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Pág. 205086 NORMAS LEGALES Lima, lunes 25 de junio de 2001 ACTIVOS DEL FONDO DE PENSIONES DE LA CBSSP Monto estimado Activo Fijo (Valorización) US$ 20 millones Cuentas y aportes por cobrar US$ 2 millones Juicio con el MEF US$ 12 millones TOTAL US$ 34 millones Como se desprende de este cuadro, la CBSSP no cuenta con ningún activo líquido del que pudiera dispo- ner de manera inmediata para hacer frente a los costos de este traspaso. Además, no se puede apostar a que el juicio con el MEF resulte en un fallo favorable para la CBSSP, pues en el mejor de los casos, el fallo podría demorar algunos meses o incluso años más. Es decir, la CBSSP no puede contar con los recursos demandados al MEF para solventar el traspaso de los pescadores al régimen co- mún. El traspaso de los pescadores activos al SPP tiene que generar un Bono de Reconocimiento para estos trabaja- dores que han aportado durante muchos años a la Caja. El Estado no debería - en estricto- ser responsable de este Bono de Reconocimiento en la medida que estos trabaja- dores aportaron a una entidad privada y no pública. Por ello es que el Bono de Reconocimiento deberá ser respal- dado fundamentalmente por los activos de la propia CBSSP, en este caso, por los activos fijos que deberá liquidar a lo largo de los próximos meses o años y que debieran respaldar estos Bonos. Al existir una discrepan- cia entre el monto estimado de lo que correspondería por Bonos de Reconocimiento (US$ 30 millones) y lo que valdrían los activos fijos y las cuentas por cobrar de la CBSSP (US$ 22 millones) existen dos opciones: (i) ajustar el monto total del Bono de Reconocimiento hasta un máximo de US$ 22 millones o (ii) que el Estado cubra la diferencia (US$ 8 millones). Nos inclinamos por la prime- ra opción, es decir, que la Caja emita el monto de Bonos de Reconocimiento que pueda ser respaldado con la liqui- dación de sus activos fijos y la recuperación de sus aportes por cobrar. Hay que notar que, en la medida que no es necesario liquidar de inmediato los activos fijos pues los Bonos hay que pagarlos recién cuando el pescador se jubila, se puede posponer la venta de los activos fijos para cuando el mercado inmobiliario supere la profunda crisis por la que atraviesa, con lo cual el monto final de la liquidación de los inmuebles de la CBSSP debería supe- rar los US$ 22 millones estimados actualmente. En atención a que los Artículos 10º y 11º de la Consti- tución Política del Perú reconocen y garantizan el dere- cho de toda persona a la seguridad social, cuya supervi- sión de su eficaz funcionamiento debe estar a cargo del Estado, esta Comisión cree que la única salida viable para asegurar las pensiones de esta masa de trabajadores es que el Estado asuma parcialmente el faltante en los costos de traslado, ascendente a unos US$ 87 millones (US$ 109 millones - US$ 22 millones de activos sin contar el juicio con el MEF). Ello se realizaría de la siguiente manera: • El Estado procedería a emitir Bonos de Solidaridad que destinaría a un fondo en fideicomiso administrado por la ONP con el cual se solventaría el pago de las pensiones de los actuales pensionistas y “pensionistas sombra” mientras vivan. El monto de este Bono de Soli- daridad ascendería a los US$ 68 millones que representa el valor presente de las planillas de pensiones en los próximos 25 años o lo que resulte del cálculo actuarial que se realice para afinar esta cifra. • Estos Bonos de Solidaridad podrían además estar garantizados por el saldo por cobrar de las privatizacio- nes de Pesca Perú. Al 31 de diciembre de 2000, existía un saldo por cobrar de US$ 42,2 millones producto de la venta a plazos de las plantas de procesamiento y demás activos de Pesca Perú. Si se aportara estas cuentas por cobrar de la COPRI para el fideicomiso en la ONP, sólo restaría unos US$ 26 millones por financiar. Ver Anexo #10 • Esta Comisión considera que es pertinente restituir la contribución de 0,26 centavos