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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 21 DE JULIO DEL AÑO 2001 (21/07/2001)

CANTIDAD DE PAGINAS: 96

TEXTO PAGINA: 54

Pág. 207172 NORMAS LEGALES Lima, sábado 21 de julio de 2001 Estando a las atribuciones conferidas al Jefe del Programa Nacional de Asistencia Alimentaria, de con-formidad a lo establecido por el inciso j) del Artículo10º del Reglamento de Organización y Funciones delPRONAA, aprobado por Decreto Supremo Nº 010-2001-PROMUDEH; SE RESUELVE:Artículo 1 º.- Aprobar la Donación procedente del Gobierno de los Estados Unidos de América, a nombredel Gobierno Peruano, destinada para la Agencia Ad-ventista para el Desarrollo y Recursos Asistenciales -ADRA Perú, consistente en: PRODUCTO PUERTO BULTOS TONELADAS TONELADAS VALOR VALOR BRUTAS NETAS FOB US$ CIF US$ Arveja Callao 1,410 70.660 70.500 12,465.00 23,044.09 TOTALES 1,410 70.660 70.500 12,465.00 23,044.09 Artículo 2 º.- Utilizar el referido volumen de alimen- tos donados en el marco del Programa "Desarrollo Andi-no para la Seguridad Alimentaria" que ejecuta ADRAPerú en el país, cuyo objetivo es buscar mejorar laseguridad alimentaria de la población extremadamentepobre en el Perú. Artículo 3 º.- Las Gerencias de Línea de PRONAA y USAID participarán, de acuerdo al nivel de responsabi-lidad de las partes, en el seguimiento y evaluación de lasactividades de apoyo alimentario para el cumplimientodel objetivo del Convenio de Donación de Ayuda Alimen-taria de Título II para Monetización y DistribuciónDirecta entre los Gobiernos de Perú y Estados Unidos deAmérica - Año Fiscal 2001, las cuales ejecutan, entreotras Agencias Voluntarias de Título II, la AgenciaAdventista para el Desarrollo y Recursos Asistenciales- ADRA Perú. Para este propósito, se implementarán las acciones que permitan un efectivo intercambio de informaciónrelacionada a los Programas dedicados a mejorar laseguridad alimentaria en el Perú, de acuerdo a lo estipu-lado en el Artículo IV: Coordinación del Programa delConvenio de Donación de Ayuda Alimentaria de TítuloII. Artículo 4 º.- Agradecer al Gobierno de los Estados Unidos de América, por intermedio de la Agencia para elDesarrollo Internacional - USAID, su importante contri-bución. Artículo 5º .- Transcribir la presente Resolución a la Superintendencia Nacional de Aduanas (SUNAD), a laContraloría General de la República (CGR) y a la Secre-taría Ejecutiva de Cooperación Técnica Internacional(SECTI) de la Presidencia del Consejo de Ministros,dentro de los términos de Ley. Regístrese, comuníquese y publíquese.RICARDO E. GIESECKE JefePrograma Nacional de Asistencia Alimentaria 27630 RESOLUCIÓN JEFATURAL Nº 030-2001-PRONAA/J Lima, 18 de junio de 2001VISTA:La Carta de fecha 23 de marzo de 2001 de la Agencia Adventista para el Desarrollo y Recursos Asistenciales- ADRA PERU; y, CONSIDERANDO:Que, a través de la Carta LOG/IMP-088/01 la Agencia Adventista para el Desarrollo y Recursos Asistenciales- ADRA PERU, hace de conocimiento al Programa Na-cional de Asistencia Alimentaria - PRONAA el arribo dela M/N "MSC CHILE" al puerto de Callao, trayendoAceite Vegetal, correspondiente a la ayuda alimentariapara el año 2001, para su distribución directa; por lo quesolicita la expedición de la Resolución correspondiente; Que, el 29 de octubre de 1954, el Gobierno de los Estados Unidos de América y el Gobierno del Perúcelebraron un Convenio referente a Suministros y Equi-pos Humanitarios, mediante el cual se otorgan facilida- des a Agencias de Rehabilitación y Socorro Voluntario No Lucrativas para la distribución de productos agríco- las alimenticios y la ejecución de Programas de Asisten-cia Humanitaria; Que, en el marco del Instrumento citado, el 20 de marzo del año 2001 se suscribe el Convenio de Donaciónde Ayuda Alimentaria de