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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 21 DE JULIO DEL AÑO 2001 (21/07/2001)

CANTIDAD DE PAGINAS: 96

TEXTO PAGINA: 55

Pág. 207173 NORMAS LEGALES Lima, sábado 21 de julio de 2001 PRODUCTO PUERTO BULTOS TONELADAS TONELADAS VALOR VALOR BRUTAS NETAS FOB US$ CIF US$ Aceite Vegetal Callao 3,524 72.411 65.058 38,590.47 49,627.48TOTALES 3,524 72.411 65.058 38,590.47 49,627.48 Artículo 2 º.- Utilizar el referido volumen de alimen- tos donados en el marco del Programa "Desarrollo Andi-no para la Seguridad Alimentaria" que ejecuta ADRAPerú en el país, cuyo objetivo es buscar mejorar laseguridad alimentaria de la población extremadamentepobre en el Perú. Artículo 3 º.- Las Gerencias de Línea de PRONAA y USAID participarán, de acuerdo al nivel de responsabi-lidad de las partes, en el seguimiento y evaluación delas actividades de apoyo alimentario para el cumpli-miento del objetivo del Convenio de Donación de AyudaAlimentaria de Título II para Monetización y Distribu-ción Directa entre los Gobiernos de Perú y EstadosUnidos de América - Año Fiscal 2001, las cuales ejecu-tan, entre otras Agencias Voluntarias de Título II, laAgencia Adventista para el Desarrollo y Recursos Asis-tenciales - ADRA Perú. Para este propósito, se implementarán las acciones que permitan un efectivo intercambio de informaciónrelacionada a los Programas dedicados a mejorar laseguridad alimentaria en el Perú, de acuerdo a lo estipu-lado en el Artículo IV: Coordinación del Programa delConvenio de Donación de Ayuda Alimentaria de TítuloII. Artículo 4 º.- Agradecer al Gobierno de los Estados Unidos de América, por intermedio de la Agencia para elDesarrollo Internacional - USAID, su importante contri-bución. Artículo 5º .- Transcribir la presente Resolución a la Superintendencia Nacional de Aduanas (SUNAD), a laContraloría General de la República (CGR) y a la Secre-taría Ejecutiva de Cooperación Técnica Internacional(SECTI) de la Presidencia del Consejo de Ministros,dentro de los términos de Ley. Regístrese, comuníquese y publíquese.RICARDO E. GIESECKE JefePrograma Nacional de Asistencia Alimentaria 27631 RESOLUCIÓN JEFATURAL Nº 032-2001-PRONAA/J Lima, 18 de junio de 2001VISTA:Las Cartas de fechas 5 y 9 de abril de 2001 de la Agencia Adventista para el Desarrollo y Recursos Asis-tenciales - ADRA PERU; y, CONSIDERANDO:Que, a través de las Cartas LOG/IMP-112/01 y LOG/ IMP-125/01 la Agencia Adventista para el Desarrollo yRecursos Asistenciales - ADRA PERU, hace de conoci-miento al Programa Nacional de Asistencia Alimentaria- PRONAA el arribo de la M/N "PONL PERU" al puerto de Callao, trayendo Aceite Vegetal, correspondiente a laayuda alimentaria para el año 2001; por lo que solicita laexpedición de la Resolución correspondiente; Que, el 29 de octubre de 1954, el Gobierno de los Estados Unidos de América y el Gobierno del Perúcelebraron un Convenio referente a Suministros y Equi-pos Humanitarios, mediante el cual se otorgan facilida-des a Agencias de Rehabilitación y Socorro VoluntarioNo Lucrativas para la distribución de productos agríco-las alimenticios y la ejecución de Programas de Asisten-cia Humanitaria; Que, en el marco del Instrumento citado, el 20 de marzo del año 2001 se suscribe el Convenio de Donaciónde Ayuda Alimentaria de Título II para Monetización yDistribución Directa - Año Fiscal 2001, entre el Gobiernodel Perú y el Gobierno de los Estados Unidos de América,por el que el Gobierno Peruano, representado por elMinisterio de Relaciones Exteriores y a solicitud delMinisterio de Promoción de la Mujer y del DesarrolloHumano a través del Programa Nacional de AsistenciaAlimentaria -PRONAA, oficialmente acepta y apruebala donación de aproximadamente 78,998 TM de alimen- tos del Gobierno Norteamericano, de las cuales 5,810TM se usarán en Programas de Distribución Directa y73,188 TM se utilizarán para Monetización; Que, en virtud al Artículo