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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 21 DE JULIO DEL AÑO 2001 (21/07/2001)

CANTIDAD DE PAGINAS: 96

TEXTO PAGINA: 62

Pág. 207180 NORMAS LEGALES Lima, sábado 21 de julio de 2001 sión Nºs. 000126 y 000142 del 31 de enero y 5 de febrero de 2001, respectivamente, de la Aduana Marítima del Callao; Que, el 29 de octubre de 1954, el Gobierno de los Estados Unidos de América y el Gobierno del Perú celebraron un Convenio referente a Suministros y Equi- pos Humanitarios, mediante el cual se otorgan facilida-des a Agencias de Rehabilitación y Socorro VoluntarioNo Lucrativas para la distribución de productos agríco-las alimenticios y la ejecución de Programas de Asisten-cia Humanitaria; Que, en el marco del Instrumento citado, el 20 de marzo del año 2001 se suscribe el Convenio de Dona-ción de Ayuda Alimentaria de Título II para Monetiza-ción y Distribución Directa – Año Fiscal 2001, entre elGobierno del Perú y el Gobierno de los Estados Unidosde América, por el que el Gobierno Peruano, represen- tado por el Ministerio de Relaciones Exteriores y a solicitud del Ministerio de Promoción de la Mujer y delDesarrollo Humano a través del Programa Nacionalde Asistencia Alimentaria -PRONAA, oficialmenteacepta y aprueba la donación de aproximadamente78,998 TM de alimentos del Gobierno Norteamerica- no, de las cuales 5,810 se usarán en Programas de Distribución Directa y 73,188 TM se utilizarán paraMonetización; Que, en virtud al Artículo I: Aceptación de la Dona- ción del referido instrumento, la donación está sujeta ala disponibilidad de los productos y de los fondos, pudien- do el donante sustituir los productos, en parte o en su totalidad, con un producto o productos apropiados y/olimitar el valor total de cada producto debido a la varia-ción de precios o a cualquier otro factor que puedaafectar esta donación; Que, en el Artículo III: Ejecución del Programa del mencionado Convenio de Donación, se acuerda que los alimentos importados para la distribución directa ymonetización serán de propiedad exclusiva de las Agen-cias Voluntarias de Título II, entre las cuales se encuen-tra la Cooperativa Americana de Remesas al Exterior -CARE, quienes asumirán la responsabilidad total desde su recepción en puertos peruanos hasta la distribución al beneficiario final, debiendo utilizarlos en sus Progra-mas Sociales y de Apoyo Alimentario que ejecutan en elmarco del Plan Nacional de Nutrición y Alimentación1998-2000; Que, mediante Decreto Ley Nº 21942 se establece que las mercancías donadas provenientes del extran- jero, consignadas entre otros, a Instituciones y Orga-nismos Públicos, así como las donadas por concepto deCooperación Técnica Internacional y las consignadasa Instituciones Privadas debidamente acreditadas ensus respectivos sectores, orientadas a fines asisten- ciales o educacionales en forma gratuita, gozarán de tratamiento preferencial en el Despacho por las Adua-nas de la República y estarán libres de pago de dere-chos específicos y adicionales consolidados en el Aran-cel de Aduanas, no siendo requisito para estos casos,la expedición de Resolución Liberatoria, ni Licencia Previa de Importación; Que, por Decreto Supremo Nº 010-2001-PROMU- DEH, publicado el 7 de mayo de 2001, se aprueba elReglamento de Organización y Funciones del Progra-ma Nacional de Asistencia Alimentaria – PRONAA;estableciéndose además en el Artículo 2º de dicha Norma Legal que, el Jefe del PRONAA adecuará la estructura orgánica del Programa a lo dispuesto por elReglamento de Organización y Funciones aprobado,en un plazo de 45 (cuarenticinco) días, computados apartir de la fecha de su publicación, pudiendo dictarlas Resoluciones y adoptar las medidas administrati- vas necesarias; De conformidad a lo establecido en el Decreto Legis- lativo Nº 719, Decreto Ley Nº 21942, Decretos SupremosNº 