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Pág. 204161 NORMAS LEGALES Lima, viernes 8 de junio de 2001 SE RESUELVE: Artículo 1º.- INSTAURAR proceso administrativo disciplinario a los servidores David Tomas OVIEDO BEGAZO, Edwin Javier RAMOS FLORES, Hernán Claudio NUÑEZ TEJADA, David NIETO ALARCON, Julián OTAZU YANA, Oscar Luis YUJRA CABRERA, Víctor Constantino GAMBOA VIVANCO, Edwards Osvaldo OCHOA GRAJEDA, Washington FARFAN CONDORI, Felipe CHOQUE LIMACHI, Alberto Benig- no PACHECO VILLAGRA, Elvis Federico CALLI ALIA- GA, Milguard HERRERA NINAYA, José Gabriel SALAMANCA FLORES, Percy Jesús AVILES DEZA, Germán CONTRERAS PAUCAR, Ronald José ALFE- REZ CONDORI y Edwin CARI VARGAS, por los moti- vos expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo 2º.- NOTIFIQUESE la presente Resolu- ción a través de la Oficina de Recursos Humanos del INPE, a efecto de que los servidores procesados presen- ten sus descargos ante la Comisión Permanente de Procesos Administrativos Disciplinarios en el término de ley. Regístrese, comuníquese y publíquese. GINO COSTA SANTOLALLA Presidente 24928 RESOLUCIÓN PRESIDENCIAL INSTITUTO NACIONAL PENITENCIARIO Nº 764-2001-INPE-P Lima, 4 de junio de 2001 Visto, el Informe Nº 009-2001-INPE-CEPAD de fe- cha 3 de abril del 2001, de la Comisión Especial de Procesos Administrativos Disciplinarios del Instituto Nacional Penitenciario; CONSIDERANDO: Mediante Oficio Nº 443-2000-INPE-AG, de fecha 27 de setiembre de 2000, la Auditoría General del INPE eleva a la Presidencia el Informe Nº 006-INPE-DRL- AG/ARL: "Presunta Exigencia de dádiva de dinero a la empresa AUTOMOTRIZ EUROPA CAR EIRL", esta- bleciendo irregularidades cometidas por el funcionario Nivel F-1 EDUARDO MOTTA ORTIZ; Que, mediante Nota de Información Nº 094-R-CI.1 de fecha 20 de marzo del 2000, emitida por la Oficina de Contra Inteligencia del INPE, se imputa al Sr. CPC. JOSÉ LUIS ESPINO NIÑO, ex Jefe de Control Previo de la Unidad Financiera de la Dirección de Administra- ción de la Dirección Regional Lima, de un posible requerimiento de dinero para el trámite y posterior entrega del cheque al Sr. HUGO CACERES CHAVEZ propietario de la empresa AUTOMOTRIZ EUROPA CAR EIRL. En el curso de la investigación el Organo de Control detectó algunas anormalidades en el procedi- miento y actuación de la Comisión de Créditos Deven- gados, por lo que se amplió el alcance del examen a la mencionada Comisión; Que, por Resolución de la Comisión de Reordenamiento de la Región Lima del INPE Nº 054- 99-INPE/DRL-CR-P del 21.JUL.99, se constituyó la Comisión de Créditos Devengados para determinar la procedencia o improcedencia de los adeudos con- traídos en los períodos 1995, 1996, 1997 y 1998, de la cual formaba parte el funcionario Nivel F-1 CPC EDUARDO MOTTA ORTIZ. Ante la referida comi- sión el representante de la empresa AUTOMOTRIZ EUROPA CAR EIRL, mediante Carta Nº 006-99 de fecha 27.DIC.99, solicitó el reconocimiento de una deuda ascendente a la suma de S/. 47,050,14 nuevos soles. Esta Comisión de Créditos Devengados me- diante Acta de fecha 13.NOV.99, da conformidad a los documentos presentados por la empresa, reconocien- do el monto solicitado, no obstante que adjuntaba copias simples o fedateadas como documentos sus-tentatorios, a mérito de los cuales se emitió la R.D. Nº 757-99-INPE/DRL-DG del 29.DIC.99, autorizándose el pago correspondiente, por lo cual se emitió el Cheque Nº 23341420 del 30.ENE.2000 a favor de la mencionada empresa. El expediente fue observado por el Sr. JOSE LUIS ESPINO NIÑO, ex Jefe del Area de Control Previo, porque se adjuntaban fotoco- pias simples o fedateadas, notando además la ausen- cia de la factura respectiva. Asimismo, detectó que dentro de la deuda reconocida se encontraba la suma de S/. 12,128.04 nuevos soles, cancelada por una Comisión anterior; Que, el funcionario Nivel F-1 EDUARDO MO- TTA ORTIZ, como miembro de la mencionada Comi- sión, ha participado en el reconocimiento de una supuesta deuda, incumpliendo las obligaciones que impone la carrera administrativa establecidas en el Art. 21º Incs. a) y d) del Decreto Legislativo Nº 276 faltas tipificadas en el Art. 28º Incs. a) y d) del mismo cuerpo de Ley; Estando a lo recomendado por la Comisión Especial de Procesos Administrativos Disciplinarios y las visa- ciones de la Oficina General de Asesoría Jurídica y de la Oficina de Recursos Humanos; De conformidad con lo establecido en el Decreto Legislativo Nº 276 y su Reglamento Decreto Supremo Nº 005-90-PCM, Resolución Ministerial Nº 040-2001- JUS, y en uso de las facultades conferidas por la Resolución Suprema Nº 089-2001-JUS; SE RESUELVE: Artículo 1º.- INSTAURAR proceso administrativo disciplinario al funcionario Nivel F-1 EDUARDO MO- TTA ORTIZ, ex Jefe de la Unidad de Recursos Financie- ros, en su calidad de miembro de la Comisión de Crédi- tos Devengados, por los motivos expuestos en la presen- te resolución. Artículo 2º.- El funcionario procesado puede presentar sus descargos y pruebas convenientes a su defensa, ante la Comisión Especial de Procesos Admi- nistrativos Disciplinarios, en el plazo de 5 días, con- forme a Ley. Artículo 3º.- Notifíquese la presente Resolución a través de la Oficina de Recursos Humanos del INPE, para los efectos legales pertinentes. Regístrese, comuníquese y publíquese. GINO COSTA SANTOLALLA Presidente 24929 I P E N Aprueban la Norma IR.001.01 "Requi- sitos de Seguridad Radiológica en Te- leterapia" RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA Nº 007-01-IPEN/AUNA Lima, 8 de mayo de 2001 VISTO: El memorándum Nº 115-01-AUNA, de la Oficina Técnica de la Autoridad Nacional, por el que se recomienda aprobar la norma IR.001.01 Requisitos de Seguridad Radiológica en Teleterapia, CONSIDERANDO: Que, el Instituto Peruano de Energía Nuclear tiene como función emitir normas relativas a segu- ridad radiológica y nuclear, conforme con lo estable- cido en su Ley Orgánica aprobada por Decreto Ley Nº 21875; Que, el Reglamento de Seguridad Radiológica apro- bado por Decreto Supremo Nº 009-97-EM, ha estableci- do disposiciones generales de seguridad radiológica que