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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 21 DE JULIO DEL AÑO 2001 (21/07/2001)

CANTIDAD DE PAGINAS: 96

TEXTO PAGINA: 64

Pág. 207182 NORMAS LEGALES Lima, sábado 21 de julio de 2001 Que, en virtud al Artículo I: Aceptación de la Donación del referido instrumento, la donación está sujeta a ladisponibilidad de los productos y de los fondos, pudiendoel donante sustituir los productos en parte o en su tota-lidad con un producto o productos apropiados y/o limitarel valor total de cada producto debido a la variación deprecios o a cualquier otro factor que pueda afectar estadonación; Que, en el Artículo III: Ejecución del Programa del mencionado Convenio de Donación, se acuerda que losalimentos importados para la distribución directa ymonetización serán de propiedad exclusiva de las Agen-cias Voluntarias de Título II, entre las cuales se encuen-tra la Cooperativa Americana de Remesas al Exterior -CARE, quienes asumirán la responsabilidad total desdesu recepción en puertos peruanos hasta la distribuciónal beneficiario final, debiendo utilizarlos en sus Progra-mas Sociales y de Apoyo Alimentario que ejecutan en elmarco del Plan Nacional de Nutrición y Alimentación1998-2000; Que, mediante Decreto Ley Nº 21942 se establece que las mercancías donadas provenientes del extranjero,consignadas entre otros, a Instituciones y OrganismosPúblicos, así como las donadas por concepto de Coopera-ción Técnica Internacional y las consignadas a Institu-ciones Privadas debidamente acreditadas en sus respec-tivos sectores, orientadas a fines asistenciales o educa-cionales en forma gratuita, gozarán de tratamiento pre-ferencial en el Despacho por las Aduanas de la Repúblicay estarán libres de pago de derechos específicos y adicio-nales consolidados en el Arancel de Aduanas, no siendorequisito para estos casos, la expedición de ResoluciónLiberatoria, ni Licencia Previa de Importación; De conformidad a lo establecido en el Decreto Legis- lativo Nº 719, Decreto Ley Nº 21942, Decretos SupremosNº 127-91-PCM y Nº 020-92-PCM, Resolución SupremaNº 508-93-PCM, Resolución de Contraloría Nº 122-98-CG, y Resolución Ministerial Nº 111-97-PROMUDEH; Con las visaciones de la Oficina de Planificación y Presupuesto, Oficina Jurídica, Gerencia Técnica y Di-rección Ejecutiva; y, Estando a las atribuciones conferidas al Jefe del Programa Nacional de Asistencia Alimentaria, de con-formidad a lo establecido por el inciso j) del Artículo10º del Reglamento de Organización y Funciones delPRONAA, aprobado por Decreto Supremo Nº 010-2001-PROMUDEH; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aprobar la Donación procedente del Gobierno de los Estados Unidos de América, a nombredel Gobierno Peruano, destinada para la CooperativaAmericana de Remesas al Exterior - CARE-Perú, consis-tente en: PRODUCTO PUERTO BULTOS TONELADAS TONELADAS VALOR VALOR BRUTAS NETAS FOB US$ CIF US$ Aceite de Soya Paita Granel 3,586.267 3,586.267 1,231,846.85 1,395,716.39 Aceite de Soya Callao Granel 4,019.590 4,019.590 1,371,283.13 1,554,835.19 Aceite de Soya Callao Granel 3,965.950 3,965.950 1,360,677.79 1,541,876.59 Aceite de Soya Callao Granel 1,929.910 1,929.910 662,904.79 751,089.37 TOTALES 13,501.717 13,501.717 4,626,712.56 5,243,517.54 Artículo 2º.- Monetizar el referido volumen de ali- mentos donados en el marco del Programa de Monetiza-ción correspondiente al año fiscal 2001. Artículo 3º.