Título II para Monetización y Distribución Directa - Año Fiscal 2001, entre el Gobierno del Perú y el Gobierno de los Estados Unidos de América,por el que el Gobierno Peruano, representado por el Ministerio de Relaciones Exteriores y a solicitud del Ministerio de Promoción de la Mujer y del DesarrolloHumano a través del Programa Nacional de Asistencia Alimentaria -PRONAA, oficialmente acepta y aprueba la donación de aproximadamente 78,998 TM de alimen-tos del Gobierno Norteamericano, de las cuales 5,810 TM se usarán en Programas de Distribución Directa y 73,188 TM se utilizarán para Monetización; Que, en virtud al Artículo I: Aceptación de la Dona- ción del referido Instrumento, la donación está sujeta a la disponibilidad de los productos y de los fondos, pudien-do el donante sustituir los productos en parte o en su totalidad con un producto o productos apropiados y/o limitar el valor total de cada producto debido a la varia-ción de precios o a cualquier otro factor que pueda afectar esta donación; Que, en el Artículo III: Ejecución del Programa del mencionado Convenio de Donación, se acuerda que los alimentos importados para la distribución directa y monetización serán de propiedad exclusiva de las Agen-cias Voluntarias de Título II, entre las cuales se encuen- tra la Agencia Adventista para el Desarrollo y Recursos Asistenciales - ADRA PERU, quienes asumirán la res-ponsabilidad total desde su recepción en puertos perua- nos hasta la distribución al beneficiario final, debiendo utilizarlos en sus Programas Sociales y de Apoyo Ali-mentario que ejecutan en el marco del Plan Nacional de Nutrición y Alimentación 1998-2000; Que, mediante Decreto Ley Nº 21942 se establece que las mercancías donadas provenientes del extranjero, consignadas entre otros, a Instituciones y Organismos Públicos, así como las donadas por concepto de Coopera-ción Técnica Internacional y las consignadas a Institu- ciones Privadas debidamente acreditadas en sus respec- tivos sectores, orientadas a fines asistenciales o educa-cionales en forma gratuita, gozarán de tratamiento pre- ferencial en el Despacho por las Aduanas de la República y estarán libres de pago de derechos específicos y adicio-nales consolidados en el Arancel de Aduanas, no siendo requisito para estos casos, la expedición de Resolución Liberatoria, ni Licencia Previa de Importación; Que, por Decreto Supremo Nº 010-2001-PROMU- DEH, publicado el 7 de mayo de 2001, se aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del ProgramaNacional de Asistencia Alimentaria - PRONAA; estable- ciéndose además en el Artículo 2º de dicha Norma Legal que, el Jefe del PRONAA adecuará la estructura orgáni-ca del Programa a lo dispuesto por el Reglamento de Organización y Funciones aprobado, en un plazo de 45 (cuarenticinco) días, computados a partir de la fecha desu publicación, pudiendo dictar las Resoluciones y adop- tar las medidas administrativas necesarias; De conformidad a lo establecido en el Decreto Legis- lativo Nº 719, Decreto Ley Nº 21942, Decretos Supremos Nº 127-91-PCM y Nº 020-92-PCM, Resolución Suprema Nº 508-93-PCM, Resolución de Contraloría Nº 122-98-CG, y Resolución Ministerial Nº 111-97-PROMUDEH; Con las visaciones de los Organos competentes del Programa Nacional de Asistencia Alimentaria - PRO-NAA; y, Estando a las atribuciones conferidas al Jefe del Programa Nacional de Asistencia Alimentaria, de con-formidad a lo establecido por el inciso j) del Artículo 10º del Reglamento de Organización y Funciones del PRO- NAA, aprobado por Decreto Supremo Nº 010-2001-PRO-MUDEH; SE RESUELVE:Artículo 1 º.- Aprobar la Donación procedente del Gobierno de los Estados Unidos de América, a nombredel Gobierno Peruano, destinada para la Agencia Ad- ventista para el Desarrollo y Recursos Asistenciales - ADRA Perú, consistente en: