Norma Legal Oficial del día 08 de junio del año 2001 (08/06/2001)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, viernes 8 de junio de 2001

RESOLUCION DE LA PRESIDENCIA DEL DIRECTORIO DE INDECOPI Nº 052-2001-INDECOPI/DIR MORDAZA, 7 de junio de 2001 CONSIDERANDO: Que el Articulo 18º del Decreto Ley Nº 25868, Ley de Organizacion y Funciones del Indecopi, modificado por el Articulo 49º del Decreto Legislativo Nº 807, creo la Comision de Acceso al Mercado; Que de acuerdo a lo establecido en el Articulo 19º del Decreto Ley Nº 25868, las Comisiones que integran la estructura organico funcional del Indecopi, estan integradas por seis miembros; Que es necesario completar el numero de miembros que conforman la Comision de Acceso al MORDAZA del Indecopi; Estando al acuerdo adoptado en sesion de Directorio de fecha 31 de MORDAZA de 2001; y, De conformidad con el inciso e) del Articulo 5º del Decreto Ley Nº 25868; RESUELVE: Articulo Unico.- Designar, a partir de la fecha, al senor MORDAZA Rizo Patron Larrabure en el cargo de miembro de la Comision de Acceso al MORDAZA del Indecopi. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA PIZZORNI Presidente del Directorio 24936

elaborado de acuerdo al Reglamento de Elaboracion y Aprobacion de Normas Tecnicas Peruanas mediante Sistema de Adopcion, y sometido a Discusion Publica por un periodo de treinta dias calendario, contados a partir del 29 de marzo del ano en curso; Que, no habiendose recibido observaciones al Proyecto de MORDAZA Tecnica Peruana y luego de la evaluacion correspondiente, la Secretaria Tecnica de la Comision recomendo la aprobacion de dicho Proyecto, como MORDAZA Tecnica Peruana; Estando a lo recomendado por la Secretaria Tecnica, de conformidad con el Decreto Ley Nº 25868, el Decreto Legislativo Nº 807 y la Resolucion Nº 0072-2000/INDECOPI-CRT, la Comision con el acuerdo unanime de sus miembros, reunidos en su sesion de fecha 24 de MORDAZA del 2001; RESUELVE: APROBAR como MORDAZA Tecnica Peruana, la siguiente: NTP-ISO 14031:2001 GESTION AMBIENTAL. Evaluacion del desempeno ambiental. Directrices. 1ª Edicion Registrese y publiquese. MORDAZA RUILOBA ROSSEL Presidente de la Comision de Reglamentos Tecnicos y Comerciales 24855

INPE

Aprueban MORDAZA Tecnica Peruana so- Sancionan con cese temporal a servidores del INPE bre Gestion Ambiental
RESOLUCION COMISION DE REGLAMENTOS TECNICOSY COMERCIALES Nº 0065-2001/INDECOPI-CRT MORDAZA, 24 de MORDAZA de 2001 CONSIDERANDO: Que, conforme a lo establecido en el Articulo 26º del Decreto Ley Nº 25868, Ley de Organizacion y Funciones del INDECOPI, modificado por el Decreto Legislativo Nº 807, corresponde a la Comision de Reglamentos Tecnicos y Comerciales, en su calidad de Organismo Nacional de Normalizacion, aprobar las Normas Tecnicas recomendables para todos los sectores; Que, las actividades de Normalizacion deben realizarse sobre la base del Codigo de Buena Conducta para la Adopcion, Elaboracion y Aprobacion de Normas que figura como Anexo 3 del Acuerdo sobre Obstaculos Tecnicos al Comercio de la OMC, que fuera incorporado a la legislacion nacional mediante Resolucion Legislativa Nº 26407. Dicho Acuerdo viene siendo implementado por la Comision a traves del Sistema Peruano de Normalizacion, del cual forman parte el Reglamento de Elaboracion y Aprobacion de Normas Tecnicas Peruanas y el Reglamento de Comites Tecnicos de Normalizacion, aprobados mediante Resolucion Nº 0072-2000/INDECOPI-CRT, respectivamente; Que, toda vez que las actividades de elaboracion y actualizacion de Normas Tecnicas Peruanas deben realizarse con la participacion de representantes de todos los sectores involucrados: produccion, consumo y tecnico, constituidos en Comites Tecnicos de Normalizacion, la Comision conformo el Comite Tecnico de Normalizacion Permanente de Gestion Ambiental, de acuerdo a lo dispuesto en el Reglamento de Comites Tecnicos de Normalizacion MORDAZA senalado; Que, el 19 de diciembre del 2000, el Comite Tecnico senalado presento a la Secretaria Tecnica de la Comision un Proyecto de MORDAZA Tecnica Peruana, el cual fue RESOLUCION PRESIDENCIAL INSTITUTO NACIONAL PENITENCIARIO Nº 761-2001-INPE-P MORDAZA, 4 de junio de 2001 VISTO, el Informe Nº 034-2001-INPE-CPPAD, de fecha 25 de MORDAZA del 2001, elaborado por la Comision Permanente de Procesos Administrativos Disciplinarios del Instituto Nacional Penitenciario; CONSIDERANDO: Que, a traves de la Resolucion de la Presidencia Nº 596-2001-INPE-P, de fecha 6 de MORDAZA del 2001, se resolvio abrir MORDAZA administrativo disciplinario a los servidores MORDAZA MORDAZA MORDAZA SAHUARAURA y MORDAZA ARESTEGUI MORDAZA, por su presunta responsabilidad por el uso indebido del telefono celular Nº 9985567, MORDAZA Toshiba, modelo TCP 7300, asignado al Establecimiento Penitenciario MORDAZA Imperial, ocasionando un consumo total injustificado de $ 969.35 dolares americanos; Que, del analisis de los documentos de autos, asi como de los descargos formulados por ambos, al MORDAZA del Art. 168º del Decreto Supremo Nº 005-90-PCM y del informe oral presentado por el primero de los nombrados, se advierte que en circunstancias que dicho servidor se desempenaba como jefe (e) del Area de Recursos Materiales y Servicios de la Direccion Regional MORDAZA, no obstante conocer que el telefono celular con linea Nº 9985567 habia sido oficialmente dado de baja del servicio del INPE desde el mes de MORDAZA de 1999, autorizo la Orden de Servicio Nº 99-000456 de fecha 17 de MORDAZA de 1999 por el monto total de S/. 6990.34 nuevos soles, incluyendo entre las obligaciones, el pago de S/. 1041.48 (equivalente a $ 310.89 al cambio de esa fecha) por consumo de la linea telefonica Nº 9985567, documento que fue tramitado por el servidor MORDAZA ARESTEGUI MORDAZA, quien teniendo pleno conocimiento que se trataba de un pago indebido no informo a la superioridad; Que, la responsabilidad administrativa disciplinaria queda plenamente determinada en ambos casos, ya

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