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Pág. 204539 NORMAS LEGALES Lima, sábado 16 de junio de 2001 Aprobó la siguiente: ORDENANZA MODIFICATORIA DEL PLANO DE ZONIFICACIÓN GENERAL DE LOS USOS DEL SUELO DE LIMA METROPOLITANA A MEDIANO PLAZO 2000, CORRESPONDIENTE AL DISTRITO DE SURQUILLO Artículo Unico.- Modifícase de acuerdo a la solici- tud formulada, el Plano de Zonificación de los Usos del Suelo de Lima Metropolitana a Mediano Plazo, correspondiente al distrito de Surquillo, en el siguiente término: Nº EXPEDIENTE RAZON SOCIAL 209883-93 Arcángel Saldarriaga De R4 a C2 Valladares POR TANTO: Mando se registre, publique y cumpla. En Lima, a los nueve días del mes de mayo de dos mil uno. GERMAN APARICIO LEMBCKE Teniente Alcalde de Lima Encargado de la Alcaldía 25350 Autorizan suscribir convenio de conformidad de linderos de terrenos pertenecientes a empresa, ubicados en el distrito de La Molina RESOLUCIÓN DE ALCALDÍA Nº 15399 Lima, 18 de mayo de 2001 EL ALCALDE METROPOLITANO DE LIMA VISTOS; la Esquela de Observación del Registro de Propiedad Inmueble a la inscripción de la Resolución Nº 061-2000-MML-DMDU del 16 de marzo del 2000 que declara la conformidad de la ejecución de obras que ha llevado CONSORCIO GREAVSA S.A. en el proceso de habilitación urbana del terreno de su propiedad ubica- do en el distrito de La Molina. CONSIDERANDO: Que, la Municipalidad Metropolitana de Lima es propietaria de un terreno de 500,00 m2, ubicado en el distrito de La Molina, provincia y departamento de Lima, inscrito en la Ficha Nº 251691 del Registro de la Propiedad Inmueble de la Oficina Registral de Lima y Callao; Que, CONSORCIO GREAVSA S.A. es propietaria de un lote de terreno de 37,000 m2, ubicado con frente a la Av. La Punta, en el distrito de La Molina, provincia y departamento de Lima, inscrita en la Ficha Registral Nº 251799 (Partida Nº 45056821) del Registro de la Propiedad Inmueble de la Oficina Registral de Lima y Callao, el mismo que es colindan- te con el terreno descrito en el considerando que antecede y cuya primera de dominio correspondió a la Municipalidad Metropolitana de Lima; Que por Resolución Nº 087-99-MML/DMDU del 1 de setiembre de 1999 otorgada por la Municipalidad Me- tropolitana de Lima y Resolución Directoral Nº 00334- 99-MDLM-DDU del 21 de diciembre de 1999 otorgada por la Municipalidad de La Molina, se resolvió Renovar la Aprobación de los Proyectos referentes a Trazado, Lotización, Pavimentación de calzadas y aceras y sem- brío y ornamentación de parque, del terreno de CON-SORCIO GREAVSA S.A., de conformidad con el Plano de Replanteo signado con el Nº 070-99-MML/DMDU- DHU, considerando a la Habilitación de Tipo Progresi- va quedando diferida la ejecución de las aceras para ser asumidas por los adquirentes de lotes en un plazo máximo de 10 años, autorizando a CONSORCIO GREA- VSA S.A. a celebrar contratos de venta garantizada sobre el área útil de 23,889.80 m2, quedando reserva- dos a favor de la Municipalidad de Lima los Lotes 3, 4, 5 y 6 de la Manzana "D" con un área de 2,282.00 en garantía del cumplimiento de la ejecución de las indica- das Obras de Habilitación Urbana; Que por Resolución Nº 061-2000-MML/DMDU de fecha 16/3/2000, de conformidad con el Plano signado con el Nº 09-2000-MML-DMDU-DHU y Resolución Directoral Nº 00139-2000-MDLM-DDU de fecha 10/5/ 2000 expedida por la Municipalidad Distrital de La Molina, se declara RECEPCIONADA LAS OBRAS DE HABILITACION