Norma Legal Oficial del día 08 de junio del año 2001 (08/06/2001)


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TEXTO DE LA PÁGINA 75

MORDAZA, viernes 8 de junio de 2001

NORMAS LEGALES

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SE RESUELVE: Articulo 1º.- INSTAURAR MORDAZA administrativo disciplinario a los servidores MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Edwards MORDAZA MORDAZA GRAJEDA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA VILLAGRA, MORDAZA MORDAZA CALLI MORDAZA, Milguard MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA y MORDAZA MORDAZA MORDAZA, por los motivos expuestos en la parte considerativa de la presente Resolucion. Articulo 2º.- NOTIFIQUESE la presente Resolucion a traves de la Oficina de Recursos Humanos del INPE, a efecto de que los servidores procesados presenten sus descargos ante la Comision Permanente de Procesos Administrativos Disciplinarios en el termino de ley. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA COSTA SANTOLALLA Presidente 24928

tentatorios, a merito de los cuales se emitio la R.D. Nº 757-99-INPE/DRL-DG del 29.DIC.99, autorizandose el pago correspondiente, por lo cual se emitio el Cheque Nº 23341420 del 30.ENE.2000 a favor de la mencionada empresa. El expediente fue observado por el Sr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, ex Jefe del Area de Control Previo, porque se adjuntaban fotocopias simples o fedateadas, notando ademas la ausencia de la factura respectiva. Asimismo, detecto que dentro de la deuda reconocida se encontraba la suma de S/. 12,128.04 nuevos soles, cancelada por una Comision anterior; Que, el funcionario Nivel F-1 MORDAZA MOTTA MORDAZA, como miembro de la mencionada Comision, ha participado en el reconocimiento de una supuesta deuda, incumpliendo las obligaciones que impone la MORDAZA administrativa establecidas en el Art. 21º Incs. a) y d) del Decreto Legislativo Nº 276 faltas tipificadas en el Art. 28º Incs. a) y d) del mismo cuerpo de Ley; Estando a lo recomendado por la Comision Especial de Procesos Administrativos Disciplinarios y las visaciones de la Oficina General de Asesoria Juridica y de la Oficina de Recursos Humanos; De conformidad con lo establecido en el Decreto Legislativo Nº 276 y su Reglamento Decreto Supremo Nº 005-90-PCM, Resolucion Ministerial Nº 040-2001JUS, y en uso de las facultades conferidas por la Resolucion Suprema Nº 089-2001-JUS; SE RESUELVE:

RESOLUCION PRESIDENCIAL INSTITUTO NACIONAL PENITENCIARIO Nº 764-2001-INPE-P MORDAZA, 4 de junio de 2001 Visto, el Informe Nº 009-2001-INPE-CEPAD de fecha 3 de MORDAZA del 2001, de la Comision Especial de Procesos Administrativos Disciplinarios del Instituto Nacional Penitenciario; CONSIDERANDO: Mediante Oficio Nº 443-2000-INPE-AG, de fecha 27 de setiembre de 2000, la Auditoria General del INPE eleva a la Presidencia el Informe Nº 006-INPE-DRLAG/ARL: "Presunta Exigencia de dadiva de dinero a la empresa AUTOMOTRIZ EUROPA CAR EIRL", estableciendo irregularidades cometidas por el funcionario Nivel F-1 MORDAZA MOTTA ORTIZ; Que, mediante Nota de Informacion Nº 094-R-CI.1 de fecha 20 de marzo del 2000, emitida por la Oficina de Contra Inteligencia del INPE, se imputa al Sr. CPC. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, ex Jefe de Control Previo de la Unidad Financiera de la Direccion de Administracion de la Direccion Regional MORDAZA, de un posible requerimiento de dinero para el tramite y posterior entrega del cheque al Sr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA propietario de la empresa AUTOMOTRIZ EUROPA CAR EIRL. En el curso de la investigacion el Organo de Control detecto algunas anormalidades en el procedimiento y actuacion de la Comision de Creditos Devengados, por lo que se amplio el alcance del examen a la mencionada Comision; Que, por Resolucion de la Comision de Reordenamiento de la Region MORDAZA del INPE Nº 05499-INPE/DRL-CR-P del 21.JUL.99, se constituyo la Comision de Creditos Devengados para determinar la procedencia o improcedencia de los adeudos contraidos en los periodos 1995, 1996, 1997 y 1998, de la cual formaba parte el funcionario Nivel F-1 CPC MORDAZA MOTTA ORTIZ. Ante la referida comision el representante de la empresa AUTOMOTRIZ EUROPA CAR EIRL, mediante Carta Nº 006-99 de fecha 27.DIC.99, solicito el reconocimiento de una deuda ascendente a la suma de S/. 47,050,14 nuevos soles. Esta Comision de Creditos Devengados mediante Acta de fecha 13.NOV.99, da conformidad a los documentos presentados por la empresa, reconociendo el monto solicitado, no obstante que adjuntaba copias simples o fedateadas como documentos sus-

Articulo 1º.- INSTAURAR MORDAZA administrativo disciplinario al funcionario Nivel F-1 MORDAZA MOTTA MORDAZA, ex Jefe de la Unidad de Recursos Financieros, en su calidad de miembro de la Comision de Creditos Devengados, por los motivos expuestos en la presente resolucion. Articulo 2º.- El funcionario procesado puede presentar sus descargos y pruebas convenientes a su defensa, ante la Comision Especial de Procesos Administrativos Disciplinarios, en el plazo de 5 dias, conforme a Ley. Articulo 3º.- Notifiquese la presente Resolucion a traves de la Oficina de Recursos Humanos del INPE, para los efectos legales pertinentes. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA COSTA SANTOLALLA Presidente 24929

IPEN
Aprueban la MORDAZA IR.001.01 "Requisitos de Seguridad Radiologica en Teleterapia"
RESOLUCION DE PRESIDENCIA Nº 007-01-IPEN/AUNA MORDAZA, 8 de MORDAZA de 2001 VISTO: El memorandum Nº 115-01-AUNA, de la Oficina Tecnica de la Autoridad Nacional, por el que se recomienda aprobar la MORDAZA IR.001.01 Requisitos de Seguridad Radiologica en Teleterapia, CONSIDERANDO: Que, el Instituto Peruano de Energia Nuclear tiene como funcion emitir normas relativas a seguridad radiologica y nuclear, conforme con lo establecido en su Ley Organica aprobada por Decreto Ley Nº 21875; Que, el Reglamento de Seguridad Radiologica aprobado por Decreto Supremo Nº 009-97-EM, ha establecido disposiciones generales de seguridad radiologica que

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