉPTIMA LIBER- TAD DEL AIRE: -MIAMI - LIMA y vv., con siete (7) frecuencias sema- nales. -MIAMI - LIMA - LOS ANGELES, con dos (2) fre- cuencias semanales. Pudiendo omitir escalas en los itinerarios. BASE DE OPERACIÓN: -Aeropuerto Internacional de Santiago de Chile. Artículo 2º.- Los demás términos de la Resolución Di- rectoral Nº 045-2000-MTC/15.16 del 18 de febrero de 2000