- Las Gerencias de Línea de PRONAA y USAID participarán, de acuerdo al nivel de respon-sabilidad de las partes, en el seguimiento y evaluaciónde las actividades de apoyo alimentario para el cum-plimiento del objetivo del Convenio de Donación deAyuda Alimentaria de Título II para Monetización yDistribución Directa entre los Gobiernos de Perú yEstados Unidos de América – Año Fiscal 2001, lascuales ejecutan, entre otras Agencias Voluntarias deTítulo II, Cooperativa Americana de Remesas al Exte-rior - CARE-Perú. Para este propósito, se implementarán las acciones que permitan un efectivo intercambio de informaciónrelacionada a los Programas dedicados a mejorar laseguridad alimentaria en el Perú, de acuerdo a lo estipu-lado en el Artículo IV: Coordinación del Programa delConvenio de Donación de Ayuda Alimentaria de TítuloII. Artículo 4º.- Agradecer al Gobierno de los Estados Unidos de América, por intermedio de la Agencia para elDesarrollo Internacional - USAID, su importante contri- bución. Artículo 5º.- Transcribir la presente Resolución a la Superintendencia Nacional de Aduanas (SUNAD), a laContraloría General de la República (CGR) y a la Secre-taría Ejecutiva de Cooperación Técnica Internacional(SECTI) de la Presidencia del Consejo de Ministros,dentro de los términos de Ley. Regístrese, comuníquese y publíquese.CARLOS ALCANTARA VALLEJO JefePrograma Nacional de Asistencia Alimentaria 27648 Aprueban donación que será utilizada en el "Programa de Desarrollo de laSeguridad Alimentaria" RESOLUCIÓN JEFATURAL Nº 033-2001-PRONAA/J Lima, 18 de junio de 2001VISTAS:Las Cartas de fecha 28 de marzo de 2001 remitidas por Cáritas del Perú; y, CONSIDERANDO:Que, a través de 5 (cinco) Cartas s/n, Cáritas del Perú hace de conocimiento al Programa Nacional de Asisten-cia Alimentaria - PRONAA el arribo de la M/N "CYPRIOTWAVE" al puerto de Callao, trayendo alimentos, corres-pondiente a la ayuda alimentaria para el año 2001, parasu distribución directa; por lo que solicita la expediciónde la Resolución de Aprobación correspondiente; Que, el 29 de octubre de 1954, el Gobierno de los Estados Unidos de América y el Gobierno del Perúcelebraron un Convenio referente a Suministros y Equi-pos Humanitarios, mediante el cual se otorgan facilida-des a Agencias de Rehabilitación y Socorro VoluntarioNo Lucrativas para la distribución de productos agríco-las alimenticios y la ejecución de Programas de Asisten-cia Humanitaria; Que, en el marco del Instrumento citado, el 20 de marzo del año 2001 se suscribe el Convenio de Dona-ción de Ayuda Alimentaria de Título II para Monetiza-ción y Distribución Directa - Año Fiscal 2001, entre elGobierno del Perú y el Gobierno de los Estados Unidosde América, por el que el Gobierno Peruano, represen-tado por el Ministerio de Relaciones Exteriores y asolicitud del Ministerio de Promoción de la Mujer y delDesarrollo Humano a través del Programa Nacionalde Asistencia Alimentaria -PRONAA, oficialmenteacepta y aprueba la donación de aproximadamente78,998 TM de alimentos del Gobierno Norteamerica-no, de las cuales 5,810 TM se usarán en Programas deDistribución Directa y 73,188 TM se utilizarán paraMonetización; Que, en virtud al Artículo I: Aceptación de la Dona- ción del referido Instrumento, la donación está sujeta ala disponibilidad de los productos y de los fondos, pudien-do el donante sustituir los productos en parte o en sutotalidad con un producto o productos apropiados y/olimitar el valor total de cada producto debido a la varia-ción de precios o a cualquier otro factor que puedaafectar esta donación; Que, en el Artículo III: Ejecución del Programa del mencionado Convenio de Donación, se acuerda que losalimentos importados para la distribución directa ymonetización serán de propiedad exclusiva de las Agen-cias Voluntarias de Título II, entre las cuales se encuen-tra Cáritas del Perú, quienes asumirán la responsabili-dad total desde su recepción en puertos peruanos hastala distribución al beneficiario final, debiendo utilizarlosen sus Programas Sociales y de Apoyo Alimentario queejecutan en el marco del Plan Nacional de Nutrición yAlimentación 1998-2000; Que, mediante Decreto Ley Nº 21942 se establece que las mercancías donadas provenientes del extran-