I: Aceptación de la Dona- ción del referido Instrumento, la donación está sujeta ala disponibilidad de los productos y de los fondos, pudien-do el donante sustituir los productos en parte o en sutotalidad con un producto o productos apropiados y/olimitar el valor total de cada producto debido a la varia-ción de precios o a cualquier otro factor que puedaafectar esta donación; Que, en el Artículo III: Ejecución del Programa del mencionado Convenio de Donación, se acuerda que losalimentos importados para la distribución directa ymonetización serán de propiedad exclusiva de las Agen-cias Voluntarias de Título II, entre las cuales se encuen-tra la Agencia Adventista para el Desarrollo y RecursosAsistenciales - ADRA PERU, quienes asumirán la res-ponsabilidad total desde su recepción en puertos perua-nos hasta la distribución al beneficiario final, debiendoutilizarlos en sus Programas Sociales y de Apoyo Ali-mentario que ejecutan en el marco del Plan Nacional deNutrición y Alimentación 1998-2000; Que, mediante Decreto Ley Nº 21942 se establece que las mercancías donadas provenientes del extranjero,consignadas entre otros, a Instituciones y OrganismosPúblicos, así como las donadas por concepto de Coopera-ción Técnica Internacional y las consignadas a Institu-ciones Privadas debidamente acreditadas en sus respec-tivos sectores, orientadas a fines asistenciales o educa-cionales en forma gratuita, gozarán de tratamiento pre-ferencial en el Despacho por las Aduanas de la Repúblicay estarán libres de pago de derechos específicos y adicio-nales consolidados en el Arancel de Aduanas, no siendorequisito para estos casos, la expedición de ResoluciónLiberatoria, ni Licencia Previa de Importación; Que, por Decreto Supremo Nº 010-2001-PROMU- DEH, publicado el 7 de mayo de 2001, se aprueba elReglamento de Organización y Funciones del ProgramaNacional de Asistencia Alimentaria - PRONAA; estable-ciéndose además en el Artículo 2º de dicha Norma Legalque, el Jefe del PRONAA adecuará la estructura orgáni-ca del Programa a lo dispuesto por el Reglamento deOrganización y Funciones aprobado, en un plazo de 45(cuarenticinco) días, computados a partir de la fecha desu publicación, pudiendo dictar las Resoluciones y adop-tar las medidas administrativas necesarias; De conformidad a lo establecido en el Decreto Legis- lativo Nº 719, Decreto Ley Nº 21942, Decretos SupremosNº 127-91-PCM y Nº 020-92-PCM, Resolución SupremaNº 508-93-PCM, Resolución de Contraloría Nº 122-98-CG, y Resolución Ministerial Nº 111-97-PROMUDEH; Con las visaciones de los Organos competentes del Programa Nacional de Asistencia Alimentaria - PRO-NAA; y, Estando a las atribuciones conferidas al Jefe del Programa Nacional de Asistencia Alimentaria, de con-formidad a lo establecido por el inciso j) del Artículo 10ºdel Reglamento de Organización y Funciones del PRO-NAA, aprobado por Decreto Supremo Nº 010-2001-PRO-MUDEH; SE RESUELVE:Artículo 1 º.- Aprobar la Donación procedente del Gobierno de los Estados Unidos de América, a nombredel Gobierno Peruano, destinada para la Agencia Ad-ventista para el Desarrollo y Recursos Asistenciales -ADRA Perú, consistente en: PRODUCTO PUERTO BULTOS TONELADAS TONELADAS VALOR VALOR BRUTAS NETAS FOB US$ CIF US$ Aceite Vegetal Callao 880 18.082 16.246 9,636.65 12,392.74 TOTALES 880 18.082 16.246 9,636.65 12,392.74 Artículo 2 º.- Utilizar el referido volumen de alimen- tos donados en el marco del Programa "Desarrollo Andi-no para la Seguridad Alimentaria" que ejecuta ADRAPerú en el país, cuyo objetivo es buscar mejorar laseguridad alimentaria de la población extremadamentepobre en el Perú. Artículo 3 º.- Las Gerencias de Línea de PRONAA y USAID participarán, de acuerdo al nivel de responsabi-lidad de las partes, en el seguimiento y evaluación de lasactividades de apoyo alimentario para el cumplimientodel objetivo del Convenio de Donación de Ayuda Alimen-taria de Título II para Monetización y Distribución