Norma Legal Oficial del día 26 de junio del año 2001 (26/06/2001)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 9

MORDAZA, martes 26 de junio de 2001

NORMAS LEGALES

Pag. 205115

a) Sobre areas con presencia de poblaciones campesinas y nativas, el Secretario Tecnico de la Secretaria Tecnica de Asuntos Indigenas - SETAI - del Ministerio de Promocion de la Mujer y el Desarrollo Humano; b) Sobre areas donde se ubiquen sitios arqueologicos, historicos, culturales, el Director Nacional del INC - del Ministerio de Educacion; c) Sobre el aprovechamiento de recursos hidrobiologicos, un representante del Ministerio de Pesqueria, designado por el titular del Sector; y, d) Sobre el aprovechamiento de recursos minero energeticos, un representante del Ministerio de Energia y Minas, designado por el titular del Sector. Articulo 11º.- Funciones del Consejo de Coordinacion Al Consejo de Coordinacion le corresponden las siguientes funciones: a) Identificar las necesidades de coordinacion derivadas de la actividad de los distintos sectores en las Areas Naturales Protegidas; b) Proponer al INRENA la elaboracion de normas, ejecucion de Proyectos y otras medidas necesarias para el buen funcionamiento del SINANPE; c) Proponer normas que implementan las acciones de coordinacion multisectoriales necesarias para la gestion de las Areas Naturales Protegidas; d) Promover la participacion en la gestion, y la concertacion, coordinacion e intercambio de informacion entre los diversos sectores sociales, publicos y privados vinculados a las Areas Naturales Protegidas; e) Promover la participacion de la sociedad civil en la gestion de las Areas Naturales Protegidas; f) Identificar las pautas generales necesarias a fin de que la gestion de las Areas Naturales Protegidas respete los usos tradicionales de las comunidades locales de manera general, y de las comunidades campesinas o nativas de manera especial; g) Apoyar las acciones necesarias para asegurar el financiamiento de la gestion de las Areas Naturales Protegidas; h) Apoyar las acciones dirigidas a informar y difundir los valores de las Areas Naturales Protegidas; i) Apoyar las acciones necesarias para la conservacion de las Areas Naturales Protegidas; j) Promover la adecuada planificacion y manejo de las Areas Naturales Protegidas; k) Emitir opinion sobre el contenido del Plan Director; y, l) Elaborar y aprobar su Reglamento de Funcionamiento. Articulo 12º.- Sesiones Ordinarias y Extraordinarias 12.1 Las Sesiones Ordinarias del Consejo de Coordinacion se efectuan obligatoriamente cuando menos tres veces al ano, siendo facultad de su Presidente, senalar los dias y horas para su celebracion. El Consejo de Coordinacion se reune de manera extraordinaria, cuantas veces lo soliciten no menos de cinco (5) de sus integrantes, en cuyo caso el Presidente lo convoca en un plazo no mayor a quince (15) dias. 12.2 El quorum de las sesiones se constituye por la presencia del Presidente del Consejo y cuatro (4) de sus miembros con derecho a voto. Para que exista acuerdo valido se requerira del MORDAZA favorable de por lo menos cinco (5) miembros del Consejo. En los casos contemplados en el numeral 10.2 del Reglamento el quorum de las sesiones se constituye por la presencia del Presidente del Consejo y la mitad mas uno de los miembros convocados. 12.3 El Director General actua como Secretario de las sesiones con voz pero sin voto. Articulo 13º.- Invitacion a terceros para participar en sesiones del Consejo El Consejo podra invitar a especialistas, instituciones u organizaciones cuya intervencion pueda ser valiosa para los acuerdos que adopte el mismo; estos participan en los temas para los cuales fueron invitados con derecho a voz pero sin voto.

Articulo 14º.- Convocatoria a las comunidades campesinas o nativas En los casos de asuntos que versen sobre temas especificos que interesen a las comunidades campesinas o nativas, el Consejo de Coordinacion convoca a los representantes de sus organizaciones, cuya intervencion es valiosa para los acuerdos que adopte el mismo; estos participan en los temas para los cuales fueron convocados. CAPITULO II DE LOS COMITES DE GESTION DE LAS AREAS NATURALES PROTEGIDAS Articulo 15º.- Naturaleza y objetivos del Comite de Gestion 15.1 El Comite de Gestion del Area Natural Protegida del SINANPE esta encargado de apoyar al Area Natural Protegida, en base a lo estipulado por la Ley, el Plan Director, el Reglamento y el Plan Maestro respectivo, en el ambito del Area Natural Protegida correspondiente, y sobre la tematica vinculada a la gestion de la misma. No tiene personeria juridica y se puede establecer por tiempo indefinido, dependiendo de la renovacion de su reconocimiento. 15.2 Los objetivos del Comite de Gestion comprenden: a) Colaborar y apoyar en la gestion y administracion del Area Natural Protegida; b) Coordinar y promover un MORDAZA concertado entre las diferentes instancias sociales, politicas y economicas de la MORDAZA para la gestion y administracion del Area Natural Protegida; c) Absolver consultas y emitir opiniones sobre los asuntos que el Jefe del Area Natural Protegida o la Direccion General, ponga a su consideracion; d) Proponer y facilitar procesos para la elaboracion de normas sobre la gestion del Area Natural Protegida, que MORDAZA posteriormente puestas a consideracion de la Direccion General; e) Apoyar la difusion de la conservacion del Area Natural Protegida; y, f) Apoyar a la administracion del Area Natural Protegida en la conservacion de la misma, el desarrollo de procesos participativos, manejo de conflictos y busqueda de sinergias. Articulo 16º.- Competencia del Comite de Gestion 16.1 El Comite de Gestion tiene como competencia esencial el velar por el buen funcionamiento del Area Natural Protegida, realizar el seguimiento a la ejecucion del Plan Maestro y el monitoreo, evaluacion y retroalimentacion para el cumplimiento de los planes especificos aprobados, asi como del cumplimiento de la normatividad vigente. 16.2 Dentro del MORDAZA de la Estrategia Nacional de las Areas Naturales Protegidas - Plan Director son competencias del Comite de Gestion: a) Proponer las politicas y planes del Area Natural Protegida para su aprobacion por el INRENA; b) Velar por el buen funcionamiento del Area Natural Protegida, la ejecucion de sus Planes y el cumplimiento de la normatividad vigente; c) Proponer medidas que armonicen el uso de los recursos con los objetivos de conservacion del Area Natural Protegida; d) Supervisar el cumplimiento de los contratos y/o convenios relacionados al manejo del area; e) Supervisar el cumplimiento de los Contratos de Administracion vigentes para el Area Natural Protegida; f) Participar en la elaboracion del respectivo Plan Maestro y velar por su cumplimiento; g) Proponer acciones conducentes a la defensa del Patrimonio de la Nacion vinculado al Area Natural Protegida;

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.