Norma Legal Oficial del día 16 de junio del año 2001 (16/06/2001)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, sabado 16 de junio de 2001

De conformidad con lo dispuesto en la Ley Organica de Municipalidades Nº 23853, Ley Nº 26662, el Edicto Metropolitano Nº 021 y las disposiciones pertinentes contenidas en el Codigo Civil; RESUELVE: Articulo Primero.- AUTORIZAR la suscripcion del CONVENIO DE CONFORMIDAD DE LINDEROS, entre la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA y CONSORCIO GREAVSA S.A., segun la Minuta que forma parte de la presente Resolucion, para efectos de dar conformidad de los linderos de sus propiedades. Articulo Segundo.- AUTORIZAR al Director Municipal de Desarrollo MORDAZA, Ing. MORDAZA MORDAZA CONSTANTINI, para que en representacion de la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA, suscriba la Minuta a que se refiere el articulo precedente; asi como la Escritura Publica correspondiente. Articulo Tercero.- TRANSCRIBIR la presente Resolucion a la Oficina Registral de MORDAZA y Callao para los fines consiguientes. Articulo Cuarto.- DISPONER la publicacion de la presente Resolucion en el Diario Oficial El Peruano a costas de la recurrente CONSORCIO GREAVSA S.A., dentro del termino de treinta (30) dias de su expedicion. Registrese, comuniquese y cumplase. MORDAZA AZCUETA GOROSTIZA Regidor Metropolitano 25441

junio del 2001 en la MORDAZA Acustica del MORDAZA MORDAZA del distrito de Chorrillos. Articulo 2º.- Establezcase por derecho de celebracion de matrimonio civil comunitario, descrito en el articulo precedente, un unico pago ascendente a la suma de S/. 60.00 (SESENTA y 00/100 Nuevos Soles). Articulo 3º.- Las parejas contrayentes podran inscribirse para el presente matrimonio civil masivo hasta el 15 de junio del 2001, plazo en el que vencera la MORDAZA de expedientes matrimoniales. Articulo 4º.- Las parejas interesadas en contraer matrimonio civil masivo, deberan cumplir con presentar los siguientes documentos: a. Partida de Nacimiento original de cada uno de los contrayentes o, en su defecto, la respectiva Dispensa Judicial. b. Original y MORDAZA de los documentos de identidad de cada uno de los contrayentes. c. Declaracion Jurada del domicilio de cada uno de los contrayentes, segun formato. d. Recibo de Pago por el derecho de celebracion del matrimonio, debidamente cancelado. e. Dos (2) testigos mayores de edad, adjuntando MORDAZA de sus documentos de identidad. En caso de contrayentes viudos o divorciados deberan presentar: a. Partida original de Defuncion o Partida de Matrimonio con la respectiva Acta de Disolucion en anotacion marginal, segun sea el caso. b. Declaracion Jurada legalizada ante Notario Publico, que acredite tener o no la administracion de los bienes de hijos habidos en anterior matrimonio. Articulo 5º.- Ordenese a la Unidad de Registro Civil la publicacion de la relacion de las parejas que contraeran matrimonio civil en la referida fecha, durante ocho (8) dias, en el periodico mural de la Municipalidad. Articulo 6º.- Encargar a la Secretaria General del Concejo y a la Unidad de Registro Civil el cabal cumplimiento de la presente ordenanza. Registrese, comuniquese y cumplase. MORDAZA MIYASHIRO YAMASHIRO MORDAZA 25439

MUNICIPALIDAD DE CHORRILLOS
Autorizan celebracion de matrimonio civil comunitario en el distrito
ORDENANZA Nº 025-MDCH Chorrillos, 31 de MORDAZA del 2001 EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DE CHORRILLOS Visto, en Sesion Ordinaria del Concejo de la fecha; y, CONSIDERANDO: Que, el Estado y la comunidad protegen a la familia, promueven el matrimonio, reconociendoseles como institutos naturales y fundamentales de la sociedad, al MORDAZA de Art. 4º de la Constitucion Politica del Peru; Que, el Codigo Civil en su Art. 233º establece que la regulacion juridica de la familia tiene por finalidad contribuir a su consolidacion y fortalecimiento, en MORDAZA con los principios y normas proclamados en la Constitucion Politica del Peru; Que, existen en el distrito de Chorrillos, numerosas parejas que viven en union de hecho y que desean formalizar su estado civil, contrayendo matrimonio; Que, proteger a la familia y promover el matrimonio como institucion natural y fundamental de la sociedad cautelando su legalidad y seguridad juridica, es deber de los gobiernos locales tienen; y, Estando a lo MORDAZA expuesto, a lo establecido en el Libro de Familia, Arts. 233º, 234º y 248º del Codigo Civil, a las facultades conferidas al Concejo en la Ley Organica de Municipalidades - Ley Nº 23853, Art. 47º y, el Concejo Municipal, aprobo por mayoria, la siguiente: ORDENANZA QUE REGULA LA CELEBRACION DEL MATRIMONIO CIVIL MASIVO Articulo 1º.- Autorizar la celebracion del MORDAZA Matrimonio Civil Comunitario a realizarse el dia 24 de

Aprueban beneficio de condonacion de deudas tributarias y administrativas a favor de contribuyentes del distrito
ORDENANZA Nº 026-MDCH Chorrillos, 15 de junio del 2001 EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE CHORRILLOS CONSIDERANDO: Que el Art. 191º de la Constitucion Politica del Peru dispone que las Municipalidades son Organos de gobierno Local con Autonomia Economica y Administrativa en los asuntos de su competencia; Que los Gobiernos Locales pueden condonar con caracter general el interes moratorio, los recargos, las sanciones y multas, respecto de los tributos que administren; Que, el Art. 41º del Texto Unico Ordenado del Codigo Tributario - D.S. Nº 135-99-EF, dispone en su MORDAZA parrafo que excepcionalmente, los Gobiernos Locales podran condonar, con caracter general, el interes moratorio y las sanciones respecto a los tributos que administran; Que, celebrandose el mes de junio la Inmolacion de nuestro MORDAZA MORDAZA MORDAZA BALANDRA se ha tenido a bien realizar un beneficio de CONDONACION Tribu-

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