de dólar por tonelada métrica de pescado descargada en planta que en el pasado asumieron los industriales pesqueros, pues ello represen- taría unos US$ 2 millones anuales para los pensionistas de la CBSSP.2 El valor presente de un flujo de US$ 2 millones anuales a lo largo de los próximos 25 años y descontados al 5% representa aproximadamente US$ 28 millones. ¿Quién asumiría esta contribución? Aquí existen dos alternativas:(i) que sea el propio Estado mediante la aceptación de los argumentos esgrimidos por la Caja en sus demandas judiciales contra el MEF; (ii) que se restituya el pago a cargo de los industriales tal como ellos se habían compro- metido en 1988. En esta alternativa, se aliviaría la carga para el Estado y se complementaría el aporte de las cuentas por cobrar de la COPRI para cubrir totalmente el pasivo con los pescadores jubilados. • Queda el problema de los US$ 11 millones de pensiones atrasadas que están generando un proble- ma social muy grave y que afecta a estas 5 000 fami- lias de pescadores jubilados. En este caso, el aporte del Estado sí tendría que ser en efectivo o, en su defecto, otorgarle Bonos de Solidaridad a la CBSSP para que ésta - obviamente después de su reestructu- ración - los negocie libremente en el mercado y con esos fondos pague las pensiones atrasadas. Para ello, el Estado tendría que buscar alguna fuente de finan- ciamiento a fin de que no perjudique su ejecución presupuestal. En suma, esta Comisión propone que los costos del traslado de los pescadores de la CBSSP al régimen común sean financiados de la siguiente manera: DISTRIBUCION DE LOS COSTOS DEL TRASLADO AL REGIMEN COMUN (EN US$ MILLONES) ESTADO S. PRIVADO* CBSSP TOTAL Activos (Bono de Reconocimiento) - - 30 30 Jubilados (Fondo de Solidaridad) 42 28 - 72 Pensiones adeudadas 11 - - 11 TOTAL 53 28 30 113 * Asumiendo que los industriales asumen los 0,26 centavos de dólar por TM. NOTA TEORICA: VIABILIDAD DEL REGIMEN DE PENSIONES DE LA CBSSP • Sistemas de Pensiones a) Sistema de Reparto Constituye el sistema más tradicional basado en transferencias intergeneracionales, de manera que en todo momento una masa de trabajadores jóvenes apor- tantes al sistema financian el pago de las pensiones de los trabajadores jubilados. Las nuevas generaciones de trabajadores jóvenes que se incorporen a la masa labo- ral financiará el retiro de los actuales trabajadores activos y así sucesivamente. b) Sistema de Capitalización Individual Es un esquema de ahorro individual en el que cada trabajador es aportante de su propia jubilación a través de cuentas individuales. A diferencia del Sistema de Reparto no existen transferencias inter- generacionales, ni transferencias de ningún tipo, pues todo lo aportado por el trabajador durante su vida activa revierte exclusivamente en su pensión, incluida la rentabilidad que se hubiere logrado en el tiempo. • ¿Bajo qué condiciones un sistema previsio- nal es financiable? Resulta obvio que el Sistema de Capitalización Individual es, por definición, un sistema autofinan- ciado pues el monto de la pensión no está predetermi- nado sino que dependerá de los ahorros que haya acumulado el trabajador a lo largo de su vida activa y de la rentabilidad que haya obtenido su fondo previsional a través de los años. En cambio, el Siste- ma de Reparto sólo es financiable si se cumplen dos condiciones: (i) que exista una apropiada proporción de trabajadores activos/trabajadores jubilados a fin de que las aportaciones de los jóvenes cubran el pasivo pensionario, es decir, se configure una pirámi- de en la que exista una masa relativamente pequeña de jubilados que sea sostenida con los aportes de una ancha base de trabajadores activos (la experiencia internacional sugiere que el ratio mínimo aconseja- ble es de 6 a 1); (ii) que la dinámica demográfica no altere el equilibrio de la pirámide, es decir, que la tasa de incorporación de nuevos trabajadores jóvenes al sistema asegure el financiamiento de la jubilación de los activos maduros .