127-91-PCM y Nº 020-92-PCM, Resolución SupremaNº 508-93-PCM, Resolución de Contraloría Nº 122-98-CG, y Resolución Ministerial Nº 111-97-PROMUDEH; Con las visaciones de los Organos competentes del Programa Nacional de Asistencia Alimentaria - PRONAA;y, Estando a las atribuciones conferidas al Jefe del Programa Nacional de Asistencia Alimentaria, de con-formidad a lo establecido por el inciso j) del Artículo 10º del Reglamento de Organización y Funciones del PRONAA, aprobado por Decreto Supremo Nº 010-2001-PROMUDEH;SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aprobar la Donación procedente del Gobierno de los Estados Unidos de América, a nombredel Gobierno Peruano, destinada para la CooperativaAmericana de Remesas al Exterior - CARE-Perú, consis-tente en: PRODUCTO PUERTO BULTOS TONELADAS TONELADAS VALOR VALOR BRUTAS NETAS FOB US$ CIF US$ Aceite de Soya Paita Granel 1,353.000 1,353.000 390,854.64 497,715.93 Aceite de Soya Callao Granel 7,146.830 7,146.830 2,064,576.25 2,629,040.03 Aceite de Soya Callao Granel 3,544.640 3,544.640 1,023,975.60 1,303,934.82 TOTALES 12,044.420 12,044.420 3,479,406.49 4,430,690.78 Artículo 2º.- Monetizar el referido volumen de ali- mentos donados en el marco del Programa de Monetiza-ción correspondiente al año fiscal 2001. Artículo 3º.- Las Gerencias de Línea de PRONAA y USAID participarán, de acuerdo al nivel de responsabi-lidad de las partes, en el seguimiento y evaluación de lasactividades de apoyo alimentario para el cumplimientodel objetivo del Convenio de Donación de Ayuda Alimen-taria de Título II para Monetización y DistribuciónDirecta entre los Gobiernos de Perú y Estados Unidos deAmérica – Año Fiscal 2001, las cuales ejecutan, entreotras Agencias Voluntarias de Título II, CooperativaAmericana de Remesas al Exterior - CARE-Perú. Para este propósito, se implementarán las acciones que permitan un efectivo intercambio de informaciónrelacionada a los Programas dedicados a mejorar laseguridad alimentaria en el Perú, de acuerdo a lo estipu-lado en el Artículo IV: Coordinación del Programa delConvenio de Donación de Ayuda Alimentaria de TítuloII. Artículo 4º.- Agradecer al Gobierno de los Estados Unidos de América, por intermedio de la Agencia para elDesarrollo Internacional - USAID, su importante contri-bución. Artículo 5º.- Transcribir la presente Resolución a la Superintendencia Nacional de Aduanas (SUNAD), a laContraloría General de la República (CGR) y a la Secre-taría Ejecutiva de Cooperación Técnica Internacional(SECTI) de la Presidencia del Consejo de Ministros,dentro de los términos de Ley. Regístrese, comuníquese y publíquese.RICARDO E. GIESECKE JefePrograma Nacional de Asistencia Alimentaria 27636 RESOLUCIÓN JEFATURAL Nº 067-2001-PRONAA/J Lima, 10 de julio de 2001 VISTO: El Memorando Nº 0057-2001-OPP-PRONAA, de fe- cha 2 de julio de 2001 de la Oficina de Planificación yPresupuesto; y, CONSIDERANDO: Que, a través de la Carta Nº CP # 1770/2001 de fecha 7 de junio de 2001, la Cooperativa Americana de Reme-sas al Exterior - CARE Perú, hace de conocimiento alPrograma Nacional de Asistencia Alimentaria - PRO-NAA el arribo de la nave “Panam Atlantico” a los puertosde Paita y Callao, trayendo Aceite de Soya, crudo desgo-mado a granel, correspondiente a la ayuda alimentariapara el año 2001, para su Monetización; por lo quesolicita la expedición de la Resolución correspondiente; Que, el 29 de octubre de 1954, el Gobierno de los Estados Unidos de América y el Gobierno del Perúcelebraron un Convenio referente a Suministros y Equi-pos Humanitarios, mediante el cual se otorgan facilida-des a Agencias de Rehabilitación y Socorro VoluntarioNo Lucrativas para la distribución de productos agríco-las alimenticios y la ejecución de Programas de Asisten-cia Humanitaria; Que, en el marco del Instrumento citado, el 20 de marzo del año 2001 se suscribe el Convenio de Donación