Norma Legal Oficial del día 21 de julio del año 2001 (21/07/2001)


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TEXTO DE LA PÁGINA 77

MORDAZA, sabado 21 de MORDAZA de 2001

NORMAS LEGALES
CONSIDERANDO:

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de Seguro de Depositos y Biblioteca, mientras se realice la construccion de la sede complementaria. 2. Implementar una Biblioteca especializada en Banca, Finanzas, Seguros y Regulacion Bancaria, la misma que seria de acceso a estudiantes universitarios, profesionales y publico en general interesados en estos temas, cumpliendo de esta forma una importante labor de proyeccion social. 3. El arrendamiento de este local, coadyuvara en los esfuerzos que viene desarrollando el Patronato de MORDAZA para la recuperacion de los inmuebles considerados como Patrimonio Cultural, y permitiria programar periodicamente exposiciones de MORDAZA cultural, artistico, y la realizacion de eventos de caracter internacional, resaltando de esta manera la imagen de esta Superintendencia. Que, en consecuencia el MORDAZA inmueble no admite sustitutos, de manera que se habria configurado el supuesto contemplado en el literal f), del Articulo 19º del T.U.O. de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado; Por tanto, en uso de las facultades conferidas por la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Organica de la Superintendencia de Banca y Seguros aprobada por Ley Nº 26702, de conformidad con lo establecido en los Articulos 19º y 20º del Texto Unico de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado aprobado mediante Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM, y contando con la opinion favorable de la Superintendencia Adjunta de Asesoria Juridica y la Superintendencia Adjunta de Administracion General; RESUELVE: Articulo Primero.- Aprobar, la resolucion del contrato de arrendamiento suscrito al MORDAZA de la Resolucion SBS Nº 330-2000 publicada el 2.6.2000. Articulo Segundo.- Aprobar la exoneracion del arrendamiento indicado en la parte considerativa de la presente Resolucion y, consecuentemente, autorizar a la Superintendencia Adjunta de Administracion General a contratar mediante un MORDAZA de Adjudicacion de Menor Cuantia. Articulo Tercero.- Disponer que la Superintendencia Adjunta de Administracion General remita MORDAZA de la presente Resolucion y los Informes Tecnico y Legal que sustentan esta exoneracion a la Contraloria General de la Republica dentro de los diez dias calendario siguientes a la fecha de su aprobacion, conforme a lo dispuesto en el Articulo 20º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA CORTAVARRIA CHECKLEY Superintendente de Banca y Seguros 27621

Que, la referida empresa ha cumplido con presentar la documentacion pertinente que justifica la apertura solicitada; Estando a lo informado por el Intendente del Departamento de Evaluacion del Sistema Financiero "E", mediante Informe DESF "E" Nº 078-OT/2001; y, De conformidad con lo dispuesto por el Articulo 30º de la Ley Nº 26702 - Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Organica de la Superintendencia de Banca y Seguros; la Circular Nº EDPYME-13-97 y en virtud de las facultades delegadas por Resolucion SBS Nº 003-98 del 7 de enero de 1998; RESUELVE: Articulo Unico.- Autorizar a la Entidad de Desarrollo de la Pequena y Microempresa CONFIANZA, la apertura de la agencia ubicada en la avenida MORDAZA MORDAZA Nº 438, distrito de Pichanaki, provincia de Chanchamayo, departamento de Junin. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA HEYSEN MORDAZA Superintendente Adjunta de Banca 27556

Cancelan certificado de inscripcion de persona natural en el Registro del Sistema de Seguros
RESOLUCION SBS Nº 538-2001 MORDAZA, 18 de MORDAZA de 2001 EL SUPERINTENDENTE ADJUNTO DE SEGUROS VISTA: La queja presentada por Wiese Aetna Compania de Seguros contra el corredor de seguros senor MORDAZA Funes MORDAZA, por retencion indebida de prima de seguro; CONSIDERANDO: Que, segun lo dispuesto por el Articulo 339º de la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Organica de la Superintendencia de Banca y Seguros; los corredores de seguros se encuentran prohibidos de recibir el pago de la prima de seguro por cuenta del asegurador; Que, al citado corredor de seguros, mediante la Resolucion SBS Nº 523-99 del 9.6.1999, se le impuso una Multa equivalente a 2 UIT, al haber retenido indebidamente la prima del seguro que ha sido contratado por el Colegio MORDAZA F. MORDAZA con La Vitalicia Compania de Seguros; Que, el corredor de seguros senor MORDAZA Funes MORDAZA recibio pagos de primas de seguros de diversos asegurados que no fueron oportunamente reportados a Wiese Aetna Compania de Seguros, tal como se demuestra en los documentos que obran en el respectivo expediente; Que, se solicito al mencionado corredor de seguros las explicaciones del caso, sin obtener respuesta alguna de su parte, no obstante que se le notifico debidamente, tal como consta en el cargo del Oficio Nº 6552-2001; Que, el corredor de seguros senor MORDAZA Funes MORDAZA, se encuentra incurso en la falta prevista en el Anexo III (Infracciones y Sanciones aplicables al Grupo C) Infracciones Muy Graves Punto 2º de la Resolucion SBS Nº 310-98; Estando a lo opinado por el Departamento de Analisis y Supervision de Intermediarios y Auxiliares de Seguros y por la Superintendencia Adjunta de Asesoria Juridica, mediante los Informes Nºs. 051-2001-DASIA y 627-2001LEG, respectivamente;

Autorizan a la Entidad de Desarrollo de la Pequena y Microempresa Confianza la apertura de agencia en la provincia de Chanchamayo
RESOLUCION SBS Nº 518-2001 MORDAZA, 5 de MORDAZA del 2001 LA SUPERINTENDENTE ADJUNTA DE BANCA VISTA: La solicitud presentada por la Entidad de Desarrollo de la Pequena y Microempresa CONFIANZA, requiriendo la autorizacion de esta Superintendencia para la apertura de su agencia ubicada en el departamento de Junin; y,

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