Norma Legal Oficial del día 21 de julio del año 2001 (21/07/2001)


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TEXTO DE LA PÁGINA 75

MORDAZA, sabado 21 de MORDAZA de 2001

NORMAS LEGALES

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El plazo de la autorizacion y el permiso concedido se computara a partir del dia siguiente de publicada la presente Resolucion en el Diario Oficial El Peruano. Articulo 2º.- La autorizacion que se otorga en el articulo precedente, se inicia con un periodo de instalacion y prueba de doce (12) meses, dentro del cual y hasta MORDAZA de sesenta (60) dias previos a la terminacion de dicho periodo, el titular de la autorizacion debe solicitar se verifique el estado de las instalaciones y practique las pruebas de funcionamiento respectivas, bajo sancion de dejar sin efecto la autorizacion. Articulo 3º.- La empresa CORPORACION GESTION S.A., esta obligada a instalar y operar el servicio de radiodifusion concedido acorde con la presente resolucion, estando impedida de modificar las caracteristicas a que se contrae el Articulo 1º de la presente resolucion sin autorizacion previa de este Ministerio. Articulo 4º.- La autorizacion a que se contrae la presente Resolucion se sujeta a las disposiciones legales y reglamentarias vigentes que regulan el servicio autorizado, debiendo adecuarse a las normas modificatorias y complementarias que se expidan sobre la materia. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MENACHO MORDAZA Viceministro de Comunicaciones 27487

el personal administrativo - jurisdiccional, por razones de indole disciplinario, debiendo respetar las disposiciones a las que se hace referencia en el MORDAZA considerando; Que, en uso de las facultades conferidas en los incisos 3) y 9) del Articulo 90º de la Ley Organica del Poder Judicial; SE RESUELVE: Articulo Primero.- DISPONER que el personal administrativo - jurisdiccional, de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA, cumpla de manera obligatoria, el Articulo 65º inciso 1) del Reglamento Interno de Trabajo del Poder Judicial y el punto VI - numeral 6.3 de la Directiva Nº 009-98-GG/PJ, Normas y Procedimientos del Sistema de Control de Asistencia, Permanencia y Acceso del Personal del Poder Judicial; bajo responsabilidad funcional. Articulo Segundo.- FACULTAR a los Magistrados de la Comision Distrital de Control de la Magistratura a intervenir y sancionar a los servidores que incumplan con lo dispuesto en la presente resolucion. Articulo Tercero.- DISPONER que la Oficina de Administracion Distrital de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA, se encargue del cumplimiento de las disposiciones dictadas en la presente. Articulo Cuarto.- PONER la presente resolucion en conocimiento del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, Oficina de Control de la Magistratura, Comision Distrital de Control de la Magistratura, Gerencia General y Oficina de Administracion Distrital de la Corte Superior de Justicia de Lima; para los fines pertinentes. Registrese, publiquese, cumplase y archivese. MORDAZA R. MORDAZA MORDAZA Presidente de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA
¹ ² Art. 65º Inc. 1).- "Portar a la vista el carne de Identidad Personal (Fotocheck) asignado". Punto VI - numeral 6.3.- "El registro de la asistencia del trabajador se efectuara con el fotocheck electronico, el cual es de uso personal e intransferible, siendo obligatorio portarlo en forma visible durante la jornada de trabajo.........."

CORTES SUPERIORES DE JUSTICIA
Establecen disposiciones para el cumplimiento del Reglamento Interno de Trabajo y las Normas y Procedimientos del Sistema de Control de Asistencia, Permanencia y Acceso del Personal del Poder Judicial
RESOLUCION ADMINISTRATIVA Nº 225-2001-P-CSJLI/PJ MORDAZA, 19 de MORDAZA del 2001 VISTO: El Reglamento Interno de Trabajo del Poder Judicial, aprobado mediante Resolucion Administrativa Nº 30596-SE-TP-CME-PJ y la Directiva Nº 009-98-GG/PJ, Normas y Procedimientos del Sistema de Control de Asistencia, Permanencia y Acceso del Personal del Poder Judicial; y, CONSIDERANDO: Que, es politica de esta Presidencia, priorizar el adecuado control y supervision del desarrollo funcional del personal auxiliar jurisdiccional - administrativo, a efectos de garantizar un adecuado orden y optimo servicio al Poder Judicial; Que, el Reglamento Interno de Trabajo del Poder Judicial¹ y Directiva Nº 009-98-GG/PJ, Normas y Procedimientos del Sistema de Control de Asistencia, Permanencia y Acceso del Personal del Poder Judicial², establecen el uso obligatorio de fotocheck electronico; Que, el uso de fotocheck por parte del personal jurisdiccional - administrativo de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA, debe ser en forma personal e intransferible, siendo obligatorio portarlo en forma visible durante la jornada de trabajo, en todas las dependencias tanto jurisdiccionales como administrativas, de la Corte Superior de Justicia de Lima; Que, para la Presidencia de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA, es necesario mantener un orden entre

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Disponen que magistrados de todas las instancias de la Corte Superior de MORDAZA comuniquen a la Oficina de Administracion Distrital las sanciones que impongan al personal jurisdiccional administrativo
RESOLUCION ADMINISTRATIVA Nº 227-2001-P-CSJL/PJ MORDAZA, 19 de MORDAZA del 2001 VISTA La Resolucion Administrativa Nº 194-2001-P-CSJL/ PJ; y, CONSIDERANDO: Que, es politica de la Presidencia de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA, lograr el mejoramiento del servicio de la administracion de justicia en sus distintos niveles; Que, por Resolucion Administrativa de vista, se dispuso que los Presidentes de las MORDAZA Superiores, Jueces Especializados de Primera Instancia y Jueces de Paz Letrados de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA, comu-

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