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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 21 DE JULIO DEL AÑO 2001 (21/07/2001)

CANTIDAD DE PAGINAS: 96

TEXTO PAGINA: 58

Pág. 207176 NORMAS LEGALES Lima, sábado 21 de julio de 2001 RESOLUCIÓN JEFATURAL Nº 039-2001-PRONAA/J Lima, 18 de junio de 2001VISTA:Las Cartas de fecha 23 de marzo de 2001 de la Agencia Adventista para el Desarrollo y Recursos Asis-tenciales - ADRA PERU; y, CONSIDERANDO:Que, a través de las Cartas LOG/IMP-086/01 y LOG/ IMP-087/01 la Agencia Adventista para el Desarrollo yRecursos Asistenciales - ADRA PERU, hace de conoci-miento al Programa Nacional de Asistencia Alimentaria- PRONAA el arribo de la M/N "CYPRIOT WAVE"V.0201 a los puertos de Matarani y Callao, trayendoalimentos correspondientes a la ayuda alimentaria parael año 2001; por lo que solicita la expedición de laResolución correspondiente; Que, el 29 de octubre de 1954, el Gobierno de los Estados Unidos de América y el Gobierno del Perúcelebraron un Convenio referente a Suministros y Equi-pos Humanitarios, mediante el cual se otorgan facilida-des a Agencias de Rehabilitación y Socorro VoluntarioNo Lucrativas para la distribución de productos agríco-las alimenticios y la ejecución de Programas de Asisten-cia Humanitaria; Que, en el marco del Instrumento citado, el 20 de marzo del año 2001 se suscribe el Convenio de Dona-ción de Ayuda Alimentaria de Título II para Monetiza-ción y Distribución Directa - Año Fiscal 2001, entre elGobierno del Perú y el Gobierno de los Estados Unidosde América, por el que el Gobierno Peruano, represen-tado por el Ministerio de Relaciones Exteriores y asolicitud del Ministerio de Promoción de la Mujer y delDesarrollo Humano a través del Programa Nacionalde Asistencia Alimentaria - PRONAA, oficialmenteacepta y aprueba la donación de aproximadamente78,998 TM de alimentos del Gobierno Norteamerica-no, de las cuales 5,810 TM se usarán en Programas deDistribución Directa y 73,188 TM se utilizarán paraMonetización; Que, en virtud al Artículo I: Aceptación de la Dona- ción del referido Instrumento, la donación está sujeta ala disponibilidad de los productos, y de los fondos, pu-diendo el donante sustituir los productos en parte o en sutotalidad, con un producto o productos apropiados y/olimitar el valor total de cada producto debido a la varia-ción de precios o a cualquier otro factor que puedaafectar esta donación; Que, en el Artículo III: Ejecución del Programa del mencionado Convenio de Donación, se acuerdaque los alimentos importados para la distribucióndirecta y monetización serán de propiedad exclusivade las Agencias Voluntarias de Título II, entre lascuales se encuentra la Agencia Adventista para elDesarrollo y Recursos Asistenciales - ADRA PERU,quienes asumirán la responsabilidad total desde surecepción en puertos peruanos hasta la distribuciónal beneficiario final, debiendo utilizarlos en sus Pro-gramas Sociales y de Apoyo Alimentario que ejecutanen el marco del Plan Nacional de Nutrición y Alimen-tación 1998-2000; Que, mediante Decreto Ley Nº 21942 se establece que las mercancías donadas provenientes del extranje-ro, consignadas entre otros, a Instituciones y Organis-mos Públicos, así como las donadas por concepto deCooperación Técnica Internacional y las consignadas aInstituciones Privadas debidamente acreditadas en susrespectivos sectores, orientadas a fines asistenciales oeducacionales en forma gratuita, gozarán de trata-miento preferencial en el Despacho por las Aduanas dela República y estarán libres de pago de derechosespecíficos y adicionales consolidados en el Arancel deAduanas, no siendo requisito para estos casos, la expe-dición de Resolución Liberatoria, ni Licencia Previa deImportación; Que, por Decreto Supremo Nº 010-2001-PROMU- DEH, publicado el 7 de mayo de 2001, se aprueba elReglamento de Organización y Funciones del ProgramaNacional de Asistencia Alimentaria - PRONAA; estable-ciéndose además en el Artículo 