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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 16 DE JUNIO DEL AÑO 2001 (16/06/2001)

CANTIDAD DE PAGINAS: 56

TEXTO PAGINA: 48

Pág. 204538 NORMAS LEGALES Lima, sábado 16 de junio de 2001 Artículo Segundo.- Declarar que LUZ DEL SUR tiene posición de dominio en el Mercado Relevante a que se refiere la sección Considerandos de la presente Resolución en los términos indicados en la misma sección. Artículo Tercero.- Declarar que LUZ DEL SUR no puede negarse, sin justificación, a suscribir contratos de arrendamiento de postes en el Mercado Relevante a que se refiere la sección Considerandos de la presente Resolución. Artículo Cuarto.- Declarar FUNDADA la deman- da de VO CABLE en lo concerniente a que LUZ DEL SUR ha incurrido en la infracción tipificada en los Artículos 3º y 5º inciso a) del Decreto Legislativo Nº 701 en los términos indicados en la sección considerandos de la presente Resolución. Artículo Quinto.- Declarar INFUNDADA la de- manda de VO CABLE en lo concerniente a que LUZ DEL SUR ha incurrido en infracciones tipificadas en los Artículos 5º inciso b) y 6º inciso e) del Decreto Legisla- tivo Nº 701. Artículo Sexto.- Declarar INFUNDADA la deman- da de VO CABLE en el extremo que solicita que se obligue a LUZ DEL SUR a suscribir un contrato de arrendamiento de postes con VO CABLE por las consi- deraciones expuestas en la sección de Considerandos de la presente Resolución. Artículo Sétimo.- Calificar como muy grave la infracción cometida por LUZ DEL SUR a que se refiere el Artículo Cuarto de la presente Resolución. Artículo Octavo.- Imponer a LUZ DEL SUR una multa a ascendente a cincuenta (50) Unidades Imposi- tivas Tributarias. Artículo Noveno.- Poner en conocimiento del Or- ganismo Supervisor de la Inversión en Energía -OSI- NERG- las partes pertinentes del Informe Situacional elaborado por el Colegio de Ingenieros del Perú y del Informe Pericial elaborado por la Facultad de Ingenie- ría Eléctrica y Electrónica de la Universidad Nacional de Ingeniería que obran en el expediente. Artículo Décimo.- Encargar a la Secretaría Técni- ca que solicite formalmente al Consejo Directivo de OSIPTEL, evalúe la conveniencia y ordene, de conside- rarlo adecuado, la publicación de la presente Resolu- ción en el Diario Oficial El Peruano. Comuníquese y archívese. Con el voto favorable de los señores miembros del Cuerpo Colegiado Ordinario, Juan Carlos Mejía Corne- jo, Galia Mac Kee Briceño y Liliana Ruiz de Alonso. 25327 SUNAT Designan representante de la SUNAT para que intervenga en proceso judi- cial seguido por la Empresa de Trans- porte Aéreo del Perú S.A. ante el Tribu- nal de Quiebras de los EE.UU. RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA Nº 065-2001/SUNAT Lima, 14 de junio de 2001 CONSIDERANDO: Que, se ha iniciado un proceso judicial ante el Tribunal de Quiebras de los Estados Unidos de América, en el Distrito del Sur de Florida, División de Miami, seguido por la EMPRESA DE TRANSPORTE AEREO DEL PERÚ S.A., en calidad de deudor y James S. Feltman en calidad de síndico, contra AEROVÍAS DE MÉXICO S.A. DE C.V. (AEROMEXICO), CITIBANK N.A. y LATIN AMERICAN INVESTMENT BANK BAHAMAS LIMITED; Que, es necesario que la Superintendencia Nacional de Administración Tributaria (SUNAT) sea representa-da en el proceso indicado en el considerando preceden- te, en calidad de órgano administrador de los tributos adeudados por la EMPRESA DE TRANSPORTE AE- REO DEL PERÚ S.A.; De conformidad con lo dispuesto en los incisos b) y f) del Artículo 6º del Texto Único Ordenado del Estatuto de la SUNAT aprobado por Resolución de Superinten- dencia Nº 041-98/SUNAT y modificado por Resolución de Superintendencia Nº 004-2001/SUNAT; SE RESUELVE: Artículo Único.- Designar al doctor Edward Víctor Tovar Mendoza, Intendente Nacional Jurídico de la SUNAT para que pueda actuar en nombre y representa- ción de la SUNAT en el proceso judicial indicado en el primer considerando. Regístrese, comuníquese y publíquese. LUIS ALBERTO ARIAS MINAYA Superintendente Nacional 25424 MUNICIPALIDAD METROPOLITANA DE LIMA Modifican el plano de zonificación de los usos del suelo de Lima Metropoli- tana a mediano plazo, correspondien- te al distrito de Surquillo ORDENANZA Nº 326 EL TENIENTE ALCALDE DE LIMA, ENCARGADO DE LA ALCALDÍA POR CUANTO: EL CONCEJO METROPOLITANO DE LIMA; En Sesión Ordinaria de fecha 7 de mayo de 2001; CONSIDERANDO: Que, de conformidad con lo establecido por los Artícu- los 65º inciso 2), 70º inciso 1) y 134º inciso 2) de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 23853 y el Artículo 3º del Reglamento de Acondicionamiento Territorial, De- sarrollo Urbano y Medio Ambiente aprobado por Decre- to Supremo Nº 007-85-VC, corresponde a las Municipa- lidades Provinciales a través de sus Concejos Municipa- les, aprobar mediante Ordenanza los Planes Urbanos, que en el caso de la provincia de Lima se denomina Plan de Desarrollo Metropolitano; Que, las modificaciones y actualizaciones del Plan de Desarrollo Metropolitano se encuentran sujetas a las regulaciones y procedimientos establecidos por los Artículos 30º y 31º del Reglamento de Acondicionamien- to Territorial, Desarrollo Urbano y Medio Ambiente y la Ordenanza Nº 134 del 19 de diciembre de 1997; Que, la Comisión de Desarrollo Urbano mediante Dic- tamen Nº 10-2001-CDU-MML de fecha 13 de marzo de 2001 ha emitido opinión respecto a la petición de reajuste de Zonificación correspondiente al distrito de Surquillo; De conformidad con lo establecido en el Artículo 134º incisos 2) y 3) de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 23853, los Artículos 18º, 24º, 26º y 30º del Reglamento de Acondicionamiento Territorial, Desarrollo Urbano y Medio Ambiente, aprobado por Decreto Supremo Nº 007-85-VC y la Ordenanza Metropolitana Nº 134 de 19 de diciembre de 1997;