Norma Legal Oficial del día 20 de diciembre del año 2001 (20/12/2001)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, jueves 20 de diciembre de 2001

y Resolucion Directoral Nº 061-2001-MTC/15.16 del 2 de MORDAZA del 2001, continuan vigentes. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA KUAN VENG Director General de Aeronautica Civil 36242

ORGANISMOS AUTONOMOS CONTRALORIA GENERAL
Sancionan con suspension del RUNSA a la Sociedad de Auditoria MORDAZA Velasco Contadores Publicos Sociedad Civil
RESOLUCION DE CONTRALORIA Nº 219-2001-CG

PODER JUDICIAL CORTES SUPERIORES DE JUSTICIA
Designan vocal provisional de la Primera Sala Penal Corporativa para Procesos Ordinarios con Reos en Carcel
RESOLUCION ADMINISTRATIVA Nº 0349-2001-P-CSJL/PJ MORDAZA, 19 de diciembre del 2001 VISTO Y CONSIDERANDO: Que, mediante documento de fecha catorce de diciembre del ano en curso, el doctor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Vocal Titular de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA, solicita la concesion del goce del descanso fisico vacacional pendiente, a partir del veinte de diciembre del presente ano; Que, a la fecha el senor doctor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, en su calidad de Vocal Titular, viene integrando la Primera Sala Penal Corporativa para Procesos Ordinarios con Reos en Carcel, y a efectos de no paralizar el normal desempeno de las funciones jurisdiccionales al interior de la Sala indicada, resulta necesario la designacion de un Vocal que asumira la carga procesal correspondiente al doctor MORDAZA MORDAZA, mientras dure su ausencia; Que, el Presidente de la Corte Superior de Justicia es la MORDAZA autoridad administrativa en el Distrito Judicial a su cargo, por lo que asume competencia administrativa, dictando las medidas mas apropiadas, para que las MORDAZA Superiores de Justicia, puedan funcionar de manera efectiva y eficiente, orientado a brindar un mejor servicio de Administracion de Justicia, en beneficio de los justiciables y de la colectividad en general; Que, estando a lo establecido y en merito a las facultades previstas y otorgadas por los incisos 3) y 9) del Articulo 90º del Texto Unico de la Ley Organica del Poder Judicial; SE RESUELVE: Articulo Primero.- DESIGNAR al doctor MORDAZA MORDAZA MORDAZA CONTTI, Juez Titular del Decimo Setimo Juzgado Penal de MORDAZA, como Vocal Provisional integrante de la Primera Sala Penal Corporativa para Procesos Ordinarios con Reos en Carcel, a partir del 20 al 31 de diciembre del ano en curso, estando a la licencia por vacaciones concedida al doctor MORDAZA MORDAZA MORDAZA Abad. Articulo Segundo.- PONER la presente Resolucion en conocimiento de la Presidencia del Poder Judicial, de la Presidencia del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, de la Oficina de Control de la Magistratura, de la Gerencia General, de la Supervision de Personal, de la Fiscalia de la Nacion, de la Presidencia de la MORDAZA Sala Civil y del Vocal designado para los fines pertinentes. Registrese, publiquese, cumplase y archivese. MORDAZA R. MORDAZA MORDAZA Presidente de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA 36625

MORDAZA, 20 de noviembre de 2001 Vistos; la Hoja de Recomendacion Nº 032-2001-CG/ OSA del 6.NOV.2001, sobre sancion a la Sociedad de Auditoria MORDAZA Velasco Contadores Publicos Sociedad Civil; contando con las visaciones de las Oficinas de Sociedades de Auditoria y Asesoria Tecnica Juridica; CONSIDERANDO: Que, con la Resolucion de Contraloria Nº 270-2000CG del 22.DIC.2000 se designo a la Sociedad de Auditoria MORDAZA Velasco CC.PP. Sociedad Civil, para auditar los estados financieros y otros aspectos operativos de la Superintendencia Nacional de los Registros Publicos SUNARP, periodo 2000; Que, durante la ejecucion del examen, la Sociedad de Auditoria MORDAZA Velasco Contadores Publicos Asociados S.C. actualizo su informacion en el Registro Unico de Sociedades de Auditoria (RUNSA) con la Carta Nº 128-2001-CV del 10.ABR.2001 excluyendo de su personal permanente al Jefe de Comision responsable del examen que se venia efectuando a SUNARP, por lo que la Oficina de Sociedades de Auditoria solicito a la Entidad con el Oficio Nº 665-2001-CG/ DSA el control de asistencia de los auditores externos; Que, la SUNARP con el Oficio Nº 005-2001-SUNARP/ CC del 14.MAY.2001 remite el control de asistencia elaborado por la Sociedad Auditora, en el cual consta la asistencia del Jefe de Comision del 19.FEB.2001 al 2.MAY.2001. Adicionalmente, la Entidad remite los Oficios Nºs. 007 y 010-2001-SUNARP/CC del 21 y 28.MAY.2001, indicando que al verificar la asistencia de los auditores externos con su personal de seguridad, han constatado que el Jefe de Comision y dos asistentes del equipo propuesto, no asistieron a la entidad durante el periodo de la auditoria; Que, con la finalidad de verificar estos hechos se invito a una reunion al Jefe de Comision, quien confirmo ante este Organismo Contralor que no asistio a la auditoria a SUNARP conforme consta en el Acta de Coordinacion del 16.MAY.2001, desconociendo su firma en el reporte de asistencia elaborado por la Sociedad de Auditoria MORDAZA Velasco Contadores Publicos Asociados S.C.; Que, en atencion a los hechos expuestos con el Oficio Nº 775-2001-CG/DSA del 28.MAY.2001 se procedio a iniciar el MORDAZA investigatorio conforme al procedimiento establecido en el Articulo 48º del Reglamento de Designacion de Sociedades; Que, la Sociedad de Auditoria MORDAZA Velasco Contadores Publicos Sociedad Civil senala en sus descargos que el Jefe de Comision y dos asistentes no asistieron a la SUNARP por razones de orden economico laboral, sin embargo, fueron reemplazados por Contadores Publicos Colegiados, por lo que no existio la intencion de mermar la calidad ni cantidad de auditores; Que, en consecuencia se evidencia que la Sociedad de Auditoria transgredio los Articulos 21º, 37º y 41º del Reglamento de Designacion de Sociedades al incumplir su propuesta, el contrato y por modificar unilateralmente el contrato sin conocimiento y opinion de la Contraloria General; asimismo transgredio los Postulados VII y X del Codigo de Etica del Auditor Gubernamental; incurriendo en las infracciones establecidas en los incisos b) y h) del Articulo 49º del Reglamento de Designacion de Sociedades de Auditoria; Que, para la imposicion de la sancion correspondiente debe tomarse en cuenta la gravedad de la falta y la forma o

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