2º de dicha Norma Legalque, el Jefe del PRONAA adecuará la estructura orgáni-ca del Programa a lo dispuesto por el Reglamento deOrganización y Funciones aprobado, en un plazo de 45 (cuarenticinco) días, computados a partir de la fecha desu publicación, pudiendo dictar las Resoluciones y adop-tar las medidas administrativas necesarias; De conformidad a lo establecido en el Decreto Legislativo Nº 719, Decreto Ley Nº 21942, DecretosSupremos Nº 127-91-PCM y Nº 020-92-PCM, Resolu-ción Suprema Nº 508-93-PCM, Resolución de Contra-loría Nº 122-98-CG, y Resolución Ministerial Nº 111-97-PROMUDEH; Con las visaciones de los Organos competentes del Programa Nacional de Asistencia Alimentaria - PRONAA;y, Estando a las atribuciones conferidas al Jefe del Programa Nacional de Asistencia Alimentaria, de con-formidad a lo establecido por el inciso j) del Artículo10º del Reglamento de Organización y Funciones delPRONAA, aprobado por Decreto Supremo Nº 010-2001-PROMUDEH; SE RESUELVE: Artículo 1 º.- Aprobar la Donación procedente del Gobierno de los Estados Unidos de América, a nombredel Gobierno Peruano, destinada para la Agencia Ad-ventista para el Desarrollo y Recursos Asistenciales -ADRA Perú, consistente en: PRODUCTO PUERTO BULTOS TONELADAS TONELADAS VALOR VALOR BRUTAS NETAS FOB US$ CIF US$ Harina de Trigo Matarani 794 39.790 39.700 8,113.56 11,196.84 Harina de Trigo Matarani 1,800 90.204 90.000 18,611.03 25,603.56 Harina de Maíz c/Soya Matarani 800 20.321 20.000 4,829.22 6,448.66Lentejas Matarani 399 19.995 19.950 6,415.17 8,041.90 Trigor/Bulgur Matarani 3,201 160.413 160.050 32,920.53 45,353.39 Arvejas Matarani 1,399 70.109 69.950 14,525.85 20,070.34Aceite Vegetal Matarani 1,625 33.391 30.000 20,019.60 22,772.17 Subtotal 10,018 434,223 429.650 105,434.96 139,486.85 Harina de Trigo Callao 5,004 250.767 250.200 52,099.42 71,543.14Harina de Maíz c/Soya Callao 2,398 60.913 59.950 14,249.48 19,099.29 Trigor/Bulgur Callao 4,600 230.522 230.000 47,308.51 65,175.19 Arvejas Callao 600 30.068 30.000 6,089.99 8,465.09Arvejas Callao 1,001 50.164 50.050 10,228.19 14,192.04 Aceite Vegetal Callao 2,167 44.527 40.006 26,697.14 30,367.70 Subtotal 15,770 666.961 660.206 156,672.73 208,842.46TOTALES 25,788 1,101.184 1,089.856 262,107.69 348,329.31 Artículo 2º.- Utilizar el referido volumen de alimen- tos donados en el marco del Programa "Desarrollo Andi-no para la Seguridad Alimentaria" que ejecuta ADRAPerú en el país, cuyo objetivo es buscar mejorar laseguridad alimentaria de la población extremadamentepobre en el Perú. Artículo 3º.- Las Gerencias de Línea de PRONAA y USAID participarán, de acuerdo al nivel de responsabi-lidad de las partes, en el seguimiento y evaluación de lasactividades de apoyo alimentario para el cumplimientodel objetivo del Convenio de Donación de Ayuda Alimen-taria de Título II para Monetización y DistribuciónDirecta entre los Gobiernos de Perú y Estados Unidos deAmérica - Año Fiscal 2001, las cuales ejecutan, entreotras Agencias Voluntarias de Título II, la AgenciaAdventista para el Desarrollo y Recursos Asistenciales- ADRA Perú. Para este propósito, se implementarán las acciones que permitan un efectivo intercambio de informaciónrelacionada a los Programas dedicados a mejorar laseguridad alimentaria en el Perú, de acuerdo a lo estipu-lado en el Artículo IV: Coordinación del Programa delConvenio de Donación de Ayuda Alimentaria de TítuloII. Artículo 4 º.- Agradecer al Gobierno de los Estados Unidos de América, por intermedio de la Agencia para elDesarrollo Internacional - USAID, su importante contri-bución. Artículo 5º .- Transcribir la presente Resolución a la Superintendencia Nacional de Aduanas (SUNAD), a laContraloría General de la República (CGR) y a la Secre-taría Ejecutiva de Cooperación Técnica Internacional(SECTI) de la Presidencia del Consejo de Ministros,dentro de los términos de Ley. Regístrese, comuníquese y publíquese. RICARDO E. GIESECKE JefePrograma Nacional de Asistencia Alimentaria 27639