URBANA, del terreno de 37,000.00 m2 de CONSORCIO GREAVSA S.A. ubicado en el distrito de La Molina, provincia y departamento de Lima denominada urbanización "San Remo", para Uso Residencial de Densidad Baja "R1", autorizándose la LIBRE VENTA de los lotes que la constituyen, excep- tuándose lo que correspondan a los aportes reglamen- tarios y los lotes 1, 2, 3 de la Manzana "C", estos últimos que quedan pendientes de Recepción hasta que el órga- no jurisdiccional defina su situación en las acciones de prescripción adquisitiva proceso judicial en trámite. Asimismo, se dispone dejar sin efecto la reserva de los lotes 3, 4, 5 y 6 de la Mz. "D", autorizándose la libre venta de los mismos. Del Area Bruta Total de 37,000.00 m2 corresponde a área en reserva pendiente de recep- ción 1,250.00 m2, constituidos por lotes 1, 2 y 3 de la Manzana "C" y en ese orden del Area Bruta Habilitable de 35,750.00 m2 corresponden a área útil 28,870.64 m2; Que el terreno de propiedad de CONSORCIO GREAVSA S.A. de 37,000 m2, ubicado con frente a la Av. La Punta, en el distrito de La Molina, provincia y departamento de Lima, inscrita en la Ficha Registral Nº 251799 (Partida Nº 45856821) del Registro de la Propiedad Inmueble de la Oficina Registral de Lima y Callao, y sobre el que se ha desarrollado la urbanización "San Remo", fue de propiedad en primera de dominio de la Municipalidad Metropolitana de Lima, quien lo transfirió a la empresa Lima Construction; asimismo, ésta lo transfirió en parte de pago a la Mutual Puerto Pueblo en Liquidación para que, finalmente, esta últi- ma, lo transfiriera por compraventa a CONSORCIO GREAVSA S.A.; Que, la Oficina Registral de Lima y Callao ha obser- vado la inscripción de la habilitación de la "urbaniza- ción San Remo", al haberse advertido una superposi- ción registral de 665.04 m2, con el terreno de la Municipalidad Metropolitana de Lima descrito en el primer considerando de la presente Resolución; Que, siendo la Municipalidad Metropolitana de Lima la propietaria registral del terreno sobre el cual se superpone parte de la urbanización "San Remo"; y que, habiéndose acreditado que no existe una superposición física sino única- mente a nivel registral, con la finalidad que las partes no tengan observaciones por parte de la entidad aludida a la inscripción de sus respectivas Habilitaciones Urbanas, acuer- dan sanear los linderos y medidas perimétricas de los terre- nos descritos en los considerandos primero y segundo de la presente Resolución, de acuerdo a lo establecido en el Artículo 13.1 inciso a) de la Ley Nº 27333 Ley Complementaria a la Ley Nº 26662 sobre asuntos no contenciosos de competencia notarial para la regularización de edificaciones y Artículo 1352º del Código Civil; con la suscripción de una minuta de CONFORMIDAD DE LINDEROS, en la cual de mutuo propio las partes declaran conocer que no existe superposi- ción física de los indicados terrenos, siendo la misma sólo de carácter registral; quedando establecido que el Plano Nº 009- 2000-MML-DMDU-DHU del terreno de CONSORCIO GREA- VSA S.A., que forma parte de la Resolución Nº 061-2000- MML/DMDU, de fecha 16 de marzo del 2000, se encuentra conforme a la realidad física del terreno; Que, por lo anteriormente expuesto y considerando que se va a transigir sobre un bien inmueble de propie- dad municipal es necesario que la suscripción de la referida Minuta sea autorizado mediante la respectiva Resolución de Alcaldía;