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Pág. 206997 NORMAS LEGALES Lima, jueves 19 de julio de 2001 f) Proponer al Ministerio de Educación, los proyectos de normas legales relacionadas con el ámbito de la competencia del Instituto. g) Aprobar la política de captación de ingresos pro- pios, los que pueden ser mediante recepción o entrega de dinero, objetos, programas, servicios, incluyendo la ven- ta de espacios, auspicios publicitarios y cualquier otra modalidad propia de la actividad que realiza. h) Aprobar los convenios y contratos de cooperación técnica o de cualquier otra índole, con entidades naciona- les o extranjeras, públicas o privadas, relacionados con las actividades del IRTP. i) Otorgar Poderes a la Presidencia ejecutiva o a la Gerencia General, dentro del marco establecido en el presente reglamento. j) Otras funciones o atribuciones que le confiere las normas legales o reglamentarias en materia de su com- petencia. Artículo 10º.- El Consejo Directivo sesionará como mínimo una vez al mes y las veces que requiera la operatividad Institucional. Los miembros del Consejo recibirán una dieta, cuyo monto será fijado por Decreto Supremo de conformidad a las Normas vigentes, con un máximo de dos (2) al mes. Artículo 11º.- El ejercicio del cargo de Miembro del Consejo tiene una duración de dos (2) años, pudiendo ser renovado, por renuncia, muerte o incapacidad perma- nente que le impida ejercer el cargo. Artículo 12º.- La Presidencia Ejecutiva es el órgano de dirección administrativa de más alto nivel de la Institución, que tiene la misión de dirigir y supervisar la gestión del Instituto, de conformidad con los objetivos, metas y políticas establecidos por el Consejo Directivo y de acuerdo a las disposiciones legales y administrativas vigentes. El Presidente Ejecutivo es el titular del Pliego Presupuestal y ejerce la representación institucional. Artículo 13º.- Son funciones y atribuciones de la Presidencia Ejecutiva: a) Representar al IRTP y contratar según los límites fijados en la estructura de poderes en el marco de las normas aplicables. b) Convocar al Consejo Directivo y presidir sus sesio- nes. c) Dirigir la marcha de la Institución en el marco de las políticas fijadas por el Consejo Directivo, conducir las relaciones del Instituto con los poderes del Estado y Orga- nismos Públicos y Privados, nacionales y extranjeros. d) De acuerdo a las facultades otorgadas por el Con- sejo Directivo, proponer los cargos de confianza, a los titulares de los órganos de control, asesoramiento, apoyo y de línea y al Gerente General, para la aprobación del Consejo Directivo. e) Proponer al Consejo Directivo la aprobación de los documentos de gestión, normas legales, convenios y otros, que son formulados por los órganos del Instituto, que corresponden al ámbito de su competencia, en el marco de las funciones y atribuciones que se establecen en el pre- sente reglamento y las dispositivos legales vigentes. f) Delegar en el Gerente General la facultad de la representación legal de la Institución y la administración de los recursos económicos, financieros y materiales. g) Las demás que le corresponda de acuerdo a su naturaleza y atribuciones. Artículo 14º.- La Gerencia General es el órgano administrativo y ejecutivo, encargado de ejecutar los acuerdos tomados por el Consejo Directivo y conducir al Instituto en el marco de sus atribuciones que establece el presente reglamento. El Gerente General ejerce la representación legal. Artículo 15º.- Son funciones y atribuciones del Ge- rente General: a) Dirigir, coordinar, controlar y supervisar las ac- ciones de los órganos de la Institución, de acuerdo a los lineamientos de política y demás disposiciones vigen- tes. b) Ejercer la representación legal del IRTP y de ser el caso, delegar sus facultades total o parcialmente, de conformidad con las disposiciones vigentes sobre la ma- teria, con las facultades generales y especiales de los Artículos 74º y 75º del Código Procesal Civil.c) Administrar los recursos económicos financier os y materiales del IRTP, según las atribuciones conferi- das en el marco del presente reglamento y normas vigentes. d) Designar y remover a los trabajadores excepto los señalados en el Art. 9º, Inc. b, del presente Regla- mento. e) Presentar los Planes Estratégicos y Operativos Institucionales y efectuar su evaluación, de acuerdo con las directivas del Ministerio de Economía y Finanzas. f) Presentar el Presupuesto Anual, los Estados Fi- nancieros, Informes de Gestión y la Memoria Anual. g) Asistir a las reuniones del Consejo Directivo, con voz pero sin voto. h) Las demás funciones que sean propias a la Geren- cia General y las que le asigne el Consejo Directivo. i) Presentar los documentos de gestión y otros que son formulados por los órganos del Instituto, según corres- ponde al ámbito de su competencia, en el marco del presente Reglamento y normatividad vigente. DEL ORGANO DE CONTROL Artículo 16º.- La Oficina General de Auditoría In- terna es el órgano encargado de ejercer las acciones de control interno posterior de la gestión administrativa y operativa del IRTP, del cumplimiento de sus metas y objetivos en forma integral, sistemática y permanente, en armonía con las disposiciones del Sistema Nacional de Control y la política institucional. Está a cargo de un funcionario denominado Auditor General, depende je- rárquicamente y administrativamente del Consejo Di- rectivo y funcionalmente de la Contraloría General de la República. Artículo 17º.- Son funciones de la Oficina General de Auditoría Interna: a) Cautelar el cumplimiento de las disposiciones emitidas por la Contraloría General de la República, Contaduría Pública de la Nación, Leyes Anuales de Presupuesto y demás disposiciones emanadas de los Poderes del Estado, en materia presupuestal, financiera y administrativa. b) Asesorar a la Alta Dirección en materia de Control y Auditoría. c) Asistir al Presidente del Consejo Directivo y al Gerente General. d) Formular, dirigir y ejecutar el Plan Anual de Control del IRTP en concordancia con la Política Institu- cional y las disposiciones que sobre la materia emanen del Sistema Nacional de Control. e) Dirigir y ejecutar las Auditorías y Exámenes Espe- ciales de acuerdo a las Normas de Auditoría General- mente Aceptadas NAGA(s) y las Normas de Auditoría Gubernamental - NAGU(s). f) Presentar simultáneamente los Informes de las Acciones de Control al Consejo Directivo, Contraloría General de la República y al Titular del Sector. g) Efectuar el seguimiento y evaluación de la ejecu- ción de las medidas correctivas derivadas de las acciones de control e informar oportunamente a los niveles cita- dos en el numeral anterior. h) Participar en calidad de observador en los procesos de Licitación y Concursos Públicos que efectúe el Insti- tuto. i) Formular el Plan Operativo Anual del área en concordancia con los Lineamientos de Política Institu- cional, con las reservas de confidencialidad que emanan de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y sus normas anexas y conexas. j) Otras de su competencia que le asigne el Consejo Directivo en el marco de la Ley del Sistema Nacional de Control. DE LOS ORGANOS DE ASESORAMIENTO Artículo 18º.- La Oficina General de Planificación y Desarrollo es el órgano encargado de formular y conducir los procesos de planeamiento, racionalización, cooperación técnica y desarrollo institucional. Está a cargo de un funcionario denominado Director General de Planificación y Desarrollo, que depende de la Geren- cia General.